AYUNTAMIENTOS
DE PARRES
Anuncio. Aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Parres, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 19 de mayo de 2022 se aprobó la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Parres para la estabilización de empleo temporal, con las plazas que a continuación se indican, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 y en la disposición adicional 6.ª y demás concordantes de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
PLAZAS A DESEMPEÑAR POR PERSONAL LABORAL
Categoría | Dotación | Fecha desde la que está siendo ocupada de forma ininterrumpida |
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TÉCNICO DE TELECENTRO | 1 | Anterior a 1 de enero de 2016 |
EDUCADORA SOCIAL | 1 | Anterior a 1 de enero de 2016 |
AGENTE DE DESARROLLO LOCAL | 1 | Anterior a 1 de enero de 2016 |
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en el artículo 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se publica la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Parres en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime conveniente.
Arriondas, a 19 de mayo de 2022.—El Alcalde.—Cód. 2022-03804.