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Boletín Nº 162 del martes 23 de agosto de 2022

AYUNTAMIENTOS

DE GIJÓN

Anuncio. Bases generales y específicas que rigen la convocatoria de selección de varias plazas de promoción interna correspondientes al procedimiento extraordinario de funcionarización en la Oferta de Empleo Público 2021 del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Expte. 72676G/2022.

Anuncio

Por acuerdo de la Junta de Gobierno, en su sesión de fecha 10 de agosto de 2022, y de conformidad con el artículo 127.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la Modernización del Gobierno Local, se aprobaron las bases generales y específicas que han de regir en las convocatorias de promoción interna que rigen la convocatoria de selección de varias plazas correspondientes al procedimiento extraordinario de funcionarización en la Oferta de Empleo Público 2021 del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, disponiendo la publicación de las mismas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, en aras a garantizar la mayor publicidad y difusión de las convocatorias, a los efectos de lo previsto en los artículos 55, 61 y 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre que aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 91.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE FUNCIONARIZACIÓN DEL PERSONAL LABORAL FIJO DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL EJERCICIO 2021

Primera.—Objeto de las bases y normas de aplicación.

1. Es objeto de las presentes bases generales el proceso de promoción interna, voluntario y restringido (concurso-oposición), por el que se posibilita la adquisición de la condición de personal funcionario de carrera por el personal que es laboral fijo (en virtud de la superación de un proceso selectivo) del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Ordenación de los Recursos Humanos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 232, de 2-XII-2021)

2. Las bases específicas que han de regir la convocatoria de cada una de las plazas de promoción interna a proveer se publicarán mediante anexos a estas Bases Generales, en ejecución del proceso extraordinario de funcionarización de la Oferta de Empleo Público 2021 (Boletín Oficial del Principado de Asturias n.º 232, de 2-XII-2021).

Las bases especificas homogenizan las bases y procedimientos por grupos o subgrupos o áreas de funciones similares, valorándose como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición.

3. El proceso selectivo se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases, así como por lo establecido en los anexos que rigen las Bases Específicas de cada una de las convocatorias. Asimismo, serán de aplicación, además de las normas reguladoras de la función pública local, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre; el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y demás normas de desarrollo.

Segunda.—Publicidad.

1. Las presentes Bases, junto con sus anexos —en los que se recogen las Bases Específicas de cada una de las plazas convocadas— serán publicadas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

2. Posteriormente, por Resolución de la Alcaldía, se procederá a convocar las pruebas selectivas mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado (con indicación del número del Boletín Oficial del Principado de Asturias en que hayan sido publicadas íntegramente las Bases), computándose a partir de dicha fecha de publicación el plazo para la presentación de las solicitudes de participación.

3. Salvo que expresamente se indique lo contrario, todos los demás anuncios o publicaciones que se citen en las presentes Bases se referirán y publicarán únicamente en la sede electrónica del Ayuntamiento (https://sedeelectronica.gijon.es) y en el Tablón de Edictos Municipal (https://sedeelectronica.gijon.es/edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, calle Cabrales, 2, Gijón).

Tercera.—Requisitos para concurrir.

1. Los/as candidatos/as deberán poseer los requisitos exigidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria correspondiente y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios/as de carrera.

Asimismo, deberán reunir los requisitos legales para el ingreso en el correspondiente escala o especialidad equivalente del personal funcionario y poseer la titulación necesaria para dicho ingreso:

a) Podrá participar el personal laboral fijo (excluido el personal laboral indefinido no fijo) que tenga la condición de empleado/a público/a en la Administración municipal por haber superado un proceso selectivo convocado para adquirir dicha condición. Además, habrá de pertenecer, como personal laboral fijo, a las categorías profesionales correspondientes y desarrollar tareas propias de funcionarios en las plazas que ostentan en propiedad.

La fecha general de referencia para los procesos de funcionarización será el 1 de enero de 2021.

b) El personal participante deberá haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años como personal laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en las plazas que ostenta en propiedad.

c) El personal indicado en el apartado primero deberá ocupar un puesto clasificado en las relaciones de puestos de trabajo (RPT) como de personal funcionario de carrera o como de personal laboral susceptible de ser funcionario en función del análisis de puestos realizado en ejecución del plan de ordenación.

d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario/a, o para ejercer funciones similares en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.

e) No estar en situación de suspensión firme de funciones, salvo extinción legal.

2. Los/as candidatos/as deberán poseer los requisitos exigidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria correspondiente (que será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de cada una de las convocatorias a las que hacen referencia los anexos a las presentes Bases) y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios/as de carrera.

3. De conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico el Empleado Público no podrán ser funcionarios/as de carrera quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en las Bases Generales y en los anexos que rigen las Bases específicas de la convocatoria.

Cuarta.—Documentación a presentar en el plazo de presentación de instancias.

1. Solicitud de participación: las personas interesadas deberán presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://sedeelectronica.gijon.es) o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, la solicitud de participación en el modelo normalizado “P010201.001 Participación en ofertas de empleo” disponible en la sede electrónica y en las Oficinas de atención al público dependientes del Servicio de Relaciones Ciudadanas.

Los/as aspirantes con alguna discapacidad deberán indicar en la solicitud si precisan de adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas.

2. Curriculum vitae, únicamente referido a los méritos puntuables, junto con documentos acreditativos de la fase de concurso. Solo se valorarán los méritos alegados en el Currículum y acompañados de justificación documental (fotocopia acreditativa de los méritos alegados).

2.1. Forma de Acreditación de méritos de Formación:

Mediante copia simple de los Títulos propios/diplomas/o certificación de superación de los cursos.

Las certificaciones de realización de cursos y diplomas sólo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos, en caso contrario no se valorarán.

El requisito de titulación que permita el acceso a la plaza no podrá ser valorado dentro del apartado de méritos de la fase de concurso.

Los méritos de formación se valorarán si esta ha sido impartida por una Administración Pública o por Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos.

Los certificados de correspondencia de las titulaciones universitarias anteriores a la ordenación del Espacio Europeo de Educación Superior a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, que regula el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, no serán objeto de valoración como mérito en la fase de concurso.

La valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como informática, igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado. No obstante, si la formación general este directamente relacionado con el perfil de la plaza, la misma se valorará por el Tribunal como formación específica.

A los efectos de valorar la formación en idiomas se otorgará una puntuación de 0,45 puntos al Certificado de Nivel Superior de la Escuela Oficial de Idiomas, y 0,25 puntos al Certificado de Nivel Elemental de la Escuela Oficial de Idiomas. No obstante, conforme al plan de estudios las certificaciones de la E. O. I. se otorgarán las siguientes:

Nivel Básico: 0,15 puntos

Nivel Intermedio: 0,30 puntos

Nivel Avanzado: 0,45 puntos.

Asimismo, se valorarán las certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). A tales efectos, los niveles de competencia de idiomas del MCER tendrán la misma valoración que los niveles de referencia de las equivalencias para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas según la normativa que fija los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación:

— Nivel A2 (Plataforma): 0,15 puntos

— Nivel B1 (Umbral): 0,30 puntos

— Nivel B2 (Avanzado): 0,45 puntos

Las certificaciones que acrediten un nivel de competencia con referencia al Marco Común Europeo de las lenguas superior al Nivel B2 (Avanzado), se les otorgará la siguiente puntuación:

— Nivel C1 (Dominio Operativo Eficaz): 0,60 puntos

— Nivel C2 (Maestría): 0,75 puntos

Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de selección.

2.2.—Forma de Acreditación de méritos de Experiencia:

Mediante certificaciones administrativas de los servicios prestados, donde conste claramente: la categoría profesional de la plaza, grupo de clasificación o nivel de proporcionalidad, tipo de vinculación laboral y la duración exacta del período de prestación de servicios.

Así como por cualquier otro documento oficial expedido por la Administración en el que se refleje de forma fehaciente la experiencia profesional alegada.

2.3.—No será necesario adjuntar curriculum vitae ni los documentos acreditativos de los méritos de la fase de concurso si estos constan en el expediente personal y se hace constar la expresa remisión al mismo para su valoración en la instancia de participación.

2.4.—En el supuesto de que los/as aspirantes no presenten la documentación en plazo, salvo lo dispuesto en el punto 2.3, no podrán aportarla posteriormente quedando sin valorar aquellos méritos que se presenten fuera del plazo de presentación de instancias.

2.5. El curriculum vitae y la documentación acreditativa de los méritos alegados en el mismo deberá aportarse en la forma señalada en los apartados 2.1 y 2.2 de la Base 4.ª dentro del plazo de presentación de instancias.

2.6. En el caso de que los documentos aportados por los/as aspirantes junto al currículum y la instancia de participación no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se tendrán en cuenta y no serán valorados ni puntuados.

2.7 Superado el proceso selectivo se comprobará la autenticidad de los documentación aportada como méritos, siendo eliminados del proceso selectivo aún cuando exista propuesta del respectivo Tribunal en el caso de no correspondencia con los originales, decayendo los/as interesados/as en todos sus derechos e intereses legítimos. No obstante el Tribunal queda facultado para solicitar a los/as aspirantes la comprobación y en su caso procederá a la compulsa de los documentos originales de méritos con carácter previo a su valoración durante el proceso selectivo.

Quinta.—Admisión-exclusión de aspirantes.

1. Expirado el plazo de presentación de instancias se aprobarán las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as y se harán públicas en la Sede electrónica y en el Tablón de Edictos Municipales.

2. Durante diez días, podrá solicitarse la subsanación de omisiones, errores, mejora de la solicitud inicial o presentar reclamación. Quienes no presenten la solicitud de rectificación o reclamación contra las listas provisionales en el plazo indicado decaerán en su derecho siendo excluidos/as definitivamente de la lista de aspirantes si a ello hubiera lugar.

3. El plazo de subsanación de defectos, reclamaciones o mejora de solicitud que se otorga queda referido exclusivamente respecto de la documentación ya presentada.

4. Tras la aprobación de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, en cada convocatoria se publicará el nombramiento del respectivo Tribunal y posteriormente, o en el mismo acto, el lugar, día y hora de comienzo de las pruebas.

5. Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva mencionada en el punto anterior, incluso durante la celebración de las pruebas o en fase posterior, se advirtiere en las solicitudes y documentación aportada por los/las aspirantes inexactitud o falsedad que fuere causa de exclusión, esta se considerará defecto insubsanable, previa audiencia del interesado/a, y se resolverá dicha exclusión.

6. El orden de actuación de los/as aspirantes será el establecido en el sorteo público llevado a cabo por la Secretaría de Estado de Función Pública y publicado en el BOE.

Sexta.—Tribunal calificador.

1. El Tribunal calificador de las pruebas será nombrado por Resolución de la Alcaldía. Su composición será predominantemente técnica, debiendo poseer todos sus miembros un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas. La clasificación del Tribunal se determina en el anexo de las Bases específicas que rigen cada una de las convocatorias.

2. El Tribunal estará constituido por un número impar de miembros, nunca inferior a cinco ni superior a siete, señalándose en cada caso el mismo número de miembros suplentes. La composición del Tribunal atenderá al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas. En caso de empate, decidirá el voto de calidad del/la presidente/a del Tribunal.

3. Solamente por acuerdo del Tribunal, se podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas para todas o algunas pruebas que actuarán con voz y sin voto Estos miembros se limitarán al asesoramiento en sus especialidades técnicas, colaborando con el Tribunal. El personal colaborador en la vigilancia de las pruebas en caso de participación masiva de aspirantes no tendrá la calidad de miembro del Tribunal.

4. Para la constitución y actuación del Tribunal se requerirá la presencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes, y siempre la del/la Presidente/a y Secretario/a. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para llevar a buen fin las pruebas selectivas y el proceso selectivo en todo lo no previsto en estas Bases. Asimismo los miembros de los Tribunales participarán de forma activa en todas las fases y pruebas del proceso de selección, manteniendo una presencia permanente durante el período de valoración de las pruebas. Se observarán de forma rigurosa los horarios establecidos para el desarrollo de todo el proceso.

5. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

6. El personal de elección o de designación política, el personal funcionario interino, el personal laboral temporal, indefinido no fijo y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

7. Los/las aspirantes podrán recusar a cualquiera de los miembros y estos deberán abstenerse de actuar si en ellos concurre alguna de las circunstancias del art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, reguladora del régimen Jurídico del Sector Público o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Séptima.—Sistema de concurso-oposición.

1. La suma total de la puntuación del proceso selectivo será de 50 puntos, repartiéndose entre 30 puntos para la fase de oposición y 20 puntos para la fase de concurso.

2. La fase de oposición representará 30 puntos sobre 50 y consistirá en la superación de un caso teórico-práctico.

Constará de un único ejercicio consistente en resolver un caso teórico-práctico a elegir entre 3 propuestos por el tribunal y relacionados con el temario de cada proceso:

Grupo

N.º temas

A1

50

A2

30

C1

20

C2

15

D-APN

10

3. La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos que se determinen en las bases específicas.

En la fase de concurso se podrán tener en cuenta los procesos superados para el acceso a la categoría de personal laboral fijo, los años prestados en la Administración en el puesto de personal funcionario o que se haya acordado funcionarizar.

La fase de concurso representará un total de 20 puntos sobre 50, que se distribuirán de la siguiente forma:

— Experiencia: 18 puntos.

— Formación relacionada con el puesto: 1 punto.

— Titulaciones oficiales (hasta 1 punto): superiores en un nivel a la plaza requerida 0,5 puntos), en dos niveles (1 punto).

La valoración de la experiencia se realizará de conformidad con los siguientes criterios:

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría de la plaza convocada desempeñando funciones idénticas a esta, a razón de 0,090 puntos por mes completo de trabajo.

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría de la plaza convocada desempeñando trabajos, labores y ocupaciones de contenido técnico y especialidad similares a las funciones propias de la plaza, a razón de 0,080 puntos por mes completo de trabajo.

Recae en cada aspirante conocer y actualizar el contenido de su expediente personal.

Octava.—Pruebas selectivas, calificación y orden de clasificación definitiva.

1. Todos los llamamientos serán únicos, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. No obstante en caso de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el tribunal, se realizará un segundo llamamiento inmediatamente terminado el primero.

2. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

3. En el supuesto de que algún tema de los integrantes en el respectivo programa contenido en los anexos correspondientes de las Bases específicas se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación normativa, se exigirá en todo caso la normativa vigente en el momento de la realización de las respectivas pruebas.

4. La valoración de las pruebas escritas se realizará manteniendo en todo momento el anonimato de los/as candidatos/as. El Tribunal podrá excluir a aquellos/as opositores/as en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas, tachaduras o signos que permita conocer la identidad de los mismos.

5. Los ejercicios consistentes en desarrollo de temas teóricos, ejercicios prácticos, contestación de preguntas y todas aquellas pruebas que impliquen labores de escritura, redacción y cálculos se llevarán a cabo, cuando así lo dispongan las Bases Específicas de la convocatoria correspondiente o así lo determine el Tribunal, a través de la utilización de un tratamiento de texto y/o hoja de calculo de uso común. Se valorará la aplicación de los conocimientos teóricos y prácticos según se determine en los anexos a estas bases, sin que el/la aspirante deba acreditar respecto al tratamiento de textos y/o hoja de cálculo de uso común, más que el conocimiento del mismo a nivel de usuario/a.

6. En cada convocatoria específica se determinarán, en su caso, las características, duración y número de ejercicios del proceso de selección.

7. El tribunal, en cada caso, dará a conocer antes de la prueba los criterios de valoración y corrección del mismo.

8. Todos los ejercicios de las pruebas selectivas serán obligatorios y eliminatorios, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen el mínimo establecido en cada uno de dichos ejercicios eliminatorios, pudiendo ser calificados/as por el Tribunal como no aptos/as. Lo que no obvia que en el Acta o en un anexo a la misma figuren otorgadas las calificaciones conforme a lo señalado en apartado 13 de estas Bases.

9. El/La Secretario/a del Tribunal levantará acta de las sesiones que deberán ser leídas, aprobadas y firmadas al comienzo de cada una de ellas. El acta final en la que figurará la propuesta de aprobados/as deberá ser firmada por todos los/as componentes del Tribunal.

10. La puntuación total de las pruebas selectivas a efectos de ordenación de los/as opositores/as aprobados/as en la relación definitiva de aspirantes u orden de clasificación definitivo vendrá determinada en el Concurso-Oposición, una vez calificado el ejercicio de la oposición y los méritos de la fase de concurso, según las calificaciones obtenidas en el ejercicio obligatorio y las de la fase de concurso, no pudiendo declarar que han superado el proceso selectivo, según orden de puntuación obtenida, mayor número de aspirantes que número de plazas convocadas. El Tribunal queda autorizado a valorar únicamente la fase de Concurso respecto a los/as aspirantes presentados/as que hubieran superado el ejercicio de la fase de oposición.

11. La puntuación de cada aspirante en la prueba de oposición será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del Tribunal asistentes a la sesión. Una vez realizada la votación por los miembros del Tribunal, se eliminarán la puntuación más alta y la más baja, procediendo a continuación a obtener la media aritmética de las puntuaciones restantes debiendo quedar constancia de las puntuaciones dadas por los miembros del Tribunal de forma anónima y secreta en las respectivas actas.

12. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el ejercicio eliminatorio.

13. Todo compromiso de gastos que implique la realización de las pruebas de la convocatoria exigirá por parte del Tribunal respectivo la consecuente tramitación de la autorización de los mismos.

Novena.—Superación del proceso selectivo y propuesta del tribunal.

1. Los Tribunales no podrán declarar que han superado los procesos selectivos un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

2. Superarán el proceso selectivo los/las aspirantes incluidos/as en la propuesta de nombramiento que formule el respectivo Tribunal Calificador, que en ningún caso podrá rebasar el número de plazas convocadas.

3. Cuando no concurran suficiente número de aspirantes o estos/as no alcancen los mínimos establecidos para superar los ejercicios o fases previstos en las bases, el Tribunal formulará propuesta al órgano competente para que se declaren desiertas las plazas no cubiertas.

Décima.—Presentación de documentos, nombramiento y toma de posesión.

1. Los/as aspirantes propuestos/as deberán aportar en el Servicio de Gestión de Personas del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, en el plazo máximo de veinte días hábiles, contados a partir del día en que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y Anexos/Bases Específicas correspondientes, así como la documentación complementaria que en el citado Servicio se les señale.

2. La incorporación definitiva de las personas que resulten seleccionadas, una vez realizada la acreditación de la documentación exigida, se efectuará dentro de los seis meses siguientes a la fecha de finalización del respectivo proceso selectivo, salvo causa de fuerza mayor.

3. Si el/la aspirante propuesto/a no presentase la documentación exigida en el plazo indicado, o si de la documentación presentada se desprende que no reúne los requisitos exigidos en la convocatoria, salvo causa de fuerza mayor libremente apreciada por la Alcaldía, no podrá ser nombrado/a, según el caso, quedando anuladas todas sus actuaciones y decayendo en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

4. Nombrados/as por la Alcaldía, los/las funcionarios/as deberán tomar posesión en el plazo de un mes contado a partir del siguiente día a aquél en que les sea notificado el nombramiento quedando sin efecto alguno el nombramiento si no toma posesión en el plazo señalado, sin causa justificada.

Undécima.—Recursos.

1. Tanto la convocatoria como las Bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los/las interesados/as en los casos y forma previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Lo establecido en estas Bases no afectará al contenido específico de los respectivos anexos en caso de contradicción. Las Bases vinculan a la Administración, a los Tribunales de selección y a quienes participen en las mismas.

3. Las resoluciones de los Tribunales de selección vinculan al Ayuntamiento, sin perjuicio de que este, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme al procedimiento previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Contra las resoluciones y los actos de trámite, de los Tribunales de Selección, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse por los/as interesados/as recurso de alzada ante la Alcaldía, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previsto en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Anexo 1.º

BASES PARA LA PROVISIÓN DE NUEVE PLAZAS DE TÉCNICO/A SUPERIOR DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN- EN TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA CRUZADA Y RÉGIMEN DE FUNCIONARIO DE CARRERA

1. Grupo: A, Subgrupo A1 de clasificación profesional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Clasificación: Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Clase: Técnica Superior. Denominación: Técnico/a Superior de Sistemas de Información. Nivel de complemento de destino: 24.

3. Número de plazas: 9 plazas, en turno de promoción interna régimen de funcionario de carrera.

Las plazas objeto de estas bases se encuadran en las siguientes áreas de especialidad:

Desarrollo y apoyo a empresas municipales (4 plazas)

Explotación (2 plazas)

Comunicación (3 plazas)

4. Requisitos: Pertenecer a la categoría Analista de Sistemas o Titulado/a Superior de Sistemas de Información, como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón del Grupo A, Subgrupo A1; reunir los requisitos de participación establecidos en las Bases Generales y en el presente anexo; y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo, en virtud de pruebas de selección con anterioridad a la entrada en vigor del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

5. Sistema de acceso: Concurso-Oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre que equipara el sistema de concurso- oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública.

6. Titulación: Estar en posesión del Titulo Universitario de Ingeniería Informática o Grado equivalente.

7. Funciones: Es el/la trabajador/a que en posesión del correspondiente título académico y los conocimientos teórico-prácticos precisos, ejerce con responsabilidad e iniciativa cualificada, las funciones propias para las que les habilita el título de Ingeniero/a Informático/a. Y en particular:

• Realizar el seguimiento, configuración y mantenimiento de las aplicaciones y programas informáticos municipales.

• Resolver las incidencias relacionadas con las aplicaciones corporativas y prestar apoyo a los/as usuarios/as

• Llevar a cabo la implantación de nuevas funcionalidades en las aplicaciones existentes.

• Llevar a cabo la implantación de nuevos proyectos y desarrollar aplicaciones informáticas.

• Impartir formación a los/as usuarios/as en relación a los programas y aplicaciones usados por la Institución.

• Realizar propuestas de mejora y de valoración y adquisición de nuevos programas y aplicaciones.

• Gestionar y mantener el contenido de portales temáticos en la sede electrónica.

• Emitir informes y propuestas de resolución, estudios, estadísticas, memorias y otros documentos que le sean requeridos por su superior jerárquico.

• Realizar cualquier otra tarea de carácter similar que le sea asignada por parte de sus superiores jerárquicos/as.

8. Presentación de instancias: De acuerdo con lo señalado en las Bases Generales, el plazo de presentación de instancias será de veinte días a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (www.gijon.es).

En el recuadro correspondiente de la solicitud se consignarán la plaza y el área de especialidad (solo una) a la que se opta para la realización de la prueba del ejercicio de la fase de oposición, según lo establecido en el apartado 3 de estas bases.

La ausencia de consignación de cualquiera de estos datos en la solicitud determinará la exclusión de la persona aspirante, sin perjuicio de la posibilidad de subsanación en la forma y plazo establecido en estas bases.

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.

9. Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: La realización del ejercicio de la fase de oposición se llevará a cabo a través de un tratamiento de textos, debiendo acreditar los/as aspirantes el conocimiento mínimo del mismo a nivel de usuario/a, salvo que el tribunal disponga la realización en soporte papel por alguna circunstancia debidamente motivada.

Se habilitará, siempre que sea posible técnicamente y así lo determine el Tribunal, el acceso a la consulta a códigos normativos electrónicos publicados en páginas oficiales institucionales, tales como el Boletín Oficial del Estado. En caso contrario será posible consultar textos legales, no comentados, en soporte papel.

10. Fases y desarrollo del proceso selectivo:

— Fase de oposición:

Representa 30 puntos sobre 50. Comprende un ejercicio obligatorio y eliminatorio consistente en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, un supuesto teórico- práctico a elegir entre tres propuestos por el tribunal y correspondientes, cada uno de ellos, a cada uno de los tres bloques en las que se organiza el programa (sin posibilidad de más de un supuesto por bloque) y relativos o relacionados con las tareas o funciones propias asignadas a la plaza convocada en cada especialidad.

Se puntuará de 0 a 30 puntos, siendo preciso obtener para superar el ejercicio un mínimo de 15 puntos.

— Fase de concurso:

No tendrá carácter eliminatorio, no pudiendo en ningún caso aplicarse la puntuación obtenida en la misma para superar la fase de oposición. La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso será de 20 puntos sobre 50 y se ajustará al siguiente baremo:

B.1.—Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de un nivel de Titulación superior al exigido para participar en la convocatoria, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto:

— Títulos Oficiales de Doctor/a: 1 punto

— Máster Oficial Universitario: 0,5 puntos

Los Másteres oficiales que permiten el ejercicio de una profesión regulada no serán objeto de valoración por el Tribunal de selección. Los certificados de correspondencia de las titulaciones universitarias anteriores a la ordenación del Espacio Europeo de Educación Superior a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, que regula el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, no serán objeto de valoración como mérito en la fase de concurso.

B.2.—Formación: Un máximo de 1 punto por haber impartido o participado en cursos de formación relacionados con las funciones y/o programa de la plaza convocada.

Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, qué cursos están relacionados con las funciones de la plaza.

Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora.

Los cursos impartidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,004 puntos/hora.

Asimismo de conformidad con la Base General Cuarta la valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como informática, igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado (es decir, la formación general se valorará 0,25 puntos como máximo).

A los efectos de valorar la formación en idiomas se otorgará una puntuación de 0, 45 puntos al Certificado de Nivel Superior de la Escuela Oficial de Idiomas, y 0,25 puntos al Certificado de Nivel Elemental de la Escuela Oficial de Idiomas. No obstante, conforme al nuevo plan de estudios las certificaciones de la E. O. I. se otorgarán las siguientes:

— Nivel Básico: 0,15 puntos

— Nivel Intermedio: 0,30 puntos

— Nivel Avanzado: 0,45 puntos

Asimismo, se valorarán las certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo II del Real Decreto 1.041/2017 de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación:

— Nivel A2 (Plataforma): 0,15 puntos

— Nivel B1 (Umbral): 0,30 puntos

— Nivel B2 (Avanzado): 0,45 puntos

Las certificaciones que acrediten un nivel de competencia con referencia al Marco Común Europeo de las lenguas superior al Nivel B2 (Avanzado), se les otorgará la siguiente puntuación:

— Nivel C1 (Dominio Operativo Eficaz): 0,60 puntos

— Nivel C2 (Maestría): 0,75 puntos

Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de selección.

B.3.—Experiencia: Hasta un máximo de 18 puntos; se puntuará de conformidad con los siguientes criterios:

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría (plaza convocada), desempeñando funciones idénticas a las de la plaza, a razón de 0,090 puntos por mes completo de trabajo.

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría de la plaza convocada, desempeñando trabajos, labores y ocupaciones de contenido técnico y especialidad similar a las funciones propias de la plaza, a razón de 0,080 puntos por mes completo de trabajo.

El curriculum vitae y la documentación acreditativa de los méritos alegados en el mismo, para proceder a su valoración, ha de ajustarse a lo dispuesto en la Base general 4.ª que rige la selección de esta convocatoria.

La puntuación total de las pruebas selectivas a efectos de ordenación de los/as opositores/as aprobados/as en la relación definitiva de aspirantes u orden de clasificación definitivo y por tanto que han superado el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de la fase oposición más la de la fase de concurso.

11. Clasificación del tribunal: Primera categoría.

12. Programa: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo.

DESARROLLO Y APOYO A EMPRESAS MUNICIPALES

BLOQUE I

Tema 1. El Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Estructuras organizativas, organismos y empresas municipales. El Servicio de Sistemas de Información. Estructura, funciones y responsabilidades, presupuesto.

Tema 2. El Plan de Sistemas. La evolución del servicio hasta nuestros días, hitos y nuevos retos.

Tema 3. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tema 4. Los Planes de Igualdad de Oportunidades. Características y rasgos. Los Planes de Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 5. La Contratación pública. Tipos de contratos, elementos claves, gestión de un contrato.

Tema 6. La protección de datos personales y su normativa reguladora (RGPD). Conceptos generales.

Tema 7. Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Estructura y conocimientos generales.

Tema 8. El Esquema Nacional de Interoperabilidad.

Tema 9. Aplicaciones corporativas. Descripción, utilidades, infraestructura necesaria para su despliegue.

Tema 10. Red de fibra óptica municipal. Descripción, tecnologías, equipamiento, extensión, servicios.

Tema 11. Red de área Local municipal. Descripción, tecnologías, equipamiento.

Tema 12. Red Wi-Fi municipal. Situación actual, infraestructura y nuevos proyectos.

Tema 13. La prevención de Riesgos laborales en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 14. Sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 15. Internet de las cosas (IoT). Espacio Conecta Gijón.

BLOQUE II

Tema 16. La gestión de datos corporativos del Ayuntamiento: Terceros, Territorio, Documentos, estructura organizativa, personal, roles y usuarios.

Tema 17. Conceptos básicos de bases de datos. Modelo relacional. Teoría de la normalización. Gestión de permisos a nivel de objeto. Lenguaje SQL de Oracle.

Tema 18. Creación de Tablas e Índices. Vistas. Secuencias. Integridad referencial. Fundamen PL/SQL: El bloque, variables, tipos de datos y expresiones. Estructuras de control. Cursores, triggers.

Tema 19. Funciones y Procedimientos: Creación y eliminación, dependencias. Funciones SQL predefinidas. Paquetes y Trabajos (JOBS).

Tema 20. Lenguaje de programación Javascript. Conceptos básicos.

Tema 21. Lenguaje de programación Python. Conceptos básicos.

Tema 22. Lenguajes y herramientas para la utilización de redes globales. HTML, CSS, XML y JSON.

Tema 23. Desarrollo en entornos colaborativos con SVN y GitHub.

Tema 24. Gestión de almacenes de datos corporativos: Conceptos generales de Datawarehouse, Bigdata. Desarrollo de procedimientos de ETL.

Tema 25. La seguridad de la Información: La integridad, confidencialidad, disponibilidad y autenticidad de la información. Seguridad física, seguridad lógica. Cifrado. Certificados digitales. Protocolos SSL/TLS. Tarjetas criptográficas. Amenazas y vulnerabilidades. Sistemas de protección.

Tema 26. El registro electrónico: Sujetos obligados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, identificación y autenticación, justificante. El sistema de intercambio de registros SIR: interoperabilidad de asientos registrales.

Tema 27. Expediente electrónico y documento administrativo electrónico: regulación en las Leyes 39/2015 de 1 de octubre y Ley 40/2015 de 1 de octubre y en las normas técnicas de interoperabilidad. Componentes y requisitos. Interoperabilidad de expedientes y documentos electrónicos.

Tema 28. Notificación electrónica: Regulación de la institución de notificación en las nuevas leyes 39/2015 y 40/2015 de 1 de octubre: Sujetos obligados, identificación y autenticación, dirección habilitada única y notificación por comparecencia. Incorporación de notificaciones al canal presencial para los sujetos no obligados.

Tema 29. Archivo electrónico: Políticas de gestión de documentos electrónicos. El documento electrónico.

Tema 30. Identificación y firma de los interesados del procedimiento administrativo: Sistemas de firma admitidos, usos de medios e identificación y firma, registro electrónico de apoderamientos. Cl@ve: cl@ve ocasional, cl@ve permanente, operativa y elementos.

Tema 31. Atención multicanal: la posición integrada ciudadana, presencial, electrónica, telefónica. La colaboración entre administraciones y las ventanillas únicas interoperables, especial referencia al PAE y VUDS.

Tema 32. Servicios comunes del portal de administración electrónica. El punto de acceso general y carpeta ciudadana.

BLOQUE III

Tema 33. El Sistema Corporativo de Gestión de Nómina, RRHH y control de presencia. Proyectos de implantación. Estructura general, componentes. Procesos de integración internos. Procesos de integración externos (registro, 010, TC, app gijon, intranet y portal del empleado, sede electrónica, Acceda, apertura puertas).

Tema 34. Aplicación META4. Estructura básica, módulos funcionales. Uso de modelo integrado. Funcionamientos generales de usuario/a (formularios y ediciones rápidas, filtros, ejecuciones de listados, ejecuciones de procesos).

Tema 35. Aplicación META4. Estructura técnica. Modelo de datos, integridad referencial de la información, metodología, reutilización de código, herramientas de diseño y configuración de la aplicación. Tipos de objetos: formularios, impresos (RPTs, DIMs,..), exportaciones.

Tema 36. Aplicación META4. Gestión de nómina y Seguridad Social. Modelo técnico configuración nómina: momentos de ejecución, tipos de conceptos, herramientas de programación, pirámide asignación valores, herramientas de cálculo de nómina y trazado.

Tema 37. Aplicación META4. Gestión de RRHH. Modelo técnico de configuración de fases de alta, históricos. Configuración de estructura de convenios entidades públicas y privadas. Configuraciones convenio-categoría, RPT y plantilla. Provisión y selección de puestos.

Tema 38. Aplicación META4. Gestión de Acción social. Gestión de ayudas de personal, becas de hijos, formación reglada.

Tema 39. Aplicación META4. Gestión de carrera profesional y evaluación de empleados/as. Estructura de datos. Fases del proceso. Generación de evaluables. Cálculos de categoría, exclusiones, pagos únicos. Cálculo de rendimiento (aplicaciones gestor, aplicaciones corporativos, carga manual de indicadores,...). Generación de notificaciones (cambios, gráficos de rendimiento anuales…,).

Tema 40. Aplicación META4. Explotación de la información. Utilidades de extracción de datos disponibles para usuario/a: Query, consulta, importación/exportación. Formatos de salida. Herramientas de explotación para desarrollado: creación de reports con Crystal Reports, integraciones vía ODBC (Access, excel,...), desarrollos PL/SQL -vistas, procedimientos, funciones, generación de conjuntos de datos abiertos.

Tema 41. Herramientas de seguimiento del teletrabajo. Proyectos de implantación. Definición de estructuras organizativas, activación de empleados/as y asignación de responsables. Herramientas WorkMeter y Overa. Configuraciones de accesos, telemetría, aplicaciones productivas y no productivas. Procesos de integración con control horario y portal del empleado/a.

Tema 42. Control de presencia Corporativo. Proyectos de implantación. Aplicación Smart People Time. Estructura técnica. Definición de turnos y patrones, grupos, bolsas, saldos. Cálculos automáticos. Configuración de motivos de ausencia, excesos horarios y días especiales. Integración con sistema de apertura de puertas.

