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Boletín Nº 102 del lunes 30 de mayo de 2022

AUTORIDADES Y PERSONAL

UNIVERSIDAD DE OVIEDO

Acuerdo de 25 de mayo de 2022, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de estabilización, derivada de la Ley 20/2021, por la Universidad de Oviedo en los términos autorizados por el Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad del Principado de Asturias.

En el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (en adelante LMURT) la Universidad de Oviedo elabora una oferta de empleo público de plazas de estabilización, considerando:

I. Las tres medidas específicas encaminadas a la reducción de la temporalidad:

— En el artículo 2.1 se dispone lo siguiente: ” (…) se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020”.

— En la disposición adicional sexta se incluye la siguiente redacción, que amplía la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal: “Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez (…)”.

— La disposición adicional octava extiende este proceso con el siguiente texto: “Adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016”.

II. Atendiendo a las previsiones de la LMURT, se ha procedido a la identificación de las plazas que cumplen lo dispuesto en el artículo 2.1 y en las disposiciones adicionales sexta y octava de la misma, que se detallaban en el apartado I anterior.

III. El Convenio de colaboración entre la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Educación y Cultura, y la Universidad de Oviedo, suscrito el 24 de enero de 2022, por el que se establece el modelo de financiación de la Universidad de Oviedo para el 2022, determina que la oferta de empleo público de la Universidad de Oviedo, en la que se englobará tanto al Personal Docente e Investigador como al Personal de Administración y Servicios, requerirá la autorización de la Administración del Principado de Asturias. En concreto, en el apartado 7 de su cláusula segunda, ha quedado determinado, que entre las obligaciones de la Universidad de Oviedo está el “someter a la previa autorización de la Administración del Principado de Asturias la aprobación de la oferta de empleo público de la Universidad de Oviedo, así como la convocatoria individualizada de plazas tanto de PDI como de PAS”.

IV. La tramitación de esta oferta de empleo requiere la previa solicitud de petición de autorización por la Universidad de Oviedo ante la Dirección General de Universidades, adscrita a la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad de la Administración del Principado para que se puedan evacuar los correspondientes informes preceptivos: de la Dirección General de Presupuestos, de la Dirección General de la Función Pública y de la Dirección General competente en materia de Servicios Sociales.

V. Asimismo, de conformidad con el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la oferta de empleo público de estabilización se reservará un cupo no inferior al siete por ciento sobre el total de las plazas para ser cubiertas entre personas con discapacidad. La asignación de las plazas concretas se realizará atendiendo a las previsiones de los artículos 5, 6 y 11 del Decreto 6/2012, de 16 de febrero, por el que se regula el acceso a la función pública de la Administración del Principado de Asturias y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y se concretarán en las respectivas convocatorias.

Una vez evacuados los Informes de los órganos de la Administración del Principado de Asturias, y en base a sus consideraciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, el Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad dictó Resolución de autorización de la oferta de empleo público de estabilización, derivada de la Ley 20/2021, de la Universidad de Oviedo, en el sentido siguiente:

Primero.—Autorizar la oferta de empleo público de estabilización, derivada de la Ley 20/2021, por la Universidad de Oviedo, en los siguientes términos:

Personal docente e investigador

OPE PDI 2021

N.º plazas

Art. 2.1

Concurso-oposición

N.º plazas

D. A. 6.ª

Concurso

PLAZAS DE CONTRATADO DOCTOR POR ESTABILIZACIÓN

11

3

PLAZAS DE TITULAR DE UNIVERSIDAD POR ESTABILIZACIÓN

6

TOTAL PARCIAL

11

9

Personal de administración y servicios funcionario

Escalas, grupos y subgrupos

N.º plazas

Art. 2.1

Concurso-oposición

N.º plazas

D. A. 6.ª

Concurso

N.º plazas

D. A. 8.ª

Concurso

AYUDANTES ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS, GRUPO A, SUGRUPO A2

2

ESCALA DE AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, GRUPO C, SUBGRUPO C2

15

ESCALA DE SUBALTERNOS, AGRUPACIÓN PROFESIONAL (ANTIGUO GRUPO E)

2

5

5

TOTAL PARCIAL

4

5

20

Personal de administración y servicios laboral

Escalas, grupos y subgrupos

N.º plazas

Art. 2.1

Concurso-oposición

N.º plazas

D. A. 6.ª

Concurso

N.º plazas

D. A. 8.ª

Concurso

GRUPO I: ANALISTA

1

GRUPO II: MAESTRO DE TALLER

1

GRUPO III: TÉC. ESPEC. EN LIBRERÍA

1

GRUPO III: TÉC. ESPEC. EN MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS

3

GRUPO III: OPERADOR

1

GRUPO III: TÉC. ESPEC. TÉCNICO MONITOR ED. FISICA

1

GRUPO III: TÉC. ESPEC. EN SALVAMENTO ACUÁTICO

2

GRUPO III: TÉC. ESPEC. EN BIBLIOTECA

3

2

GRUPO III: TÉC. ESPEC. EN LABORATORIO

3

2

GRUPO III: COORDINADOR SERVICIOS

2

1

GRUPO III: CONDUCTOR

1

GRUPO IV: AUXILIAR DE SERVICIOS

3

4

TOTAL PARCIAL

11

13

7

Personal de administración y servicios laboral correspondiente a indefinidos no fijos

Categoría

Concurso-oposición

Concurso

Diplomado

5

Director del Coro Universitario

1

Licenciado

4

Téc. Oficial de Admón.

1

Operador

1

2

Programador

1

Téc. Esp. en Delineación

2

Téc. Esp. Informática Gestión

1

Téc. Esp. Laboratorio

1

8

Oficial de Ofimática

1

Téc. Sup. Análisis y Control

1

Téc. Especialistas

7

Titulado Grado Medio

4

Titulado Superior

7

29

TOTAL PARCIAL

9

67

En virtud de lo expuesto anteriormente, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, adopta el siguiente,

ACUERDO

Primero.—Aprobar la oferta de empleo público de estabilización, derivada de la Ley 20/2021, de la Universidad de Oviedo, en los términos autorizados por el Consejero de Ciencia, Innovación y Universidad del Principado de Asturias.

Segundo.—El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

El Presente Acuerdo ha sido aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, en sesión de fecha 25 de mayo de 2022, lo que hago constar como Gerente de la Universidad de Oviedo.

En Oviedo, a 25 de mayo de 2022.—El Gerente.—Cód. 2022-04004.