BOPA - Disposiciones

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Boletín Nº 103 del martes 31 de mayo de 2022

AYUNTAMIENTOS

DE GIJÓN

Anuncio. Oferta de Empleo Público 2022 extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón y sus organismos autónomos dependientes.

Anuncio

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 25 de mayo de 2022, y de conformidad con el artículo 127.1,h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno local, se aprobó la oferta de empleo público 2022 extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en el Ayuntamiento de Gijón/Xixón y sus Organismos Autónomos dependientes, que comprende las siguientes plazas:

PLAZAS A CONVOCAR DISPOSICIONES ADICIONALES 6.ª Y 8.ª DE LA LEY 20/2021

Ayuntamiento de Gijón/Xixón

OPE ESTABILIZACIÓN 2022 DISPOSICIONES ADICIONALES 6.ª Y 8.ª DE LA LEY 20/2021 (CONCURSO)

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En el ámbito de los Organismos Autónomos las plazas convocadas en virtud de la DA 6.ª y su complementaria D.A. 8.ª son las siguientes:

Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular

FMCEYUP. OPE ESTABILIZACIÓN 2022 DISPOSICIONES ADICIONALES 6.ª Y 8.ª DE LA LEY 20/2021 (CONCURSO)

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Patronato Deportivo Municipal

PDM. OPE ESTABILIZACIÓN 2022 DISPOSICIONES ADICIONALES 6.ª Y 8.ª DE LA LEY 20/2021 (CONCURSO)

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Fundación Municipal de Servicios Sociales

FMSS.-OPE ESTABILIZACIÓN 2022 DISPOSICIONES ADICIONALES 6.ª Y 8.ª DE LA LEY 20/2021 (CONCURSO)

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PLAZAS A CONVOCAR ARTÍCULO 2 DE LA LEY 20/2021

Ayuntamiento de Gijón/Xixón

OPE ESTABILIZACIÓN 2022 ARTÍCULO 2 DE LA LEY 20/2021 (CONCURSO-OPOSICIÓN)

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En el ámbito de los Organismos Autónomos las plazas convocadas en virtud del art. 2.

Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular

FMCEYUP. OPE ESTABILIZACIÓN 2022 ARTÍCULO 2 DE LA LEY 20/2021 (CONCURSO-OPOSICIÓN)

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Patronato Deportivo Municipal

PDM. OPE ESTABILIZACIÓN 2022 ARTÍCULO 2 DE LA LEY 20/2021 (CONCURSO-OPOSICIÓN)

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Fundación Municipal de Servicios Sociales

FMSS. OPE ESTABILIZACIÓN 2022 ARTÍCULO 2 DE LA LEY 20/2021 (CONCURSO-OPOSICIÓN)

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Del total de las vacantes ofertadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se reserva un cupo del 7 por ciento para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, de conformidad con el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del cuerpo, escala o categoría profesional a los que la convocatoria aparezca referida.

Conforme a las orientaciones previstas en el apartado 3.5 de la Resolución de 1 de abril de 2022, se entiende que en el caso de los procesos de la disposición adicional sexta y octava de la Ley, al tratarse de procesos por concurso como proceso excepcional, por una sola vez, la convocatoria de las plazas se realizará con carácter general para igual valoración de los méritos objetivos fijados para todas las personas aspirantes.

Las plazas reservadas al turno de personas con discapacidad, incluidas en esta oferta de empleo público, que queden desiertas una vez finalizado el correspondiente proceso selectivo, se acumularán a las del turno ordinario a que aparezcan referidas.

Por tanto, asumiendo el compromiso de adoptar las medidas pertinentes para emplear a personas con discapacidad en esta Administración Local, las plazas reservadas a personas con discapacidad que no hubieran sido cubiertas, se adicionarán a las plazas resultantes del aplicar el cupo del siete por ciento a la oferta de empleo público del año siguiente, con el límite del diez por ciento de las plazas incluidas en ésta.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, las personas interesadas podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Lo que se publica a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre que aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto Básico del empleado Público, y el artículo 91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora del Régimen Local.

En Gijón/Xixón, a 25 de mayo de 2022.—La Jefa del Servicio de Estrategia y Coordinación de Recursos del Ayuntamiento de Gijón/Xixón.—Cód. 2022-03988.