Tema 43. Portal horario del empleado/a. Lectores de tarjetas. Adaptaciones por cambios de convenio, instrucciones o cambios legales.

Tema 44. Portal del empleado/a. Proyecto de implantación. Estructura básica, módulos funcionales. Estructura técnica: modelo de datos, integración con aplicación de Nómina y RRHH, integración con sistema de control horario. Adaptaciones de convenio u otros cambios legales.

Tema 45. El Sistema de Gestión Grupo Empresas Municipales (SIGEM) con SAP. Estructura general. Entidades. Proyectos de implantación, migración de versión, evolución. Integración con otros sistemas.

Tema 46. Gestión de Proyectos de mantenimiento preventivo, correctivo y evolutivo sistema SAP. Mantenimiento preventivo y monitorización de sistemas. Gestión y dirección de proyectos. Auditorías, gestión de usuarios y perfiles.

Tema 47. SAP/ERP y SAP ISU-CSS. Descripción de módulos. Sistema integrado.

Tema 48. SAP interfaces con sistemas externos: integración con FACe, SII, aplicaciones corporativas -Registro facturas, Acceda (expediente, envío circuito firma…,).

Tema 49. Sistema de gestión de base de datos Oracle. Modelo relacional. Estructuras de datos. Integración referencial. Desarrollos PL/SQL (procedimientos, funciones, paquetes). Uso de PL/SQL Developer: funcionalidades y utilidades principales.

Tema 50. Crystal Reports. Generación de informes de usuario. Conceptos y estructura. Funcionalidades y utilidades principales.

EXPLOTACIÓN

BLOQUE I

Tema 1. El Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Estructuras organizativas, organismos y empresas municipales. El Servicio de Sistemas de Información. Estructura, funciones y responsabilidades, presupuesto.

Tema 2. El Plan de Sistemas. La evolución del servicio hasta nuestros días, hitos y nuevos retos.

Tema 3. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tema 4. Los Planes de Igualdad de Oportunidades. Características y rasgos. Los Planes de Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 5. La Contratación pública. Tipos de contratos, elementos claves, gestión de un contrato.

Tema 6. La protección de datos personales y su normativa reguladora (RGPD). Conceptos generales.

Tema 7. Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Estructura y conocimientos generales.

Tema 8. El Esquema Nacional de Interoperabilidad.

Tema 9. Aplicaciones corporativas. Descripción, utilidades, infraestructura necesaria para su despliegue.

Tema 10. Red de fibra óptica municipal. Descripción, tecnologías, equipamiento, extensión, servicios.

Tema 11. Red de área Local municipal. Descripción, tecnologías, equipamiento.

Tema 12. Red Wi-Fi municipal. Situación actual, infraestructura y nuevos proyectos.

Tema 13.—La prevención de Riesgos laborales en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 14.—Sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 15.—Internet de las cosas (IoT). Espacio Conecta Gijón.

BLOQUE II

Tema 16. Tecnologías actuales de ordenadores: de los dispositivos móviles a los superordenadores y arquitecturas escalables y de altas prestaciones. Computación en la nube. Base tecnológica. Componentes, funcionalidades y capacidades.

Tema 17. Planificación física de un centro de tratamiento de la información. Vulnerabilidades, riesgo y protección. Dimensionamiento de equipos. Factores para considerar.

Tema 18. Virtualización de plataforma y de recursos. Virtualización de puestos de trabajo. Sistemas de gestión de virtualización de servicios. VMWARE y CITRIX. Dimensionamiento, control y gestión de los recursos.

Tema 19. Prácticas de mantenimiento de equipos e instalaciones. Tipos de mantenimiento. Políticas, sistemas y procedimientos de backup y su recuperación: sistemas físicos y virtuales.

Tema 20. Monitorización y gestión de capacidad. Planes de contingencia y explotación. Sistemas de copias de seguridad en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 21. La seguridad en las aplicaciones. Protocolos SSL. Seguridad física y lógica de un sistema de información. Herramientas en ciberseguridad. Gestión de incidentes.

Tema 22. El modelo TCP/IP y el modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO: arquitectura, capas, interfaces, protocolos, direccionamiento y encaminamiento.

Tema 23. Redes conmutadas y de difusión. Conmutación de circuitos y de paquetes. Integración voz-datos. Protocolos de encaminamiento. Ethernet conmutada. MPLS. Calidad de servicio (QOS).

Tema 24. Administración de redes locales. Gestión de usuarios/as. Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico. Gestión SNMP. Gestión de incidencias.

Tema 25. Los servicios de red públicos y privados. La red SARA en la administración local.

Tema 26. La seguridad en redes. Seguridad perimetral. Control de accesos. Técnicas criptográficas y protocolos seguros. Mecanismos de firma digital. Redes privadas virtuales. Seguridad en el puesto del usuario/a.

Tema 27. Red TETRA de comunicaciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Estructura y funcionamiento. Terminales, estaciones base y red de transporte. Servicios soportados.

Tema 28. Conceptos de sistemas operativos: características, evolución y tendencias. Estructura, componentes y funciones. Características técnicas y funcionales de los sistemas operativos: Windows, Linux, Unix y otros. Sistemas operativos para dispositivos móviles.

Tema 29. Sistemas de gestión de bases de datos relacionales y NOSQL: características y elementos constitutivos. Estándares de conectividad: ODBC y JDBC. Dimensionamiento y planificación.

Tema 30. Arquitectura de sistemas cliente-servidor, multicapas y multidispositivo: tipología. Componentes. Interoperabilidad de componentes. Ventajas e inconvenientes.

Tema 31, Arquitectura de servicios web. Modelo de desarrollo de aplicaciones basado en contenedores y microservicios. Arquitectura y soluciones. Despliegue, monitorización y escalado.

Tema 32. Técnicas de evaluación de alternativas y análisis de viabilidad. Presupuestación y control de costes de un proyecto informático.

Tema 33. El sistema de atención al usuario. Gestión de la atención a clientes y usuarios/as: centros de contacto, CRM. Arquitectura multicanal. Dimensionamiento de los servicios y control de calidad.

BLOQUE III

Tema 34. La gestión de datos corporativos del Ayuntamiento: Terceros, Territorio, Documentos, estructura organizativa, personal, roles y usuarios.

Tema 35. Conceptos básicos de bases de datos. Modelo relacional. Teoría de la normalización. Gestión de permisos a nivel de objeto. Lenguaje SQL de Oracle.

Tema 36. Creación de Tablas e Índices. Vistas. Secuencias. Integridad referencial. Fundamentos de PL/SQL: El bloque, variables, tipos de datos y expresiones. Estructuras de control. Cursores, triggers.

Tema 37. Funciones y Procedimientos: Creación y eliminación, dependencias. Funciones SQL predefinidas. Paquetes y Trabajos (JOBS).

Tema 38. Lenguaje de programación Javascript. Conceptos básicos.

Tema 39. Lenguaje de programación Python. Conceptos básicos.

Tema 40. Lenguajes y herramientas para la utilización de redes globales. HTML, CSS, XML y JSON.

Tema 41. Desarrollo en entornos colaborativos con SVN y GitHub.

Tema 42. Gestión de almacenes de datos corporativos: Conceptos generales de Datawarehouse, Bigdata. Desarrollo de procedimientos de ETL.

Tema 43. La seguridad de la Información: La integridad, confidencialidad, disponibilidad y autenticidad de la información. Seguridad física, seguridad lógica. Cifrado. Certificados digitales. Protocolos SSL/TLS. Tarjetas criptográficas. Amenazas y vulnerabilidades. Sistemas de protección.

Tema 44. El registro electrónico: Sujetos obligados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, identificación y autenticación, justificante. El sistema de intercambio de registros SIR: interoperabilidad de asientos registrales.

Tema 45. Expediente electrónico y documento administrativo electrónico: regulación en las Leyes 39/2015 de 1 de octubre y Ley 40/2015 de 1 de octubre y en las normas técnicas de interoperabilidad. Componentes y requisitos. Interoperabilidad de expedientes y documentos electrónicos.

Tema 46. Notificación electrónica: Regulación de la institución de notificación en las nuevas leyes 39/2015 y 40/2015 de 1 de octubre: Sujetos obligados, identificación y autenticación, dirección habilitada única y notificación por comparecencia. Incorporación de notificaciones al canal presencial para los sujetos no obligados.

Tema 47. Archivo electrónico: Políticas de gestión de documentos electrónicos. El documento electrónico.

Tema 48. Identificación y firma de los interesados del procedimiento administrativo: Sistemas de firma admitidos, usos de medios e identificación y firma, registro electrónico de apoderamientos. Cl@ve: cl@ve ocasional, cl@ve permanente, operativa y elementos.

Tema 49. Atención multicanal: la posición integrada ciudadana, presencial, electrónica, telefónica. La colaboración entre administraciones y las ventanillas únicas interoperables, especial referencia al PAE y VUDS.

Tema 50. Servicios comunes del portal de administración electrónica. El punto de acceso general y carpeta ciudadana.

COMUNICACIÓN

BLOQUE I

Tema 1. El Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Estructuras organizativas, organismos y empresas municipales. El Servicio de Sistemas de Información. Estructura, funciones y responsabilidades, presupuesto.

Tema 2. El Plan de Sistemas. La evolución del servicio hasta nuestros días, hitos y nuevos retos.

Tema 3. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tema 4. Los Planes de Igualdad de Oportunidades. Características y rasgos. Los Planes de Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 5. La Contratación pública. Tipos de contratos, elementos claves, gestión de un contrato.

Tema 6. La protección de datos personales y su normativa reguladora (RGPD). Conceptos generales.

Tema 7. Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Estructura y conocimientos generales.

Tema 8. El Esquema Nacional de Interoperabilidad.

Tema 9. Aplicaciones corporativas. Descripción, utilidades, infraestructura necesaria para su despliegue.

Tema 10. Red de fibra óptica municipal. Descripción, tecnologías, equipamiento, extensión, servicios.

Tema 11. Red de área Local municipal. Descripción, tecnologías, equipamiento.

Tema 12. Red Wi-Fi municipal. Situación actual, infraestructura y nuevos proyectos.

Tema 13.—La prevención de Riesgos laborales en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 14.—Sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 15.—Internet de las cosas (IoT). Espacio Conecta Gijón.

BLOQUE II

Tema 16. Lenguaje de marcado HTML5.

Tema 17. Hojas de Estilo CSS3.

Tema 18. Lenguaje de programación Javascript.

Tema 19. Formato de archivo JSON.

Tema 20. Servicios WEB REST. Accesibilidad Web. WCAG 2.1.

Tema 21. Datos abiertos. Conceptos generales. El portal de datos abiertos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 22. Ordenanza Municipal de Transparencia del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. El Portal de Transparencia.

Tema 23. Web municipal del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 24. Gestor de contenidos de software libre Drupal.

Tema 25. Redes Sociales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 26. Red de Cajeros Ciudadanos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 27. Tarjeta Ciudadana del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 28. Digitalización de fondos históricos y culturales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Fotoware y FotoStation.

Tema 29. APP Gijón del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 30. Sistema de Cita Previa del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

BLOQUE III

Tema 31. Lenguaje SQL de Oracle 10g.

Tema 32. Creación en Oracle 10g de tablas, índices, vistas, vistas materializadas, secuencias, comentarios a nivel de tabla y a nivel de columna. Integridad referencial.

Tema 33. Fundamentos de PL/SQL: El bloque, variables, tipos de datos y expresiones. Estructuras de control. Cursores: Tipos, definición, extracción de información.

Tema 34. Triggers en Oracle 10g: Tipos. Creación y eliminación, componentes de un disparador.

Tema 35. Funciones y Procedimientos en Oracle 10g: Creación y eliminación, dependencias. Funciones SQL predefinidas.

Tema 36. Lenguaje SQL de Mysql 8.0.

Tema 37. Creación en Mysql 8.0 de Tablas, índices, vistas, secuencias, comentarios a nivel de tabla y a nivel de columna. Integridad referencial.

Tema 38. Funciones y Procedimientos en Mysql 8.0: Creación y eliminación dependencias. Triggers: Tipos, creación y eliminación, componentes de un disparador.

Tema 39. Formatos abiertos de intercambio de información JSON, XM Lenguaje HTML 5: Estructura de un Documento HTML. Etiquetas Básicas y Elementos (Texto, Formateo, Tablas, Enlaces, Imágenes, Listas, Formularios, Fuentes, Frames).

Tema 40. Etiquetas semánticas y estructurales de HTML 5. HTML APIs: Geolocation, Local Storage, Aplication Cache.

Tema 41. Hojas de estilo en cascada CSS 3.0: Definición de Fondos, Imágenes, Fuentes, Bordes Posicionamiento de elementos, Márgenes, Paddings, Listas, Tablas. Integración en documentos HTML Herencia en CSS. Prioridad dentro de las CSS.

Tema 42. Características básicas del lenguaje Javascript, EMCAScript 2019.

Tema 43. Integración con páginas web y ejemplos del lenguaje Javascript. EMCAScript 2019.

Tema 44. Compatibilidad, accesibilidad, seguridad y vulnerabilidades del lenguaje Javascript. EMCAScript 2019.

Tema 45. Características básicas del lenguaje TypeScript 3.8.

Tema 46. Integración con el Terminal Punto de Venta de CECA. Manual de implementación 8.6.

Tema 47. Publicación, distribución y pruebas de aplicaciones móviles en Google Play Console.

Tema 48. El Api público RESTFul de Fotoware 8.0.

Tema 49. Configuración básica del gestor de contenidos de software libre Drupal 8.0 y Creación de páginas simples.

Tema 50. Configuración de contenidos estructurados, taxonomías, campos de referencia, estilos y formateadores de texto bajo el gestor de contenidos Drupal 8.0.

Anexo 2.º

BASES PARA LA PROVISIÓN DE 19 PLAZAS DE TÉCNICO/A DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN - EN TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA CRUZADA Y RÉGIMEN DE FUNCIONARIO DE CARRERA-

1. Grupo: A, Subgrupo A1 de clasificación profesional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Clasificación: Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Clase: Técnica Superior. Nivel de complemento de destino: 23.

3. Número de plazas: 19 plazas, en turno de promoción interna cruzada y régimen de funcionario de carrera.

Las plazas objeto de estas bases se encuadran en las siguientes áreas de especialidad:

1. Empleo y Orientación Laboral (8 plazas)

2. Relaciones Ciudadanas (5 plazas)

3. Recursos humanos (2 plazas)

4. Igualdad (2 plazas)

5. Prevención de Riesgos Laborales (1 plaza)

6. Innovación (1 plaza)

4. Requisitos: Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón del Grupo A, Subgrupo A1 por haber superado un proceso selectivo convocado al efecto y reunir los requisitos de participación establecidos en las Bases Generales y en el presente anexo; habiendo prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo, en virtud de pruebas de selección con anterioridad a la entrada en vigor del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. (Boletín Oficial del Principado de Asturias 2 de diciembre de 2021).

5. Sistema de acceso: Concurso-Oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre que equipara el sistema de concurso- oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública.

6. Titulación: Estar en posesión del Título Universitario de Licenciatura o Grado en Psicología, Ingeniería o en alguna de las siguientes ramas de conocimiento: Artes y humanidades; Ciencias Sociales y Jurídicas.

7. Funciones: Es el/la trabajador/a que, en posesión del correspondiente título académico y los conocimientos teórico-prácticos precisos, ejerce con responsabilidad e iniciativa cualificada las funciones propias de estudio, formación, elaboración de informes y propuestas correspondientes al área de su especialidad, así como el mando del personal a su cargo, responsabilizándose igualmente de la debida ejecución y coordinación de los programas que se le asignen. Y en particular:

— Emitir informes y propuestas de resolución, estudios, estadísticas, memorias y otros documentos que le sean requeridos por su superior jerárquico.

— Realizar cualquier otra tarea de carácter similar que le sea asignada por parte de sus superiores jerárquicos/as.

8. Presentación de instancias: De acuerdo con lo señalado en las Bases Generales, el plazo de presentación de instancias será de veinte días a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (www.gijon.es).

En el recuadro correspondiente de la solicitud se consignarán la plaza (solo una) y el área de especialidad (solo una) a la que se opta para la realización de la prueba del ejercicio de la fase de oposición, según lo establecido en el apartado 3 de estas bases.

La ausencia de consignación de cualquiera de estos datos en la solicitud determinará la exclusión de la persona aspirante, sin perjuicio de la posibilidad de subsanación en la forma y plazo establecido en estas bases.

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.

9. Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: La realización del ejercicio de la fase de oposición se llevará a cabo a través de un tratamiento de textos de uso común en el mercado (Microsoft Word, Open Office), debiendo acreditar los/as aspirantes el conocimiento mínimo del mismo a nivel de usuario/a, salvo que el tribunal disponga su realización en soporte papel por alguna circunstancia debidamente motivada.

Se habilitará, siempre que sea posible técnicamente y así lo determine el Tribunal, el acceso a la consulta a códigos normativos electrónicos publicados en páginas oficiales institucionales, tales como el Boletín Oficial del Estado. En caso contrario será posible consultar textos legales, no comentados, en soporte papel.

