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Boletín Nº 103 del martes 31 de mayo de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

Resolución de 17 de mayo de 2022, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban los calendarios del procedimiento de admisión y matrícula del alumnado de Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza para el curso académico 2022-2023.

Fundamentos de derecho

Mediante sendas Resoluciones de 14 de mayo de 2013, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, se aprueba el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes públicos del Principado de Asturias que imparten las enseñanzas elementales y profesionales de música, y enseñanzas profesionales de danza, disponiendo que el procedimiento de admisión del alumnado se iniciará para cada año escolar mediante resolución de la Consejería competente en materia de educación, en la que se aprobará el calendario de actuaciones, sin perjuicio de las funciones encomendadas a los diferentes órganos de la Consejería de Educación.

De acuerdo con lo dispuesto en dichas resoluciones, la admisión de alumnado se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 57/2007, de 24 de mayo, para las enseñanzas elementales de música, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 93/2008, de 10 de septiembre, para las enseñanzas elementales de danza, el artículo 9 del Decreto 58/2007, de 24 de mayo, para las enseñanzas profesionales de música y artículo 9 del Decreto 94/2008, de 10 de septiembre, para las enseñanzas profesionales de danza.

Procede, por tanto, establecer los calendarios del procedimiento de admisión y matrícula del alumnado de enseñanzas elementales y profesionales de música y danza para el curso académico 2022-2023.

Por todo ello, visto el Decreto 82/2019, de 30 de agosto, por el que se establece de estructura orgánica básica de la Consejería de Educación, modificado por el Decreto 37/2020, de 2 de julio y el artículo 14 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias,

RESUELVO

Primero.—Aprobar el calendario de admisión y matrícula del alumnado de enseñanzas elementales y profesionales de música y danza en los centros públicos de Principado de Asturias que imparten estas enseñanzas para el curso académico 2022-2023 que se incorporan en la presente Resolución.

Segundo.—La presente resolución tendrá efectos desde el día de su publicación, que tendrá lugar en el Portal Educastur (www.educastur.es) y Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consejería de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanear ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Calendario del procedimiento de admisión y matrícula del alumnado de enseñanzas elementales de música y danza.

Ver boletin en PDF para consultar la tabla

La publicación de los listados se realizará en tablón de anuncios y página institucional del centro.

Calendario del procedimiento de admisión y matrícula del alumnado de enseñanzas profesionales de música y danza.

Ver boletin en PDF para consultar la tabla

La publicación de los listados se realizará en tablón de anuncios y página institucional del centro.

En Oviedo, a 17 de mayo de 2022.—La Consejera de Educación, Lydia Espina López.—Cód. 2022-03825.