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Boletín Nº 103 del martes 31 de mayo de 2022

MANCOMUNIDADES

MANCOMUNIDAD DE LOS CONCEJOS DEL ORIENTE DE ASTURIAS

Anuncio. Aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal de la Mancomunidad de los Concejos del Oriente de Asturias.

Por resolución de la Presidencia de 26 de mayo se aprobó la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal de la Mancomunidad de los Concejos del Oriente de Asturias en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, siendo ésta del siguiente tenor literal:

“Visto informe de Secretaría de 25 de mayo de 2022, y antecedentes obrantes en el expediente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO

Primero.—Aprobar la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal antes del 1 de junio de 2022, con la siguiente relación de plazas:

Personal laboral:

N.º

Puesto de trabajo

Jornada

1

Técnico Administrativo–Contable

Completa

2

Limpiadora

Parcial

Segundo.—Publicar en el tablón de anuncios de la Corporación y en el BOPA, antes del 1 de junio de 2022.

Tercero.—La publicación de la convocatoria para la cobertura de las plazas incluidas en la oferta para la estabilización temporal deberá ser antes del 31 de diciembre de 2022 y su resolución antes del 31 de diciembre de 2024.

Cuarto.—Certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas estructurales ocupadas de forma temporal existente en cada uno de los ámbitos afectados.

En Cangas de Onís, a 26 de mayo de 2022.”

Lo que se comunica para general conocimiento, significándose que contra esta Resolución, que pone fin a la vida administrativa, podrá interponerse, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Mancomunidad de los Concejos del Oriente, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, de conformidad con el art 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recursos contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta del recursos de reposición interpuesto, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del extraordinario de revisión.

En Cangas de Onís, a 26 de mayo de 2022.—El Presidente.—Cód. 2022-04060.