10. Fases y desarrollo del proceso selectivo:

— Fase de oposición:

Representa 30 puntos sobre 50. Comprende un ejercicio obligatorio y eliminatorio consistente en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, un supuesto teórico-práctico a elegir entre tres propuestos por el tribunal y correspondientes, cada uno de ellos, a cada uno de los tres bloques en las que se organiza el programa (sin posibilidad de más de un supuesto por bloque) y relativos o relacionados con las tareas o funciones propias asignadas a la plaza convocada en cada especialidad.

Se puntuará de 0 a 30 puntos, siendo preciso obtener para superar el ejercicio un mínimo de 15 puntos.

— Fase de concurso:

No tendrá carácter eliminatorio, no pudiendo en ningún caso aplicarse la puntuación obtenida en la misma para superar la fase de oposición. La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso será de 20 puntos sobre 50 y se ajustará al siguiente baremo:

B.1.—Titulaciones Oficiales Por estar en posesión de un nivel de Titulación superior al exigido para participar en la convocatoria, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto:

— Títulos Oficiales de Doctor/a: 1 punto

— Máster Oficial Universitario: 0,5 puntos

Los Másteres oficiales que permiten el ejercicio de una profesión regulada no serán objeto de valoración por el Tribunal de selección. Los certificados de correspondencia de las titulaciones universitarias anteriores a la ordenación del Espacio Europeo de Educación Superior a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, que regula el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, no serán objeto de valoración como mérito en la fase de concurso.

B.2.—Formación: Un máximo de 1 punto por haber impartido o participado en cursos de formación relacionados con las funciones y/o temario de la plaza convocada.

Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, qué cursos están relacionados con las funciones de la plaza.

Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora.

Los cursos impartidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,004 puntos/hora.

Asimismo de conformidad con la Base General Cuarta la valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como informática, igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado (es decir, la formación general se valorará 0.25 puntos como máximo).

A los efectos de valorar la formación en idiomas se otorgará una puntuación de 0, 45 puntos al Certificado de Nivel Superior de la Escuela Oficial de Idiomas, y 0,25 puntos al Certificado de Nivel Elemental de la Escuela Oficial de Idiomas. No obstante, conforme al nuevo plan de estudios las certificaciones de la E. O. I. se otorgarán las siguientes:

— Nivel Básico: 0,15 puntos

— Nivel Intermedio: 0,30 puntos

— Nivel Avanzado: 0,45 puntos

Asimismo, se valorarán las certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo II del Real Decreto 1.041/2017 de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación:

— Nivel A2 (Plataforma): 0,15 puntos

— Nivel B1 (Umbral): 0,30 puntos

— Nivel B2 (Avanzado): 0,45 puntos

Las certificaciones que acrediten un nivel de competencia con referencia al Marco Común Europeo de las lenguas superior al Nivel B2 (Avanzado), se les otorgará la siguiente puntuación:

— Nivel C1 (Dominio Operativo Eficaz): 0,60 puntos

— Nivel C2 (Maestría): 0,75 puntos

Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de selección.

B.3.—Experiencia: Hasta un máximo de 18 puntos; se puntuará de conformidad con los siguientes criterios:

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría (plaza convocada), desempeñando funciones idénticas a las de la plaza, a razón de 0,090 puntos por mes completo de trabajo.

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría de la plaza convocada, desempeñando trabajos, labores y ocupaciones de contenido técnico y especialidad similar a las funciones propias de la plaza, a razón de 0,080 puntos por mes completo de trabajo.

El curriculum vitae y la documentación acreditativa de los méritos alegados en el mismo, para proceder a su valoración, ha de ajustarse a lo dispuesto en la Base general 4.ª que rige la selección de esta convocatoria.

En el caso de que los documentos aportados por los/las aspirantes junto al currículum y la instancia de participación no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, el Tribunal está facultado, atendiendo al principio de proporcionalidad, para requerir a los/las aspirantes, en el plazo de 10 días desde la publicación del Anuncio de la valoración otorgada a la fase de concurso, la subsanación y/o aclaración de las deficiencias observadas.

La puntuación total de las pruebas selectivas a efectos de ordenación de los/as opositores/as aprobados/as en la relación definitiva de aspirantes u orden de clasificación definitivo y por tanto que han superado el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de la fase oposición más la de la fase de concurso.

11. Clasificación del tribunal: Primera categoría.

12. Programa: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo.

EMPLEO Y ORIENTACIÓN LABORAL

BLOQUE I

Tema 1. El Servicio Público de Empleo en Asturias. Organización general. El Observatorio Ocupacional.

Tema 2. Las oficinas de empleo del Principado de Asturias. Servicios que prestan.

Tema 3. Las acciones de orientación y formación en el programa integral de orientación y mejora de la empleabilidad.

Tema 4. Acciones del servicio de orientación profesional del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Las entrevistas individuales; enfoques metodológicos; acciones grupales de orientación; técnicas de grupo.

Tema 5. La orientación profesional para la inserción socio-laboral de las Mujeres víctimas de Violencia de Género. Procedimiento de atención. Diseño, desarrollo y seguimiento del itinerario de inserción.

Tema 6. La Escuela de Segunda Oportunidad del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 7. Empresas de Trabajo Temporal. Cesión de personas trabajadoras.

Tema 8. La Formación Profesional para el Empleo de las personas desempleadas. Objeto. Finalidad. Personas destinatarias de las iniciativas de formación. Acciones formativas. Modalidades.

Tema 9. Certificados de profesionalidad. El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Tema 10. Programa de Escuelas Taller. Selección del alumnado trabajador y del personal docente. Orientación profesional. Certificación de la formación.

Tema 11. Formación en alternancia con el empleo. Formación Profesional Dual.

Tema 12. Centros Especiales de Empleo. Definición. Objetivos. Colectivos objeto de atención.

Tema 13. Centros Ocupacionales. Definición. Objetivos. Áreas y programas de intervención en el Principado de Asturias.

Tema 14. Empresas de inserción. Definición.

Tema 15. Servicios de acompañamiento a la inserción socio-laboral de las personas en situación de exclusión social.

Tema 16. Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Tema 17. La formación profesional para el empleo. Centros de formación y oferta formativa. Los contratos-programa.

BLOQUE II

Tema 18. La Unión Europea. Antecedentes: desde el tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), hasta la constitución actual. Principales Tratados. Estados miembros.

Tema 19. Instituciones de la Unión Europea. Funciones. Órganos consultivos, financieros e interinstitucionales. Los Fondos Estructurales.

Tema 20. El ordenamiento jurídico comunitario. Reglamentos. Directivas. Decisiones. Políticas e iniciativas comunitarias en materia de empleo. Objetivos. Proyectos.

Tema 21. La calidad en la Administración Pública. Normas ISO 9000. Normas EFQM.

Tema 22. La presentación de proyectos a convocatorias públicas de subvenciones. Procedimiento. Normativa de aplicación. La justificación de subvenciones.

Tema 23. Las Redes de Ciudades. ¿Qué son? Objetivos y ventajas. La participación de Ayuntamiento de Gijón/Xixón en redes de ciudades.

Tema 24. La responsabilidad social corporativa.

Tema 25. El mercado de trabajo en Gijón/Xixón (I): Estudios sobre el mercado de trabajo.

Tema 26. El mercado de trabajo en Gijón/Xixón (II): Características del mercado local de trabajo.

Tema 27. Innovación y desarrollo tecnológico para el desarrollo local. El Parque Científico y Tecnológico de Gijón/Xixón.

Tema 28. La Estrategia Europea de Empleo. Empleo Juvenil.

Tema 29. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (I). Líneas directrices del plan.

Tema 30. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (II). Políticas palanca.

Tema 31. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Tema 32. El Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Tema 33. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible en España.

BLOQUE III

Tema 34. La concertación social en Gijón/Xixón.

Tema 35. Acuerdo para la recuperación económica, la transformación del tejido productivo y la creación de empleo de calidad “Gijón Transforma”. Objetivos.

Tema 36. Acuerdo “Gijón Transforma”: Eje I “acompañamiento al empleo”.

Tema 37. Acuerdo “Gijón Transforma”: Eje II “recualificación profesional”.

Tema 38. Medidas de Fomento de Empleo.

Tema 39. Las Ayudas a la Contratación del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 40. Ayudas a la Contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.

Tema 41. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tema 42. El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 43. Plan de Empleo de colaboración público privada del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 44. La conciliación de la vida familiar y laboral. El programa 11x12 del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 45. Los planes de empleo como herramienta de mejora de la empleabilidad. Especial mención al Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 46. Proyectos en Red del Ayuntamiento de Gijón/Xixón: Línea 1.

Tema 47. Proyectos en Red del Ayuntamiento de Gijón/Xixón: Línea 2.

Tema 48. La Seguridad Social. Estructura y composición del sistema español de Seguridad Social.

Tema 49. Régimen General de la Seguridad Social. Inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores/as.

Tema 50. La cotización a la Seguridad Social. Las bases y tipos de cotización a 1a Seguridad Social. Cotización al Régimen General de la Seguridad Social de los/as empleados/as públicos/as incluidos en el campo de aplicación de dicho Régimen.

IGUALDAD

BLOQUE I

Tema 1. Origen de las desigualdades por razón de sexo.

Tema 2. Construcción social de género: roles, estereotipos.

Tema 3. Evolución del marco normativo en materia de igualdad.

Tema 4. La igualdad como principio Constitucional.

Tema 5. Ley de Igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Principios Generales.

Tema 6. Ley para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género del Principado de Asturias. Principios Generales.

Tema 7. Discriminación directa e indirecta. Tipologías de discriminaciones: Acoso sexual, acoso por razón de sexo. Discriminación por embarazo o maternidad.

Tema 8. Consecuencias jurídicas de las conductas discriminatorias e indemnidad frente a represalias.

Tema 9. Políticas de igualdad: Conceptualización, Acciones Positivas, Mainstreaming y Estrategia Dual.

Tema 10. Planes de Igualdad y de Oportunidades/Planes Estratégicos: Estrategia Estatal, Autonómica y Local.

Tema 11. Experiencia del Ayuntamiento de Gijón: Evolución desde los Planes locales de igualdad hasta la Carta Local para la igualdad.

Tema 12. Estrategias para la garantizar la integración del principio de igualdad en las políticas locales.

Tema 13. Informe de evaluación de impacto de género, adecuación de estadísticas y estudios.

Tema 14. Lenguaje inclusivo.

Tema 15. Contratos de las Administraciones Públicas. Cláusulas sociales.

Tema 16. Diseño de proyectos y programas con enfoque de género.

Tema 17. Integración de la igualdad en el ámbito educativo. Educar para la Igualdad.

Tema 18. Integración de la igualdad en el empleo, cultura, urbanismo y deporte.

Bloque II

Tema 19. Estructuras administrativas para la igualdad. Ámbito estatal, autonómico y local.

Tema 20. Dirección General de Igualdad del Principado de Asturias: Instituto Asturiano de la Mujer. Líneas de actuación: planes, proyectos, programas.

Tema 21. Dirección General de Igualdad del Del Ayuntamiento de Gijón/Xixón: Oficina de Políticas de igualdad Líneas de actuación: planes, proyectos, programas.

Tema 22. La participación de las mujeres. Consejo de Mujeres de Gijón.

Tema 23. Discriminación laboral y derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. Elaboración y aplicación de los planes de igualdad. Procedimiento de elaboración y negociación.

Tema 24. Contenido de los Planes de Igualdad.

Tema 25. Discriminación retributiva: Diferencias salariales por razón de sexo. Instrumentos para su detección y eliminación.

Tema 26. Plan de Igualdad del personal del Ayuntamiento de Gijón, Organismos Autónomos y empresas municipales.

Tema 27. Protocolo de prevención actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 28. Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral: Tratamiento legal y acciones para el fomento de la corresponsabilidad.

Tema 29. Violencia contra las mujeres: una violación de los derechos humanos.

Tema 30. Origen y transmisión de la violencia de género. Modelos educativos.

Tema 31. La violencia de género: tipología y características.

Tema 32. Sujetos de la violencia de género. Agresor/Víctima. Violencia vicaria.

Tema 33. Ciclo de la violencia de género.

Tema 34. Consecuencias de la violencia de género.

BLOQUE III

Tema 35. Ley de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género. Principios Generales.

Tema 36. Pacto de Estado contra la violencia de género. Regulación legal de la violencia contra la mujer en el ordenamiento jurídico.

Tema 37. La Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer. Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

Tema 38. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. Medidas de Protección. La orden de protección.

Tema 39. Amenazas y coacciones. Las faltas contra las personas. Regulación legal en caso de malos tratos.

Tema 40. Recursos de atención a víctimas de violencia de género: Red de Casas de Acogida. Régimen de ayudas económicas y para la vivienda en Gijón y Principado de Asturias.

Tema 41. Funciones de los Centros Asesores de la Mujer. Intervención profesional

Tema 42. El Protocolo Interdepartamental para mejorar la atención a mujeres víctimas de violencia de género del Principado de Asturias.

Tema 43. Las crisis matrimoniales. Nulidad. Separación. Divorcio.

Tema 44. Medidas y efectos comunes en los procesos de nulidad, separación y divorcio. Modificación de Medidas.

Tema 45. El procedimiento consensuado. El Convenio regulador.

Tema 46. Prestaciones económicas. Derecho de alimentos. La pensión compensatoria.

Tema 47. La vivienda familiar. Atribución del uso en caso de separación o divorcio. Especial consideración en situaciones de crisis de parejas no casadas.

Tema 48. Patria potestad. Concepto y contenido. Titularidad y ejercicio. La privación de la patria potestad. La guarda y custodia. Modalidades. El derecho de visitas, comunicación y estancias. Derecho de los/as abuelos/as.

Tema 49. Ejecución de las resoluciones dictadas en los Juzgados de Familia. Ejecución provisional.

Tema 50. El beneficio de Justicia Jurídica Gratuita.

RELACIONES CIUDADANAS

BLOQUE I

Tema 1. Los servicios de información administrativa y de atención a la ciudadanía. La información general y particular. La organización de la información administrativa. Las quejas y sugerencias.

Tema 2. Concepto de Registro General: presentación de escritos y solicitudes en el Registro General. Cómputo de plazos y práctica de notificaciones. Desglose de documentos.

Tema 3. Registros auxiliares. El acceso a los documentos y obtención de copias en la administración municipal.

Tema 4. Los documentos de archivo y sus características. Organización de archivos: clasificación, ordenación y descripción.

Tema 5. El archivo de gestión: concepto, funciones y organización.

Tema 6. Los derechos de la ciudadanía en sus relaciones con la Administración.

Tema 7. Herramientas para la atención al ciudadano/a: La información presencial. Documentación convencional y nuevas formas de organización (bases de datos, guías de servicios). Gestión a distancia y nuevas tecnologías: información telefónica, en línea e Internet.

Tema 8. La ventanilla única: tramitación de ciclo rápido e incorporación de medios técnicos.

Tema 9. Principio de Eficiencia en la Administración Pública: política de simplificación y modernización en la gestión pública. Iniciativas de la Administración para mejorar la atención al ciudadano/a y las condiciones de prestación de los servicios públicos.

Tema 10. Red de información y atención a la ciudadanía: portal Web Punto de Acceso General; teléfono 060; redes sociales; aplicaciones móviles; oficinas de atención presencial.

Tema 11. La población municipal. El padrón municipal de habitantes.

Tema 12. El estatuto de los/as vecinos/as. Derechos de las personas extranjeras.

Tema 13. Reforma del Gobierno Local: lineas básicas y principales tendencias.

Tema 14. Proyectos del Ministerio de Política Territorial de modernización de la Administración Local.

Tema 15. La protección de datos de carácter personal: normativa general.

Tema 16. La calidad en el trabajo de las administraciones públicas. La percepción del servicio.

Tema 17. Medición y análisis de satisfacción de usuarios/as.

Tema 18. La Dirección por objetivos y por programas.

BLOQUE II

Tema 19. Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 20. Reglamento Orgánico de Funcionamiento del Consejo Social de la Ciudad de Gijón.

Tema 21. Las Ordenanzas Municipales.

Tema 22. La Organización Administrativa del Ayuntamiento de Gijón/Xixón: el Organigrama Municipal y las Relaciones de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón: criterios generales.

Tema 23. Los organismos autónomos y empresas municipales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Organización, estructura y funciones.

Tema 24. La Gestión de Población: Base de datos de la ciudad y territorio.

Tema 25. Sistemas de información al ciudadano/a. Los módulos de la aplicación de atención al ciudadano/a. La página web del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 26. Los servicios de atención a la ciudadanía. Sus funciones. La organización del Servicio de Relaciones Ciudadanas en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 27. Descentralización territorial de servicios municipales. Los servicios en los centros municipales. Herramientas para la integración de servicios.

Tema 28. Los centros municipales integrados en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 29.La gestión de un centro municipal integrado. Organización general. Recursos humanos. Distribución de funciones y responsabilidad. Recursos materiales.

Tema 30. Los Planes de Igualdad de Oportunidades. Características y rasgos. Los Planes de Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 31. El plan de igualdad de la mujer. Carta Local para la Igualdad de Mujeres y Hombres en el Municipio de Gijón/Xixón.

