AYUNTAMIENTOS
DE CANDAMO
Anuncio. Extracto del Acuerdo de 20 de mayo de 2022, de la Junta de Gobierno, por el que se convocan subvenciones a asociaciones municipales sin ánimo de lucro para su funcionamiento y para el fomento de actividades culturales, juveniles, recreativas, festivas, sociales y deportivas, durante el año 2022.
BDNS (Identif.): 629001.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/629001).
Acuerdo de la Junta de Gobierno de 20 de mayo de 2022, por el que se aprueba el Programa de Subvenciones a las asociaciones sin ánimo de lucro que estén dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Candamo, que lleven a cabo la organización y celebración de las citadas actividades, de libre concurrencia, en los pueblos o parroquias del concejo de Candamo.
Podrán beneficiarse de este Programa de Subvenciones las asociaciones sin ánimo de lucro que estén dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Candamo, que lleven a cabo la organización y celebración de las citadas actividades, de libre concurrencia, en los pueblos o parroquias del concejo de Candamo.
Será requisito imprescindible para solicitar la subvención que la actividad desarrollada se celebre en el término municipal de Candamo o, en representación del mismo, en otro concejo.
Cuantía máxima de la convocatoria.
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 20.000 €, para el funcionamiento de las asociaciones municipales y para el fomento de actividades culturales, juveniles, festivas, sociales y recreativas respectivamente, con cargo a la aplicación 338.480 del Presupuesto General para el ejercicio de 2022.
Cuantía máxima de las subvenciones.
La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto y de las solicitudes presentadas, reservándose el órgano concedente la posibilidad de ponderar las cuantías de la subvención en atención a la demanda de solicitudes recibidas, no pudiendo exceder en ningún caso de:
1. Para gastos de funcionamiento de las asociaciones de vecinos para aquellas actividades recreativas, deportivas y culturales, así como la organización y desarrollo de fiestas locales:
No podrán superar el 50% del gasto realizado, ni la cantidad de 1.277,75 €, por asociación.
2. Para gastos de funcionamiento de otras asociaciones y organización y desarrollo de actividades deportivas, culturales y otras de carácter recreativo:
No podrán superar el 50% del gasto realizado, ni la cantidad de 900,00 € por asociación.
En todo caso, si la diferencia entre el coste de la actividad y la suma de la financiación propia de cada asociación y otras que pudieran obtener fuese menor a las cantidades anteriormente citadas, la subvención no podrá exceder del resultado de esa diferencia.
Lugar y plazo de presentación.
1. El procedimiento se iniciará mediante la presentación de la solicitud y demás documentos exigidos en esta convocatoria, en el plazo de treinta (30) días naturales a contar desde la publicación del correspondiente anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Candamo, en horario de 9:00 a 14:00 horas, así como por cualquiera de los medios previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Candamo, a 25 de mayo de 2022.—La Alcaldesa-Presidente.—Cód. 2022-04003.