Tema 32. Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad. Normas municipales del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

BLOQUE III

Tema 33. Principales características del Concejo de Gijón/Xixón: Demografía. Los barrios de Gijón/Xixón: principales características. Nivel de instrucción de la población. Indicadores económicos. Principales sectores de producción.

Tema 34. Principales agentes sociales y culturales en Gijón/Xixón. Agentes sociales de tipo comunitario: asociaciones vecinales; asociaciones de madres y padres de alumnos/as; asociaciones gremiales; asociaciones sindicales; asociaciones ciudadanas.

Tema 35. Agentes culturales públicos y privados en Gijón/Xixón: descripción y características generales.

Tema 36. Equipamientos culturales y socio-culturales. Descripción y funciones. Principales programas, servicios e intervenciones en el ámbito cultural de Gijón/Xixón, tanto desde el sector público como privado.

Tema 37. La acción socio-cultural. Definición, objetivos y características. Contenidos y modalidades. Marcos habituales de actuación. Recursos en la acción socio-cultural.

Tema 38. Los centros culturales destinados a la acción socio.cultural. Finalidad social en estos centros. Contenidos y estructuración general. Estrategias y ámbito de actuación. Estudio del entorno social.

Tema 39. La programación general de un centro municipal de acción socio.cultural. Objetivos operativos. Estrategias y tipología de programas.

Tema 40. Componentes de la programación. Temporalización. Seguimiento y control.

Tema 41. Las organizaciones culturales. Sector público y privado. El sector de la administración pública: clasificación. Estado, comunidad autónoma y municipio. El sector privado: comercial, asociativo. Fundaciones.

Tema 42. Recursos y técnicas de información y comunicación. Incidencia de los medios de comunicación. Los medios de comunicación como recurso didáctico.

Tema 43. Las nuevas tecnologías y la comunicación. Bases de datos documentales: acceso y usos. Sistemas de información a la ciudadanía y comunicación interpersonal.

Tema 44. Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana de la ciudad de Gijón.

Tema 45. Normas Generales de Uso y Participación Ciudadana en los Equipamientos Municipales de Gijón/Xixón.

Tema 47. Los Distritos municipales en Gijón/Xixón. Apoyo a las delegaciones en los barrios para el fomento de la participación ciudadana.

Tema 48. Los Servicios de información juvenil. El Plan Integral de Juventud de Gijón/Xixón.

Tema 49. La protección de los/as consumidores/a y usuarios/as. Reclamaciones, quejas y denuncias.

Tema 50. El arbitraje de consumo. Ley Orgánica de Ordenación del Comercio Minorista.

RECURSOS HUMANOS

BLOQUE I.—ORGANIZACIÓN MUNICIPAL

Tema 1.—Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 2.—La protección de datos de carácter personal. Especial referencia al Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 3.—Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tema 4.—Los Planes de Igualdad de Oportunidades. Características y rasgos. Los Planes de Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 5.—Carta Local para la Igualdad de Mujeres y Hombres en el Municipio de Gijón/Xixón.

Tema 6.—La prevención de Riesgos laborales en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 7.—La Planificación Estratégica.

Tema 8.—La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 9.—La calidad en el trabajo de las administraciones públicas. Los modelos de autoevaluación (EFQM).

Tema 10.—Medición y análisis de satisfacción de usuarios/as. La experiencia de Servicios.

Tema 11.—La Dirección por objetivos y por programas.

Tema 12.—Los mapas de procesos y las cartas de servicio.

Tema 13.—Los Sistemas de gestión en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 14.—La Evaluación de programas y políticas públicas.

Tema 15.—La responsabilidad Social y la discapacidad en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 16.—La gestión del conocimiento y la formación en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

BLOQUE II.—POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO

Tema 17.—El Servicio Público de Empleo en Asturias. Organización general. El Observatorio Ocupacional.

Tema 18.—Las oficinas de empleo del Principado de Asturias. Servicios que prestan.

Tema 19.—Las acciones de orientación y formación en el programa integral de orientación y mejora de la empleabilidad.

Tema 20.—Acciones del servicio de orientación profesional del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Las entrevistas individuales; enfoques metodológicos; acciones grupales de orientación; técnicas de grupo.

Tema 21.—Perfil y competencias del orientador/a laboral y profesional. La valoración y diagnostico de necesidades y características individuales. Diseño de la actuación del orientador/a. El asesoramiento, estimulo y acompañamiento al usuario/a.

Tema 22.—Itinerario personalizado para el empleo. Estrategias y técnicas de orientación laboral. La construcción de un itinerario profesional: actuaciones.

Tema 23-La orientación profesional para la inserción socio-laboral de las Mujeres víctimas de Violencia de Género. Procedimiento de atención. Diseño, desarrollo y seguimiento del itinerario de inserción.

Tema 24.—Tutorización de itinerarios personalizados para la inserción socio-laboral.

Tema 25.—La Escuela de Segunda Oportunidad del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 26.—Agencias de Colocación. Empresas de recolocación.

Tema 27.—La Formación Profesional para el Empleo de las personas desempleadas. Objeto. Finalidad. Personas destinatarias de las iniciativas de formación. Acciones formativas. Modalidades.

Tema 28.—Certificados de profesionalidad. El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Tema 29.—Programa de Escuelas Taller. Selección del alumnado trabajador y del personal docente. Orientación profesional. Certificación de la formación.

Tema 30.—Servicios de acompañamiento a la inserción socio-laboral de las personas en situación de exclusión social.

Tema 31.—Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Tema 32.—La formación profesional para el empleo. Centros de formación y oferta formativa. Los contratos-programa.

BLOQUE III.—RECURSOS HUMANOS

Tema 33.—El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: Ámbito de aplicación y Principios Generales.

Tema 34.—El personal al servicio del Ayuntamiento de Gijón/Xixón y sus Organismos Autónomos dependientes. Clases.

Tema 35.—El acceso a los empleos locales. Principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. Adquisición y pérdida de la condición de empleado/a público/a.

Tema 36.—El personal al servicio de las Entidades locales (I). La carrera administrativa. La promoción profesional y la provisión de puestos de trabajo.

Tema 37.—El personal al servicio de las Entidades locales (II). La formación y el perfeccionamiento.

Tema 38.—El personal al servicio de las Entidades locales (III). Adquisición y pérdida de la condición de funcionario/a. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 39.—El personal al servicio de las Entidades locales (IV). Derechos económicos y sistema retributivo.

Tema 40.—La planificación de los recursos humanos en la Administración pública. Los planes de empleo. Oferta de empleo público. Especial referencia al Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 41.—Los instrumentos de organización del personal. Plantillas y Relaciones de puestos de trabajo. El Registro de Personal. Especial referencia al Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 42.—El proceso de negociación colectiva. Los derechos de sindicación y huelga en el ámbito del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 43.—Las situaciones administrativas de los/as empleados públicos/as.

Tema 44.—Los derechos y deberes de los empleados/as locales. Derechos individuales.

Tema 45.—El código ético y la integridad.

Tema 46.—Relaciones laborales en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón : órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones públicas.

Tema 47.—El Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Gijón/Xixón y de las Fundaciones y Patronato dependientes del mismo.

Tema 48.—El Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 49.—Evaluación del desempeño (I). Concepto. Objetivos. El sistema de evaluación de desempeño 360 grados.

Tema 50.—Evaluación del desempeño en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

BLOQUE I

Tema 1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo.

Tema 2. Real Decreto Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Tema 3. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Tema 4. Real Decreto 488/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

Tema 5. Guía técnica del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa.

Tema 6. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los/as trabajadores/as de los equipos de trabajo.

Tema 7. Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los/as trabajadores/as contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos.

Tema 8. NTP 139: El trabajo con pantallas de visualización.

Tema 9. NTP 232: Pantallas de visualización de datos (P.V.D): Fatiga postural.

Tema 10. NTP 252: Pantallas de visualización de datos: Condiciones de iluminación.

Tema 11. NTP 503: Confort Acústico: El ruido en oficinas.

Tema 12. NTP 602: El diseño ergonómico del puesto de trabajo con pantallas de visualización: El equipo de trabajo.

Tema 13. NTP 678: Pantallas de visualización: Tecnologías (I).

Tema 14. NTP 694: Pantallas de visualización: Tecnologías (II).

BLOQUE II

Tema 15. Seguridad, Higiene y Salud en el trabajo. Disposiciones Generales. Breves consideraciones en torno a los fundamentos, principios y fines de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales.

Tema 16. Principios generales de la acción preventiva.

Tema 17. Marco normativo básico. Derechos y obligaciones en materia de seguridad, higiene y salud en el trabajo.

Tema 18. Los deberes del empresario/a en materia de prevención de riesgos.

Tema 19. Derechos y obligaciones de los/as trabajadores/as en materia de prevención de riesgos.

Tema 20. Riesgos ligados a las condiciones de seguridad.

Tema 21. Riesgos ligados al medio ambiente de trabajo.

Tema 22. Carga de trabajo, fatiga e insatisfacción laboral.

Tema 23. Sistemas elementales de control de riesgos.

Tema 24. El control de salud de los/as trabajadores/as.

Tema 25. La gestión de la prevención.

Tema 26. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Tema 27. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Tema 28. La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Tema 29. El Instituto Asturiano de Prevención.

Tema 30. Los servicios de prevención u órganos técnicos de prevención en la empresa.

Tema 31. La organización de la prevención técnica en la Administración Pública.

Tema 32. El Servicio Municipal Mancomunado de Prevención de Riesgos Laborales y Salud laboral del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 33. Derechos de información y consulta de los/as trabajadores/as: órganos de representación y participación especializados en materia de prevención de riesgos laborales: delegados/as de prevención y comités de Seguridad y Salud.

Tema 34. Responsabilidades y sanciones en materia de Seguridad y Salud Laboral: administrativa, civil, penal y laboral. Otras responsabilidades. Compatibilidad de responsabilidades.

BLOQUE III

Tema 35. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo: el trabajo y la salud: los riesgos profesionales. Daños derivados del trabajo. Accidentes y enfermedades debidos al trabajo: conceptos, dimensión del problema. Otras patologías derivadas del trabajo.

Tema 36. Metodología de la prevención I: técnicas especificas de seguimiento y control de los riesgos.: Protección colectiva e individual. Señalización e información. Evaluación y controles de salud de los/as trabajadores/as.

Tema 37. Metodología de la prevención II: Promoción de la prevención: Formación: análisis de necesidades formativas. Técnicas de formación de adultos. Campañas preventivas.

Tema 38. Organización y gestión de la prevención: Principios básicos de Gestión de la Prevención: Objetivos y prioridades. Asignación de responsabilidades.

Tema 39. Plan de Prevención. Actuación en caso de emergencia: planes de emergencia y evacuación. Primeros auxilios.

Tema 40. Las Inspecciones de seguridad y la investigación de accidentes.

Tema 41. Ergonomía. Conceptos y objetivos. Metodología ergonómica. Modelos y métodos aplicables en Ergonomía. Procedimiento metodológico para la evaluación de riesgos en Ergonomía y Psicosociología.

Tema 42. Relación de la Ergonomía y Psicosociología Aplicada con el resto de especialidades técnicas. Técnicas de investigación en Ergonomía y Psicosociología.

Tema 43. El diseño del centro de trabajo. Aspectos a considerar desde el punto de vista ergonómico. El diseño del puesto de trabajo: Premisas básicas, factores ergonómicos. El factor humano en el proyecto.

Tema 44. Factores psicosociales. Definición. Contenido y significado de la tarea. Autonomía, conflicto y ambigüedad de rol. Relaciones personales y extralaborales. Participación en el trabajo.

Tema 45. La organización del trabajo. Procedimientos para la mejora del contenido del trabajo: características principales y valoración. Tipos de organizaciones y estilos de mando. Calidad de vida laboral.

Tema 46. Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo, 2002.

Tema 47. Orden APU/1981/2006, de 21 de junio, por la que se promueve la implantación de programas piloto de teletrabajo en los departamentos ministeriales.

Tema 48. Manual para la implantación de programas piloto de teletrabajo en la Administración General del Estado.

Tema 49. Planificación preventiva en los puestos de trabajo de las personas que participan en programas de teletrabajo en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 50. Planificación preventiva en los puestos de trabajo de las personas que participan en programas de teletrabajo en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

ARCHIVO

BLOQUE I

Tema 1. Derecho 914/1969, de 8 de mayo de creación del Archivo General de la Administración Civil.

Tema 2. Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (I). Objeto, ámbito subjetivo de aplicación.

Tema 3. Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (II). Publicidad activa.

Tema 4. Ley 19/2013 de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (III). Derecho de acceso a la información pública.

Tema 5. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Tema 6. Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

Tema 7. Norma Técnica de Interoperabilidad de Política de gestión de documentos electrónicos.

Tema 8. Norma Técnica de Interoperabilidad de Documento Electrónico (I). Objeto. Ámbito de aplicación.

Tema 9. Norma Técnica de Interoperabilidad de Documento Electrónico (II). Componentes del documento electrónico. Firma del documento electrónico. Intercambio de documentos electrónicos.

Tema 10. Norma Técnica de Interoperabilidad de Expediente Electrónico (I). Objeto. Ámbito de aplicación.

Tema 11. Norma Técnica de Interoperabilidad de Expediente Electrónico (II). Componentes del Expediente electrónico. Intercambio de documentos electrónicos.

Tema 12. Norma Técnica de Interoperabilidad de Procedimientos de copiado auténtico y conversión entre documentos electrónicos.

BLOQUE II

Tema 13. Concepto y definición de Archivística. Concepto y definición de archivo y de documento. Concepto de información archivística. Valores del documento. El documento electrónico.

Tema 14. Conceptos de principio de procedencia y respeto al «orden natural» de los documentos, de ciclo vital de los documentos y de «continuum» o de continuidad de los documentos.

Tema 15. Tipos de archivos según el ciclo vital de los documentos. El archivo de oficina, central, intermedio e histórico.

Tema 16. Instrumentos de control, gestión y descripción de los diferentes tipos de archivo.

Tema 17. Sistemas ordinarios y extraordinarios de ingreso de documentos en los archivos. Normas básicas de instalación de documentos. Transferencias y préstamos de documentos.

Tema 18. La identificación y clasificación de los fondos documentales. Conceptos y definición. Sistemas de clasificación.

Tema 19. Valoración, selección y eliminación de documentos: conceptos y funciones. La Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos: composición, competencias y funcionamiento.

Tema 20. La ordenación de documentos. Tipos de ordenación. Operaciones relacionadas con la ordenación.

Tema 21. Las agrupaciones documentales de los archivos: conceptos de grupo de fondos, fondo, sección de fondo, unidad archivística compuesta, serie documental, unidad archivística simple, expediente o unidad archivística compuesta y colección de documentos.

Tema 22. Relaciones existentes entre las agrupaciones documentales, los niveles de descripción y los instrumentos de descripción tradicionales.

Tema 23. La planificación descriptiva: objeto. Concepto de descripción archivística multinivel. Normas de descripción e intercambio de información archivística automatizada.

Tema 24. La Comisión de Normas Españolas de Descripción Archivística (CNEDA): Objetivos, funciones y composición.

Tema 25. Los soportes documentales. Medidas de prevención y de conservación de los documentos. La restauración, medios y procedimientos.

Tema 26. La reprografía y la digitalización de documentos en los archivos: objetivos, funciones.

Tema 27. Técnicas reprográficas. Principales formatos analógicos. Principales formatos de los archivos digitales: formatos sin pérdida de resolución ni calidad y formatos con pérdida de calidad.

Tema 28. El archivo de seguridad y la preservación digital: conceptos básicos.

Tema 29. El edificio, los depósitos y otras instalaciones del archivo: principales características arquitectónicas. Áreas, circuitos de circulación y mobiliario. Medidas ambientales y de seguridad.

Tema 30. La función social y cultural de los archivos: comunicación científica, exposiciones, servicios educativos y redes sociales.

Tema 31. La atención de usuarios/as. Condiciones de acceso a los archivos y consulta de documentos en sala.

BLOQUE III

Tema 32. El derecho de acceso a los documentos públicos. Transparencia. Protección de datos.

Tema 33. El patrimonio documental en la legislación estatal y autonómica asturiana.

Tema 34. Los conceptos de archivo y documento.

Tema 35. El archivo de oficina.

Tema 36. El ingreso de documentos. Clasificación y ordenación.

Tema 37. Los archivos municipales: concepto y regulación.

Tema 38. Los archivos municipales: personal.

Tema 39. Los edificios de archivo. Instalación y conservación de documentos.

Tema 40. El acceso y consulta de documentos.

Tema 41. El procedimiento administrativo electrónico (Ley 39/2015).

Tema 42. El documento electrónico (NTI documento electrónico).

Tema 43. Guía de aplicación del documento electrónico (NTI).

Tema 44. El expediente electrónico (NTI expediente electrónico).

Tema 45. Guía de aplicación del expediente electrónico (NTII).

Tema 46. El archivo electrónico.

Tema 47. El Esquema Nacional de Interoperabilidad.

Tema 48. Sistemas de información a la ciudadanía.

Tema 49. La gestión de expedientes en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 50. El edificio y los depósitos Archivo Municipal de Gijón/Xixón: principales características arquitectónicas. Áreas, circuitos de circulación y mobiliario. Medidas ambientales y de seguridad.

CIUDAD INTELIGENTE

BLOQUE I

Tema 1. La Unión Europea. Antecedentes: desde el tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), hasta la constitución actual. Principales Tratados. Estados miembros.

Tema 2. Instituciones de la Unión Europea. Funciones. Órganos consultivos, financieros e interinstitucionales. Los Fondos Estructurales.

Tema 3. El ordenamiento jurídico comunitario. Reglamentos. Directivas.

Tema 4. La Unión Europea: Programas e Iniciativas Comunitarias.

Tema 5. La presentación de proyectos a convocatorias públicas de subvenciones. Procedimiento. Normativa de aplicación.

Tema 6. La responsabilidad social corporativa.

Tema 7. Plan de Recuperación, Transformación y Resliencia (I). Líneas directrices del plan.

Tema 8. Plan de Recuperación, Transformación y Resliencia (II). Políticas palanca.

Tema 9. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Tema 10. El Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Tema 11. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible en España.

Tema 12. La evaluación de programas y políticas sociales.

Tema 13. La Calidad en los Servicios Públicos.

Tema 14. El modelo europeo de Calidad Total.

Tema 15. Normas ISO 9000.

Tema 16. Normas EFQM.

Tema 17.Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tema 18. Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés.

BLOQUE II

Tema 19. La Planificación Estratégica.

Tema 20. El Plan Estratégico de Gijón/Xixón 2026 (I). Objetivo y alcance.

Tema 21. El Plan Estratégico de Gijón/Xixón 2026 (II). Ámbitos.

Tema 22. El Plan Estratégico de Gijón/Xixón 2026 (III). Líneas estratégicas.

Tema 23. El Análisis Territorial (I). Metodología.

Tema 24. El Análisis Territorial (II). Fuentes de información.

Tema 25. El municipio. Los informes demográfico y económico sobre el estado del municipio de Gijón/Xixón. Inversiones en el proyecto de presupuestos del Principado de Asturias.

Tema 26. El Observatorio Local de Gijón/Xixón (I). Contenidos.

Tema 27. El Observatorio Local de Gijón/Xixón (II). Evolución de los indicadores de Gijón/Xixón.

Tema 28. El mercado de trabajo en Gijón/Xixón (I): Estudios sobre el mercado de trabajo.

Tema 29. El mercado de trabajo en Gijón/Xixón (II). Características del mercado local de trabajo.

Tema 30. Las Redes de Ciudades. ¿Qué son? Objetivos y ventajas.

Tema 31. La participación de Ayuntamiento de Gijón/Xixón en redes de ciudades.

Tema 32. Los Planes de Igualdad de Oportunidades (I).

Tema 33.Los Planes de Igualdad de Oportunidades (II): los Planes de Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

BLOQUE III

Tema 34. La Administración Electrónica (I): fundamentos y evolución.

Tema 35. La Administración Electrónica (II): mejora de la calidad de los servicios y la eficiencia en costes.

Tema 36. La Administración Electrónica y el gobierno abierto.

Tema 37. Reutilización de la información. Normativa.

Tema 38.Ordenanza Municipal de Transparencia, Acceso y Reutilización de la Información y Buen Gobierno (I). Disposiciones generales. Información pública.

Tema 39.Ordenanza Municipal de Transparencia, Acceso y Reutilización de la Información y Buen Gobierno (II). Publicidad activa de información. Evaluación y seguimiento.

Tema 40. Smart City: la tecnología para la gestión de las entidades locales.

Tema 41. La Iniciativa Gijón_IN, Ciudad Innovadora, Inteligente e Integradora (I). Objetivos y alcance del proyecto.

Tema 42. Iniciativa Gijón_IN, Ciudad Innovadora, Inteligente e Integradora (II). Componentes.

Tema 43. Iniciativa Gijón_IN, Ciudad Innovadora, Inteligente e Integradora (III). Componente 12 Participación ciudadana.

Tema 44. Iniciativa Gijón_IN, Ciudad Innovadora, Inteligente e Integradora (IV). Componente 16 Gestión y Cuadro de Mando Municipal.

Tema 45. Iniciativa Gijón _IN, Ciudad Innovadora, Inteligente e Integradora (V). Espacio Demostrativo Conecta Gijón.

Tema 46. Observatorio Urbano. Portal Observa Gijón.

Tema 47. La Plataforma de participación ciudadana de Gijón/Xixón. Portal participa.gijon.es

Tema 48. Internet de las cosas (IoT). Espacio Conecta Gijón.

Tema 49. Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 50. Sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Anexo 3.º

BASES PARA LA PROVISIÓN DE OCHO PLAZAS DE TÉCNICA/O DE GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN- EN TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA CRUZADA Y RÉGIMEN DE FUNCIONARIO DE CARRERA

1. Grupo: A, Subgrupo A2 de clasificación profesional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Clasificación: Escala de Administración General. Subescala de Gestión de Administración General. Denominación: Técnica/o de Gestión. Nivel de complemento de destino: 19.

3. Número de plazas: 8 plazas, en turno de promoción interna cruzada y régimen de funcionario de carrera.

4. Requisitos: Pertenecer a la categoría Técnica/o Media/o, como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón del Grupo A, Subgrupo A2; reunir los requisitos de participación establecidos en las Bases Generales y en el presente anexo; y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo, en virtud de pruebas de selección con anterioridad a la entrada en vigor del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

5. Sistema de acceso: Concurso-Oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre que equipara el sistema de concurso- oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública.

6. Titulación: Estar en posesión del Titulo Universitario de Diplomada/o Universitaria/o, Ingeniera/o Técnica/o, Arquitecta/o Técnica/o; Grado o equivalente.

7. Funciones: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 b) del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, pertenecerán a la Subescala de Gestión de Administración General, las/os funcionarias/os que desarrollen tareas de apoyo a las funciones de nivel superior.

8. Presentación de instancias: El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (www.gijon.es).

9. Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: La realización del ejercicio de la fase de oposición se llevará a cabo a través de un tratamiento de textos de uso común en el mercado (Microsoft Word, Open Office), debiendo acreditar los/as aspirantes el conocimiento mínimo del mismo a nivel de usuario/a, salvo que el tribunal disponga la realización en soporte papel por alguna circunstancia debidamente motivada.

Se habilitará, siempre que sea posible técnicamente y así lo determine el Tribunal, el acceso a la consulta a códigos normativos electrónicos publicados en páginas oficiales institucionales, tales como el Boletín Oficial del Estado. En caso contrario será posible consultar textos legales, no comentados, en soporte papel.

10. Fases y desarrollo del proceso selectivo:

— Fase de oposición:

Representa 30 puntos sobre 50. Comprende un ejercicio obligatorio y eliminatorio consistente en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, un supuesto teórico- práctico a elegir entre tres propuestos por el tribunal y correspondientes, cada uno de ellos, a cada uno de los tres bloques en las que se organiza el programa (sin posibilidad de más de un supuesto por bloque) y relativos o relacionados con las tareas o funciones propias asignadas a la plaza convocada.

Se puntuará de 0 a 30 puntos, siendo preciso obtener para superar el ejercicio un mínimo de 15 puntos.

— Fase de concurso:

No tendrá carácter eliminatorio, no pudiendo en ningún caso aplicarse la puntuación obtenida en la misma para superar la fase de oposición. La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso será de 20 puntos sobre 50 y se ajustará al siguiente baremo:

B.1.—Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de un nivel de Titulación superior al exigido para participar en la convocatoria, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto:

— Máster Oficial Universitario: 1 punto

— Licenciatura/Ingeniería/Arquitectura o Grado/Diplomatura distinta a la que permite el acceso: 0,5 puntos

Los Másteres oficiales que permiten el ejercicio de una profesión regulada no serán objeto de valoración por el Tribunal de selección. Los certificados de correspondencia de las titulaciones universitarias anteriores a la ordenación del Espacio Europeo de Educación Superior a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, que regula el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, no serán objeto de valoración como mérito en la fase de concurso.

B.2.—Formación: Un máximo de 1 punto por haber impartido o participado en cursos de formación relacionados con las funciones y/o programa de la plaza convocada.

Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, qué cursos están relacionados con las funciones de la plaza.

Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora.

Los cursos impartidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,004 puntos/hora.

Asimismo de conformidad con la Base General Cuarta la valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como informática, igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado (es decir, la formación general se valorará 0,25 puntos como máximo).

A los efectos de valorar la formación en idiomas se otorgará una puntuación de 0,45 puntos al Certificado de Nivel Superior de la Escuela Oficial de Idiomas, y 0,25 puntos al Certificado de Nivel Elemental de la Escuela Oficial de Idiomas. No obstante, conforme al nuevo plan de estudios las certificaciones de la E. O. I. se otorgarán las siguientes:

— Nivel Básico: 0,15 puntos

— Nivel Intermedio: 0,30 puntos

— Nivel Avanzado: 0,45 puntos

Asimismo, se valorarán las certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo II del Real Decreto 1.041/2017 de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación:

— Nivel A2 (Plataforma): 0,15 puntos

— Nivel B1 (Umbral): 0,30 puntos

— Nivel B2 (Avanzado): 0,45 puntos

Las certificaciones que acrediten un nivel de competencia con referencia al Marco Común Europeo de las lenguas superior al Nivel B2 (Avanzado), se les otorgará la siguiente puntuación:

— Nivel C1 (Dominio Operativo Eficaz): 0,60 puntos

— Nivel C2 (Maestría): 0,75 puntos

Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de selección.

B.3.—Experiencia: Hasta un máximo de 18 puntos; se puntuará de conformidad con los siguientes criterios:

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría (plaza convocada), desempeñando funciones idénticas a las de la plaza, a razón de 0,090 puntos por mes completo de trabajo.

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría de la plaza convocada, desempeñando trabajos, labores y ocupaciones de contenido técnico y especialidad similar a las funciones propias de la plaza, a razón de 0,080 puntos por mes completo de trabajo.

El curriculum vitae y la documentación acreditativa de los méritos alegados en el mismo, para proceder a su valoración, ha de ajustarse a lo dispuesto en la Base general 4.ª que rige la selección de esta convocatoria.

En el caso de que los documentos aportados por los/las aspirantes junto al currículum y la instancia de participación no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, el Tribunal está facultado, atendiendo al principio de proporcionalidad, para requerir a los/las aspirantes, en el plazo de 10 días desde la publicación del Anuncio de la valoración otorgada a la fase de concurso, la subsanación y/o aclaración de las deficiencias observadas.

La puntuación total de las pruebas selectivas a efectos de ordenación de los/as opositores/as aprobados/as en la relación definitiva de aspirantes u orden de clasificación definitivo y por tanto que han superado el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de la fase oposición más la de la fase de concurso.

11. Clasificación del tribunal: Segunda categoría.

12. Programa: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo.

BLOQUE I.—RÉGIMEN LOCAL

Tema 1. Régimen Local: Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local. Régimen de las Grandes Ciudades.

Tema 2. Las competencias municipales: Sistema de determinación. Competencias propias y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.

Tema 3. El Plan de Sistemas Municipal. La Gestión de Expedientes en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 4. El Consejo Social de Gijón/Xixón.

Tema 5. El acuerdo de concertación social “Gijón Transforma”.

Tema 6. Situación del mercado de trabajo en Gijón/Xixón. Evolución de paro registrado y de la contratación por sexos y sectores en el último año en el municipio de Gijón/Xixón. Comparativa con los datos a nivel autonómico y nacional.

Tema 7. Convocatorias públicas de subvenciones vigentes en la Agencia Local de Promoción Económica y Empleo. Características generales.

Tema 8. Los Planes Municipales de Empleo en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 9. La presentación de proyectos a convocatorias públicas de subvenciones. Procedimiento. Normativa de aplicación.

Tema 10. La justificación de subvenciones.

BLOQUE II.—CONTABILIDAD PÚBLICA

Tema 11. El presupuesto: concepto, contenido y fines. Los presupuestos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón: contenido y estructura.

Tema 12. Las modificaciones de crédito: concepto, clases, financiación y tramitación.

Tema 13. La ejecución del presupuesto de gastos e ingresos: sus fases. Pagos a justificar.

Tema 14. El control presupuestario: concepto, naturaleza y ámbito de aplicación. Clases de control.

Tema 15. El gasto público: concepto, clases y régimen jurídico. Gastos de personal. Gastos para la compra de bienes corrientes y servicios. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Gastos de inversión.

Tema 16. El control de gestión. Concepto. Instrumentos de control de gestión. Actores principales del sistema de control de gestión y sus funciones.

Tema 17. El sistema de contabilidad de la Administración Local: principios, competencias y fines de la contabilidad.

Tema 18. La Contabilidad de Costes y de Gestión en las Entidades Públicas. Marco jurídico. Objetivos. Metodología y fases del sistema.

Tema 19. El Sistema de Información Contable.

Tema 20. La Gestión descentralizada del presupuesto: los centros gestores.

BLOQUE III.—RÉGIMEN LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL

Tema 21. El contrato de trabajo: concepto. Modalidades contractuales.

Tema 22. La Seguridad Social. Estructura y composición del sistema español de Seguridad Social. Afiliación de trabajadores/as y modalidades. Altas y bajas de trabajadores/as.

Tema 23: Las prestaciones y pensiones contributivas de la Seguridad social: Tipología y requisitos generales.

Tema 24. Acción protectora: El concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Contenido y clasificación de las prestaciones. Carácter de las prestaciones.

Tema 25. Protección por incapacidad temporal. Concepto. Causas. Requisitos para el reconocimiento. Duración. Pérdida y suspensión del derecho.

Tema 26. La orientación laboral dirigida al autoempleo. La figura de la persona emprendedora.

Tema 27. El asesoramiento de proyectos empresariales. Definición. Objetivos. Contenidos.

Tema 28. El Plan de Empresa. Definición. Objetivos y unidades. Pautas para su elaboración.

Tema 29. Formas jurídicas de empresas. Características. Asociaciones y fundaciones.

Tema 30. Servicios del Ayuntamiento de Gijón/Xixón a personas emprendedoras y a empresas.

Anexo 4.º

BASES PARA LA PROVISIÓN DE DOS PLAZAS DE TÉCNICA/O DE GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN- EN TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA CRUZADA Y RÉGIMEN DE FUNCIONARIO DE CARRERA

1. Grupo: A, Subgrupo A2 de clasificación profesional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Clasificación: Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Clase: Media. Denominación: Técnica/o de Gestión de Administración Especial. Nivel de complemento de destino: 19.

3. Número de plazas: 2 plazas, en turno de promoción interna cruzada y régimen de funcionario de carrera. Las plazas objeto de estas bases se encuadran en las siguientes áreas de especialidad:

• Gobierno abierto (1 plaza)

• Prevención Riesgos Laborales (1 plaza)

4. Requisitos: Pertenecer a la categoría Técnica/o Media/o, como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón del Grupo A, Subgrupo A2; reunir los requisitos de participación establecidos en las Bases Generales y en el presente anexo; y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo, en virtud de pruebas de selección con anterioridad a la entrada en vigor del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

5. Sistema de acceso: Concurso-Oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre que equipara el sistema de concurso-oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública.

6. Titulación: Estar en posesión del Titulo Universitario de Diplomada/o Universitaria/o; Grado o equivalente en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas.

7. Funciones: Es el/la empleado/a municipal que en posesión del correspondiente título académico y los conocimientos teórico-prácticos precisos, ejerce con responsabilidad e iniciativa cualificada, las funciones de gestión, tramitación de expedientes, recogida de datos, estudios, formación, elaboración de informes y programas. Y en particular:

• Tramitar, en todas sus fases, expedientes de distinta naturaleza relacionados con el área que corresponda. -Emitir informes y propuestas de resolución, estadísticas, memorias y otros documentos que le sean requeridos por su superior jerárquico/a.

• Elaborar pliegos de cláusulas administrativas.

• Tramitar las solicitudes que realice cualquier ciudadano/a o entidad ciudadana para el ejercicio del derecho de acceso a la información y relativas con la protección de datos de carácter personal.

• Atender las peticiones de información o datos en poder del Ayuntamiento o cualquier otra relacionada con el derecho de petición (escritos presentados de manera presencial o por medios electrónicos)verificando la identidad de las personas interesadas.

• Prestar apoyo técnico en el establecimiento de protocolos de actuación relativos a la seguridad de la información y a la transparencia. -Prestar apoyo técnico en la puesta en marcha de proyectos del ámbito correspondiente.

• Canalizar el acceso de la ciudadanía a los recursos y estructuras municipales para que ésta pueda implicarse en la gestión municipal.

• Cooperar con la jefatura inmediata en el desarrollo de sus funciones en sus relaciones con los comités de seguridad de la información y de transparencia, datos abiertos y reutilización de la información.

• Realizar cualquier tarea de carácter similar que le sea asignada por parte de sus superiores jerárquicos/a.

8. Presentación de instancias:

El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (www.gijon.es).

9. Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: La realización del ejercicio de la fase de oposición se llevará a cabo a través de un tratamiento de textos de uso común en el mercado (Microsoft Word, Open Office), debiendo acreditar los/as aspirantes el conocimiento mínimo del mismo a nivel de usuario/a, salvo que el tribunal disponga la realización en soporte papel por alguna circunstancia debidamente motivada.

Se habilitará, siempre que sea posible técnicamente y así lo determine el Tribunal, el acceso a la consulta a códigos normativos electrónicos publicados en páginas oficiales institucionales, tales como el Boletín Oficial del Estado. En caso contrario será posible consultar textos legales, no comentados, en soporte papel.

10. Fases y desarrollo del proceso selectivo:

— Fase de oposición:

Representa 30 puntos sobre 50. Comprende un ejercicio obligatorio y eliminatorio consistente en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, un supuesto teórico- práctico a elegir entre tres propuestos por el tribunal y correspondientes, cada uno de ellos, a cada uno de los tres bloques en las que se organiza el programa (sin posibilidad de más de un supuesto por bloque) y relativos o relacionados con las tareas o funciones propias asignadas a la plaza convocada en cada especialidad.

Se puntuará de 0 a 30 puntos, siendo preciso obtener para superar el ejercicio un mínimo de 15 puntos.

— Fase de concurso:

No tendrá carácter eliminatorio, no pudiendo en ningún caso aplicarse la puntuación obtenida en la misma para superar la fase de oposición. La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso será de 20 puntos sobre 50 y se ajustará al siguiente baremo:

B.1.—Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de un nivel de Titulación superior al exigido para participar en la convocatoria, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto:

— Máster Oficial Universitario: 1 punto

— Licenciatura/Ingeniería/Arquitectura o Grado/Diplomatura distinta a la que permite el acceso: 0,5 puntos

Los Másteres oficiales que permiten el ejercicio de una profesión regulada no serán objeto de valoración por el Tribunal de selección. Los certificados de correspondencia de las titulaciones universitarias anteriores a la ordenación del Espacio Europeo de Educación Superior a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, que regula el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, no serán objeto de valoración como mérito en la fase de concurso.

B.2.—Formación: Un máximo de 1 punto por haber impartido o participado en cursos de formación relacionados con las funciones y/o programa de la plaza convocada.

Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, qué cursos están relacionados con las funciones de la plaza.

Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora.

Los cursos impartidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,004 puntos/hora.

Asimismo de conformidad con la Base General Cuarta la valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como informática, igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado (es decir, la formación general se valorará 0,25 puntos como máximo).

A los efectos de valorar la formación en idiomas se otorgará una puntuación de 0, 45 puntos al Certificado de Nivel Superior de la Escuela Oficial de Idiomas, y 0,25 puntos al Certificado de Nivel Elemental de la Escuela Oficial de Idiomas. No obstante, conforme al nuevo plan de estudios las certificaciones de la E. O. I. se otorgarán las siguientes:

— Nivel Básico: 0,15 puntos

— Nivel Intermedio: 0,30 puntos

— Nivel Avanzado: 0,45 puntos.

Asimismo, se valorarán las certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo II del Real Decreto 1.041/2017 de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación:

— Nivel A2 (Plataforma): 0,15 puntos

— Nivel B1 (Umbral): 0,30 puntos

— Nivel B2 (Avanzado): 0,45 puntos

Las certificaciones que acrediten un nivel de competencia con referencia al Marco Común Europeo de las lenguas superior al Nivel B2 (Avanzado), se les otorgará la siguiente puntuación:

— Nivel C1 (Dominio Operativo Eficaz): 0,60 puntos

— Nivel C2 (Maestría): 0,75 puntos

Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de selección.

B.3.—Experiencia: Hasta un máximo de 18 puntos; se puntuará de conformidad con los siguientes criterios:

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría (plaza convocada), desempeñando funciones idénticas a las de la plaza, a razón de 0,090 puntos por mes completo de trabajo.

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría de la plaza convocada, desempeñando trabajos, labores y ocupaciones de contenido técnico y especialidad similar a las funciones propias de la plaza, a razón de 0,080 puntos por mes completo de trabajo.

El curriculum vitae y la documentación acreditativa de los méritos alegados en el mismo, para proceder a su valoración, ha de ajustarse a lo dispuesto en la Base general 4.ª que rige la selección de esta convocatoria.

En el caso de que los documentos aportados por los/las aspirantes junto al currículum y la instancia de participación no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, el Tribunal está facultado, atendiendo al principio de proporcionalidad, para requerir a los/las aspirantes, en el plazo de 10 días desde la publicación del Anuncio de la valoración otorgada a la fase de concurso, la subsanación y/o aclaración de las deficiencias observadas.

La puntuación total de las pruebas selectivas a efectos de ordenación de los/as opositores/as aprobados/as en la relación definitiva de aspirantes u orden de clasificación definitivo y por tanto que han superado el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de la fase oposición más la de la fase de concurso.

11. Clasificación del tribunal: Segunda categoría.

12. Programa: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo.

ÁREA DE ESPECIALIDAD: GOBIERNO ABIERTO

BLOQUE I

Tema 1. El paradigma burocrático como sistema de gestión: evolución y crisis. Las nuevas orientaciones de la gestión pública. Gobierno en red.

Tema 2. Gestión del conocimiento en las Administraciones públicas. El impacto de las nuevas tecnologías.

Tema 3. La Administración electrónica. «Smart cities».

Tema 4. La función directiva. Sus particularidades en la gestión pública. El directivo público local.

Tema 5. Las políticas públicas como enfoque de análisis. Clasificación y comparación de las políticas públicas. Actores y redes de actores. La formulación clásica del ciclo de las políticas públicas.

Tema 6. La planificación de la gestión pública. La planificación estratégica y operativa. Su aplicación a los gobiernos locales.

Tema 7. El presupuesto como instrumento de planificación, como instrumento de administración y gestión y como mecanismo general de coordinación.

Tema 8. El ciclo presupuestario y sus fases. La estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera. El presupuesto del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 9. La planificación de recursos humanos: instrumentos. Selección, formación y evaluación de los recursos humanos.

Tema 10. La racionalización de estructuras y procesos para la orientación a resultados en apoyo a la mejora continua. La gestión de la calidad en las Administraciones públicas.

BLOQUE II

Tema 11. Nuevas formas de gestión de los servicios públicos locales, partenariados público-privados y gestión de alianzas y redes.

Tema 12. La innovación social como elemento de transformación y empoderamiento ciudadano. Eficiencia social de los ingresos y gastos públicos.

Tema 13. Sistemas de información para la dirección y la gestión. La información como recurso para la Administración pública.

Tema 14. La gobernanza pública y el gobierno abierto. Concepto y principios informadores del gobierno abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas.

Tema 15. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de gobierno abierto en España.

Tema 16. La buena Administración orientada al bien común. La dimensión ética del personal al servicio de la Administración pública. Códigos de buen gobierno. El código europeo de buena conducta administrativa.

Tema 17. El registro electrónico: Sujetos obligados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, identificación y autenticación, justificante, plazos. El sistema de intercambio de registros SIR: interoperabilidad de asientos registrales.

Tema 18. Expediente electrónico y documento administrativo electrónico: regulación en las Leyes 39/2015 de 1 de octubre y Ley 40/2015 de 1 de octubre y en las normas técnicas de interoperabilidad.

Tema 19. Notificación electrónica: Regulación de la institución de notificación en las nuevas leyes 39/2015 y 40/2015 de 1 de octubre: Sujetos obligados, identificación y autenticación, dirección habilitada única y notificación por comparecencia. Incorporación de notificaciones al canal presencial para los sujetos no obligados.

Tema 20. Archivo electrónico: Políticas de gestión de documentos electrónicos. El documento electrónico.

BLOQUE III

Tema 21. Identificación y firma de los interesados del procedimiento administrativo: Sistemas de firma admitidos, usos de medios y identificación y firma, registro electrónico de apoderamientos. Cl@ve: cl@ve ocasional, cl@ve permanente, operativa y elementos.

Tema 22. Atención multicanal: la posición integrada ciudadana, presencial, electrónica, telefónica.

Tema 23. La colaboración entre administraciones y las ventanillas únicas interoperables, especial referencia al PAE, VUDS y a la oficina TECREA de Gijón/Xixón.

Tema 24. Funcionamiento electrónico del sector público: Sede electrónica.

Tema 25. Portal de Internet en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón. La intranet del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 26. El esquema nacional de seguridad.

Tema 27. La política de seguridad de la información en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 28. La política de protección de datos en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 29. La transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en la Administración Pública.

Tema 30. Portal de transparencia del Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Ordenanza Municipal de Transparencia de Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

ÁREA DE ESPECIALIDAD: PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES

BLOQUE I

Tema 1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo.

Tema 2. Real Decreto Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Tema 3. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Tema 4. Real Decreto 488/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

Tema 5. Guía técnica del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa.

Tema 6. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los/as trabajadores/as de los equipos de trabajo.

Tema 7. Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los/as trabajadores/as contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos.

Tema 8. El trabajo con pantallas de visualización. Fatiga postural. Condiciones de iluminación.

Tema 9. NTP 503: Confort Acústico: El ruido en oficinas.

Tema 10. NTP 602: El diseño ergonómico del puesto de trabajo con pantallas de visualización: El equipo de trabajo.

BLOQUE II

Tema 11. Seguridad, Higiene y Salud en el trabajo. Disposiciones Generales. Breves consideraciones en torno a los fundamentos, principios y fines de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales.

Tema 12. Principios generales de la acción preventiva. Marco normativo básico. Derechos y obligaciones en materia de seguridad, higiene y salud en el trabajo.

Tema 13. Los deberes del empresario/a en materia de prevención de riesgos.

Tema 14. Derechos y obligaciones de los/as trabajadores/as en materia de prevención de riesgos.

Tema 15. Carga de trabajo, fatiga e insatisfacción laboral.

Tema 16. Sistemas elementales de control de riesgos.

Tema 17. El control de salud de los/as trabajadores/as.

Tema 18. La gestión de la prevención.

Tema 19. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Tema 20. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

PARTE III

Tema 21. Ergonomía. Conceptos y objetivos. Metodología ergonómica. Modelos y métodos aplicables en Ergonomía. Procedimiento metodológico para la evaluación de riesgos en Ergonomía y Psicosociología.

Tema 22. Relación de la Ergonomía y Psicosociología Aplicada con el resto de especialidades técnicas. Técnicas de investigación en Ergonomía y Psicosociología.

Tema 23. El diseño del centro de trabajo. Aspectos a considerar desde el punto de vista ergonómico. El diseño del puesto de trabajo: Premisas básicas, factores ergonómicos. El factor humano en el proyecto.

Tema 24. Factores psicosociales. Definición. Contenido y significado de la tarea. Autonomía, conflicto y ambigüedad de rol. Relaciones personales y extralaborales. Participación en el trabajo.

Tema 25. La organización del trabajo. Procedimientos para la mejora del contenido del trabajo: características principales y valoración. Tipos de organizaciones y estilos de mando. Calidad de vida laboral.

Tema 26. Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo, 2002.

Tema 27. Orden APU/1981/2006, de 21 de junio, por la que se promueve la implantación de programas piloto de teletrabajo en los departamentos ministeriales.

Tema 28. Manual para la implantación de programas piloto de teletrabajo en la Administración General del Estado.

Tema 29. Planificación preventiva en los puestos de trabajo de las personas que participan en programas de teletrabajo en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Tema 30. Planificación preventiva en los puestos de trabajo de las personas que participan en programas de teletrabajo en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

Anexo 5.º

BASES PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE INGENIERO/A TÉCNICA/O DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN - EN TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA CRUZADA Y RÉGIMEN DE FUNCIONARIO DE CARRERA

1. Grupo: A, Subgrupo A2 de clasificación profesional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Clasificación: Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Clase: Media. Denominación: Ingeniero/a Técnica/o. Nivel de complemento de destino: 19.

3. Número de plazas: 1 plaza, en turno de promoción interna cruzada y régimen de funcionario de carrera.

4. Requisitos: Pertenecer a la categoría Ingeniero/a Técnico/a, como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón del Grupo A, Subgrupo A2; reunir los requisitos de participación establecidos en las Bases Generales y en el presente anexo; y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo, en virtud de pruebas de selección con anterioridad a la entrada en vigor del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

5. Sistema de acceso: Concurso-Oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre que equipara el sistema de concurso-oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública.

6. Titulación: Estar en posesión del Titulo Universitario de Ingeniero/a Técnico/a o Grado en Ingeniería.

7. Funciones: Se trata de una convocatoria de una plaza de Ingeniero/a Técnico/a, que tiene atribuidas las funciones propias para las que su titulación le habilita/a y en concreto para:

— Redactar proyectos, responsabilizarse del cumplimiento de los requisitos legales y técnicos de los trámites que le sean asignados, etc.

— Emitir informes técnicos, y llevar a cabo el seguimiento de la realización de obras, proyectos y planes.

— Realizar inspecciones en relación a las campañas de control que se establezcan.

— Emitir propuestas de resolución, redactar estudios, memorias de actividades, estadísticas, documentos e informes relativos a su ámbito competencial.

— Atender e informa al público en materias de su competencia.

— Realizar expedientes complejos y redactar pliegos de condiciones técnicas.

— Controlar las tareas medioambientales, realizar proyectos de prevención de incendios y de supervisión de juegos y espectáculos.

— Realizar cualquier otra tarea de carácter similar que le sea asignada por parte de sus superiores jerárquicos.

8. Presentación de instancias: El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (www.gijon.es).

9. Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: La realización del ejercicio de la fase de oposición se llevará a cabo a través de un tratamiento de textos de uso común en el mercado (Microsoft Word, Open Office), debiendo acreditar los/as aspirantes el conocimiento mínimo del mismo a nivel de usuario/a, salvo que el tribunal disponga la realización en soporte papel por alguna circunstancia debidamente motivada.

Se habilitará, siempre que sea posible técnicamente y así lo determine el Tribunal, el acceso a la consulta a códigos normativos electrónicos publicados en páginas oficiales institucionales, tales como el Boletín Oficial del Estado. En caso contrario será posible consultar textos legales, no comentados, en soporte papel.

10. Fases y desarrollo del proceso selectivo:

— Fase de oposición:

Representa 30 puntos sobre 50. Comprende un ejercicio obligatorio y eliminatorio consistente en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, un supuesto teórico-práctico a elegir entre tres propuestos por el tribunal y correspondientes, cada uno de ellos, a cada uno de los tres bloques en las que se organiza el programa (sin posibilidad de más de un supuesto por bloque) y relativos o relacionados con las tareas o funciones propias asignadas a la plaza convocada.

Se puntuará de 0 a 30 puntos, siendo preciso obtener para superar el ejercicio un mínimo de 15 puntos.

— Fase de concurso:

No tendrá carácter eliminatorio, no pudiendo en ningún caso aplicarse la puntuación obtenida en la misma para superar la fase de oposición. La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso será de 20 puntos sobre 50 y se ajustará al siguiente baremo:

B.1.—Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de un nivel de Titulación superior al exigido para participar en la convocatoria, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto:

— Máster Oficial Universitario: 1 punto

— Licenciatura/Ingeniería/Arquitectura o Grado/Diplomatura distinta a la que permite el acceso: 0,5 puntos

Los Másteres oficiales que permiten el ejercicio de una profesión regulada no serán objeto de valoración por el Tribunal de selección. Los certificados de correspondencia de las titulaciones universitarias anteriores a la ordenación del Espacio Europeo de Educación Superior a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, que regula el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, no serán objeto de valoración como mérito en la fase de concurso.

B.2.—Formación: Un máximo de 1 punto por haber impartido o participado en cursos de formación relacionados con las funciones y/o programa de la plaza convocada.

Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, qué cursos están relacionados con las funciones de la plaza.

Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora.

Los cursos impartidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,004 puntos/hora.

Asimismo de conformidad con la Base General Cuarta la valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como informática, igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado (es decir, la formación general se valorará 0,25 puntos como máximo).

A los efectos de valorar la formación en idiomas se otorgará una puntuación de 0, 45 puntos al Certificado de Nivel Superior de la Escuela Oficial de Idiomas, y 0,25 puntos al Certificado de Nivel Elemental de la Escuela Oficial de Idiomas. No obstante, conforme al nuevo plan de estudios las certificaciones de la E.O.I. se otorgarán las siguientes:

— Nivel Básico: 0,15 puntos

— Nivel Intermedio: 0,30 puntos

— Nivel Avanzado: 0,45 puntos

Asimismo, se valorarán las certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo II del Real Decreto 1.041/2017 de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación:

— Nivel A2 (Plataforma): 0,15 puntos

— Nivel B1 (Umbral): 0,30 puntos

— Nivel B2 (Avanzado): 0,45 puntos

Las certificaciones que acrediten un nivel de competencia con referencia al Marco Común Europeo de las lenguas superior al Nivel B2 (Avanzado), se les otorgará la siguiente puntuación:

— Nivel C1 (Dominio Operativo Eficaz): 0,60 puntos

— Nivel C2 (Maestría): 0,75 puntos

Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de selección.

B.3.—Experiencia: Hasta un máximo de 18 puntos; se puntuará de conformidad con los siguientes criterios:

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría (plaza convocada), desempeñando funciones idénticas a las de la plaza, a razón de 0,090 puntos por mes completo de trabajo.

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría de la plaza convocada, desempeñando trabajos, labores y ocupaciones de contenido técnico y especialidad similar a las funciones propias de la plaza, a razón de 0,080 puntos por mes completo de trabajo.

El curriculum vitae y la documentación acreditativa de los méritos alegados en el mismo, para proceder a su valoración, ha de ajustarse a lo dispuesto en la Base general 4.ª que rige la selección de esta convocatoria.

En el caso de que los documentos aportados por los/las aspirantes junto al currículum y la instancia de participación no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, el Tribunal está facultado, atendiendo al principio de proporcionalidad, para requerir a los/las aspirantes, en el plazo de 10 días desde la publicación del Anuncio de la valoración otorgada a la fase de concurso, la subsanación y/o aclaración de las deficiencias observadas.

La puntuación total de las pruebas selectivas a efectos de ordenación de los/as opositores/as aprobados/as en la relación definitiva de aspirantes u orden de clasificación definitivo y por tanto que han superado el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de la fase oposición más la de la fase de concurso.

11. Clasificación del tribunal: Segunda categoría.

12. Programa: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo.

BLOQUE I

Tema 1. La Administración Pública y el Derecho.

Tema 2. El Procedimiento Administrativo.

Tema 3. Los recursos y reclamaciones.

Tema 4. Los recursos y reclamaciones.

Tema 5. La Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas.

Tema 6. La gestión económica. Presupuestaria.

Tema 7. La Actividad de Fomento.

Tema 8. La contratación en el Sector Público.

Tema 9. La transparencia, la Protección de datos y la seguridad de la información.

Tema 10. El empleo público: compromiso, ética y prevención de riesgos.

BLOQUE II

Tema 11. Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

Tema 12. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Alcance. Redes de distribución. Tipos de suministro. Instalaciones interiores y autorizaciones de puesta en servicio. Autorizaciones y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas.

Tema 13. Inspecciones iniciales y periódicas. La producción de energía eléctrica y su venta a empresas distribuidoras, consideraciones técnicas y tramitación.

Tema 14. Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior y sus instrucciones técnicas complementarias. Requisitos mínimos de eficiencia energética.

Tema 15. Calificación energética de las instalaciones de alumbrado, Niveles de iluminación. Contaminación lumínica.

Tema 16. Estrategia Española de Eficiencia Energética 2004-2012. Contexto, justificación y objetivos. Medidas e instrumentos, especialmente en los sectores de transporte y servicios públicos.

Tema 17. Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España: Objetivos y situación. Medidas especialmente en los sectores de transporte y servicios públicos.

Tema 18. Régimen Urbanístico de la propiedad del suelo. Régimen del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable de protección.

Tema 19. Planeamiento Urbanístico del Territorio. Clases de Planes de Ordenación del Territorio en Gijón/Xixón. Plan General de Ordenación Urbana.

Tema 20. Planes de Sectorización. Planes Parciales. Planes Especiales. Estudios de Detalle. Proyecto de Urbanización. Catálogos de Bienes y espacios protegidos.

BLOQUE III

Tema 21. Elaboración y aprobación de los planes: suspensión del otorgamiento de licencias. Formulación, tramitación del planeamiento general y especial. Vigencia y revisión de los planes. Efectos de la aprobación de los planes.

Tema 22. Plan General de Ordenación Urbana de Gijón/Xixón. Instrumentos de Ordenación. Instrumentos de Gestión. Instrumentos de Ejecución. Especial referencia a los Proyectos de Urbanización. Proyectos de otras actuaciones urbanísticas.

Tema 23. Obras e instalaciones en los espacios libres Municipales de Dominio y Uso Público. Calas y canalizaciones: programación. Ejecución de zanjas: sostenimiento y agotamiento. Galerías de servicio. Pasos de carruajes. Supresión de barreras arquitectónicas.

Tema 24. Señalización y balizamiento de las obras que se realicen en la vía pública. Características. Señalización nocturna. Ocupación de las vías públicas para la realización de obras. Seguridad vial.

Tema 25. Aprovechamiento de la vía pública y espacios abiertos. Normas que lo regulan. La venta en la vía pública. Terrazas y Quioscos. Mobiliario Urbano. Aprovechamiento de suelo, subsuelo y vuelo. Autorizaciones y licencias.

Tema 26. Protección del medio ambiente. Retirada de residuos sólidos. Vertido de tierras y escombros. Uso de las zonas verdes: protección del entorno.

Tema 27. Organización y funcionamiento de los servicios de conservación de pavimentos, bocas de riego y mobiliario urbano, de los servicios de conservación de zonas verdes y limpieza viaria.

Tema 28. Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del aire y protección de la atmósfera. Plan de mejora de calidad del aire, Aglomeración de Gijón/Xixón.

Tema 29. Redacción de proyectos de obras. Documentos de que constan. Descripción del contenido. Fases de una obra desde su licitación hasta su liquidación definitiva. Relaciones valoradas de obra. Certificaciones. Modificaciones de obra. Revisión de precios. Aplicación. Fórmulas e índices. Rescisión y resolución del Contrato.

Tema 30. Tramitación de Licencias y Control Urbanístico. Licencias de Obras de Urbanización. Caducidad y suspensión. Control de ejecución de inspección.

Anexo 6.º

BASES PARA LA PROVISIÓN DE CUATRO PLAZAS DE TÉCNICO/A DE GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, TÉCNICO/A DE GESTIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN, DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN -EN TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA CRUZADA Y RÉGIMEN DE FUNCIONARIO DE CARRERA-

1. Grupo: A, Subgrupo A2 de clasificación profesional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. Clasificación: Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Clase: Media. Denominación: Técnico/a de Gestión de Sistemas de Información. Nivel de complemento de destino: 19.

3. Número de plazas: 4 plazas, en turno de promoción interna cruzada y régimen de funcionario de carrera.

4. Requisitos: Pertenecer a la categoría Técnico/a Programador/a, como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Gijón/Xixón del Grupo A, Subgrupo A2; reunir los requisitos de participación establecidos en las Bases Generales y en el presente anexo; y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo, en virtud de pruebas de selección con anterioridad a la entrada en vigor del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.

5. Sistema de acceso: Concurso-Oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre que equipara el sistema de concurso- oposición al de oposición, como sistemas generales de acceso a la función pública.

6. Titulación: Estar en posesión del Titulo Universitario de Ingeniero/a Técnico/a en Informática, Diplomado/a Universitario en Informática, Grado en Informática o equivalente.

7. Funciones: Es el/a empleado/a municipal que en posesión del correspondiente título académico y los conocimientos teórico-prácticos precisos, ejerce con responsabilidad e iniciativa cualificada, las funciones propias de un Técnico/a Programador/a, consistente en labores de programación y mantenimiento de aplicaciones informáticas y desarrollo de aplicaciones de entornos web.

8. Presentación de instancias: El plazo de presentación de instancias será de veinte días a contar desde el siguiente al del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Con posterioridad a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, el resto de publicaciones se efectuarán a través del Tablón de Edictos y de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (www.gijon.es).

9. Ejercicios que regirán en las distintas pruebas: La realización del ejercicio de la fase de oposición se llevará a cabo a través de un tratamiento de textos de uso común en el mercado (Microsoft Word, Open Office), editor de textos Notepad y los navegadores Internet explorer y/o Mozilla firefox, debiendo acreditar los/as aspirantes el conocimiento mínimo del mismo a nivel de usuario/a, salvo que el tribunal disponga la realización en soporte papel por alguna circunstancia debidamente motivada.

Se habilitará, siempre que sea posible técnicamente y así lo determine el Tribunal, el acceso a la consulta a códigos normativos electrónicos publicados en páginas oficiales institucionales, tales como el Boletín Oficial del Estado. En caso contrario será posible consultar textos legales, no comentados, en soporte papel.

10. Fases y desarrollo del proceso selectivo:

— Fase de oposición:

Representa 30 puntos sobre 50. Comprende un ejercicio obligatorio y eliminatorio consistente en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, un supuesto teórico- práctico a elegir entre tres propuestos por el tribunal y correspondientes, cada uno de ellos, a cada uno de los tres bloques en las que se organiza el programa (sin posibilidad de más de un supuesto por bloque) y relativos o relacionados con las tareas o funciones propias asignadas a la plaza convocada.

Se puntuará de 0 a 30 puntos, siendo preciso obtener para superar el ejercicio un mínimo de 15 puntos.

— Fase de concurso:

No tendrá carácter eliminatorio, no pudiendo en ningún caso aplicarse la puntuación obtenida en la misma para superar la fase de oposición. La puntuación máxima a obtener en la fase de concurso será de 20 puntos sobre 50 y se ajustará al siguiente baremo:

B.1.—Titulaciones Oficiales: Por estar en posesión de un nivel de Titulación superior al exigido para participar en la convocatoria, se puntuará conforme al siguiente baremo, y con un máximo de 1 punto:

— Máster Oficial Universitario: 1 punto

— Licenciatura/Ingeniería/Arquitectura o Grado/Diplomatura distinta a la que permite el acceso: 0,5 puntos

Los Másteres oficiales que permiten el ejercicio de una profesión regulada no serán objeto de valoración por el Tribunal de selección. Los certificados de correspondencia de las titulaciones universitarias anteriores a la ordenación del Espacio Europeo de Educación Superior a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, que regula el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, no serán objeto de valoración como mérito en la fase de concurso.

B.2.—Formación: Un máximo de 1 punto por haber impartido o participado en cursos de formación relacionados con las funciones y/o programa de la plaza convocada.

Corresponde al Tribunal determinar, aplicando criterios técnicos y objetivos, qué cursos están relacionados con las funciones de la plaza.

Los cursos recibidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,003 puntos/hora.

Los cursos impartidos se puntuarán en función del número de horas de duración del curso, otorgándose una puntuación de 0,004 puntos/hora.

Asimismo de conformidad con la Base General Cuarta la valoración de la formación, además de la específica, incluirá la formación en aspectos generales tales como informática, igualdad de género, prevención de riesgos laborales e idiomas siempre que no superen el 25 por ciento del total de puntos a obtener en este apartado (es decir, la formación general se valorará 0,25 puntos como máximo).

A los efectos de valorar la formación en idiomas se otorgará una puntuación de 0,45 puntos al Certificado de Nivel Superior de la Escuela Oficial de Idiomas, y 0,25 puntos al Certificado de Nivel Elemental de la Escuela Oficial de Idiomas. No obstante, conforme al nuevo plan de estudios las certificaciones de la E. O. I. se otorgarán las siguientes:

— Nivel Básico: 0,15 puntos

— Nivel Intermedio: 0,30 puntos

— Nivel Avanzado: 0,45 puntos

Asimismo, se valorarán las certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). A tales efectos los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo II del Real Decreto 1.041/2017 de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación:

— Nivel A2 (Plataforma): 0,15 puntos

— Nivel B1 (Umbral): 0,30 puntos

— Nivel B2 (Avanzado): 0,45 puntos

Las certificaciones que acrediten un nivel de competencia con referencia al Marco Común Europeo de las lenguas superior al Nivel B2 (Avanzado), se les otorgará la siguiente puntuación:

— Nivel C1 (Dominio Operativo Eficaz): 0,60 puntos

— Nivel C2 (Maestría): 0,75 puntos

Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Ccomún Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de selección.

B.3.—Experiencia: Hasta un máximo de 18 puntos; se puntuará de conformidad con los siguientes criterios:

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría (plaza convocada), desempeñando funciones idénticas a las de la plaza, a razón de 0,090 puntos por mes completo de trabajo.

— Por haber trabajado en la Administración Pública en la misma categoría de la plaza convocada, desempeñando trabajos, labores y ocupaciones de contenido técnico y especialidad similar a las funciones propias de la plaza, a razón de 0,080 puntos por mes completo de trabajo.

El curriculum vitae y la documentación acreditativa de los méritos alegados en el mismo, para proceder a su valoración, ha de ajustarse a lo dispuesto en la Base general 4.ª que rige la selección de esta convocatoria.

En el caso de que los documentos aportados por los/las aspirantes junto al currículum y la instancia de participación no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, el Tribunal está facultado, atendiendo al principio de proporcionalidad, para requerir a los/las aspirantes, en el plazo de 10 días desde la publicación del Anuncio de la valoración otorgada a la fase de concurso, la subsanación y/o aclaración de las deficiencias observadas.

La puntuación total de las pruebas selectivas a efectos de ordenación de los/as opositores/as aprobados/as en la relación definitiva de aspirantes u orden de clasificación definitivo y por tanto que han superado el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de la fase oposición más la de la fase de concurso.

11. Clasificación del tribunal: Segunda categoría.

12. Programa: En el supuesto de que se produzca variación en la normativa aplicable durante el período comprendido entre la publicación de las presentes bases y la celebración del proceso selectivo, será aplicable la normativa que resulte estar en vigor a la fecha de celebración del proceso selectivo.

BLOQUE I

Tema 1. El Ayuntamiento de Gijón/Xixón. Estructuras organizativas, organismos y empresas municipales. El Servicio de Sistemas de Información. Estructura, funciones y responsabilidades, presupuesto.

Tema 2. El Plan de Sistemas. La evolución del servicio hasta nuestros días, hitos y nuevos retos.

Tema 3. La Contratación pública. Tipos de contratos, elementos claves, gestión de un contrato.

Tema 4. La protección de datos personales y su normativa reguladora (RGPD). Conceptos generales.

Tema 5. Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Estructura y conocimientos generales.

Tema 6. Normativa de Accesibilidad en páginas Web.

Tema 7. Aplicaciones corporativas. Descripción, utilidades, infraestructura necesaria para su despliegue.

Tema 8. Red de fibra óptica municipal. Descripción, tecnologías, equipamiento, extensión, servicios.

Tema 9. Red de área Local municipal. Descripción, tecnologías, equipamiento.

Tema 10. Red Wi-Fi municipal. Situación actual, infraestructura y nuevos proyectos.

BLOQUE II

Tema 11. Lenguaje SQL de Oracle 10g.

Tema 12. Creación en Oracle 10g de tablas, índices, vistas, vistas materializadas, secuencias, comentarios a nivel de tabla y a nivel de columna. Integridad referencial.

Tema 13. Fundamentos de PL/SQL: El bloque, variables, tipos de datos y expresiones. Estructuras de control. Cursores: Tipos, definición, extracción de información.

Tema 14. Triggers en Oracle 10g: Tipos. Creación y eliminación, componentes de un disparador.

Tema 15. Funciones y Procedimientos en Oracle 10g: Creación y eliminación, dependencias. Funciones SQL predefinidas.

Tema 16. Lenguaje SQL de Mysql 8.0.

Tema 17. Creación en Mysql 8.0 de Tablas, índices, vistas, secuencias, comentarios a nivel de tabla y a nivel de columna. Integridad referencial.

Tema 18. Funciones y Procedimientos en Mysql 8.0: Creación y eliminación, dependencias. Triggers: Tipos, creación y eliminación, componentes de un disparador.

Tema 19. Conceptos básicos de Datos Abiertos. Ventajas. Formatos. Norma Técnica de Interoperabilidad de Reutilización de Recursos de Información del Sector Público.

Tema 20. Formatos abiertos de intercambio de información JSON, XM.

BLOQUE III

Tema 21. Gestión y configuración de la estructura organizativa del Ayuntamiento en las aplicaciones corporativas: Organizaciones, unidades organizativas, personas, roles, usuarios.

Tema 22. Gestión de seguridad en las aplicaciones corporativas. Configuración de reglas de seguridad Personas, roles, unidades, grupos de roles y grupos de unidades.

Tema 23: Configuración del sistema de gestión económica del Ayuntamiento, instituciones, ejercicios presupuestarios, acceso y seguridad, terceros. Documentos contables, definición, grupos, salidas de documentos, configuración de firmas, tramitación, las instantáneas de acumulador y los informes.

Tema 24: Facturas, registro central de facturas, entradas en el registro, gestión y contabilización, integración con el inventario municipal, integración FACe, período medio de pago y morosidad trimestral.

Tema 25: Las entidades presupuestarias y analíticas, clasificaciones, configuración de partidas/conceptos, configuración de las entidades de la contabilidad de costes y su gestión, los acumuladores

Tema 26: Rendiciones de cuentas, obligaciones trimestrales, liquidación, cuenta general. Configuración y procedimiento. Procesos planificados.

Tema 27: Gestión del presupuesto municipal, configuración inicial, importación, reglas de codificación y equivalencias entre presupuestos, las simulaciones, exportación del presupuesto a la contabilidad.

Tema 28: Gestión del inventario municipal, configuración, operativa, procesos de amortización, integración contable.

Tema 29: Mantenimiento de la base de datos de terceros y territorio. Personas, direcciones y terceros. GUIA, configuración y seguridad, el entorno de GUIA, tablas y vistas, informes, integración con Expedientes TAO 1.

Tema 30: Gestión tributaria, posición global del contribuyente, tipos de ingreso paramétrico y procedural, cajetines, objetos tributarios, liquidaciones y recibos, remesas, padrones, multas.

En Gijón/Xixón, 10 de agosto de 2022.—La Jefa del Servicio de Estrategia y Coordinación de Recursos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.—Cód. 2022-06384.