BOPA - Disposiciones

Consultar una disposición

Boletín Nº 96 del viernes 20 de mayo de 2022

AYUNTAMIENTOS

DE LANGREO

Anuncio. Modificación de la plaza de Inspector de Tributos a Administrativo y puesto de Inspector de Tributos a Gestor Administrativo Polivalente 1, de la Unidad de Rentas del Ayuntamiento.

Por los responsables de la Unidad de Rentas del Ayuntamiento de Langreo de Langreo, se informa de la necesidad de sustituir una plaza de Inspector/a de Tributos por uno de Administrativo, en base a las razones que expone, referidas fundamentalmente, de una parte: a la disminución de las tareas de inspección al pasar a gestionarse ciertos servicios por los Servicios Tributarios del Principado de Asturias y la tasa de agua por Aguas de Langreo, y, de otra: por el incremento de las labores Administrativas de la Unidad debido a la gestión de nuevas tasas y del sistema de gestión patrimonial del Ayuntamiento GPA, etc., concluye que es más oportuno en el momento presente incrementar el personal administrativo, dado que las tareas inspectoras de tributos existentes actualmente en la Unidad, pueden ser asumidas por un solo Inspector.

Primero.—En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la modificación de plaza y puesto de trabajo que se propone por los Responsables de la Unidad de Rentas, no supone incremento retributivo alguno, dado que tanto la plaza de Inspector, como la de Administrativo corresponden al mismo Subgrupo profesional, el C1, y la valoración en puntos de los dos puestos de trabajo afectados, es también igual, 1.533 puntos.

Por otra parte, la justificación técnica de la exigencia para el cambio de plaza y puesto de trabajo, se estima suficientemente justificado en el informe de los Responsables de la Unidad de Rentas, por lo que el alcance de la propuesta supondría modificar la Plantilla de Personal del Ayuntamiento de Langreo aprobada junto al Presupuesto de 2022 y publicada en el BOPA de fecha 1 de marzo de 2022, en lo referido al incremento, en Funcionarios, de una plaza más de Administrativo/a de Administración General, pasando de 11 a 12, si bien no procede de momento la minoración en las plazas de Técnico/a Auxiliar de Administración Especial, dado que la otra funcionaria con plaza en propiedad de Inspectora está ocupando otro puesto de trabajo por Libre Designación.

Segundo.—En lo referido a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, RPT, del Ayuntamiento de Langreo actualmente vigente, dado que la VPPT de los dos puestos afectados es la misma 1.533 puntos, tampoco se produce incremento retributivo alguno por la adopción de esta medida, y la modificación se limita a minorar el número de puestos homogéneos de la ficha del Puesto de Trabajo denominado: “Inspector/a de Tributos” Clave: 05.02.002, tal como se indica en la nueva ficha del puesto de trabajo que figura en el anexo I del presente informe, y, a añadir en la RPT un puesto de trabajo denominado “Gestor Administrativo Polivalente 1”con Clave: 05.02.003, con el contenido que figura en la ficha del nuevo puesto de trabajo, quedando modificada la Relación de Puestos de la Unidad de Rentas, tal como se indica:

1. Estructura actual de puestos de la Unidad:

05.02. Rentas.

05.02.001 Jefa/e de Rentas y Exacciones.

05.02.002 Inspector/a de Tributos.

05.02.003 Gestor/a Administrativo Polivalente A.

05.02.004 Gestor/a Administrativo Polivalente B.

2. Una vez se aplique la presente modificación, la Unidad pasará a estar configurada de la siguiente forma:

05.02. Rentas.

05.02.001 Jefa/e de Rentas y Exacciones.

05.02.002 Inspector/a de Tributos.

05.02.003 Gestor/a Administrativo Polivalente 1.

05.02.004 Gestor/a Administrativo Polivalente A.

05.02.005 Gestor/a Administrativo Polivalente B.

También resulta preciso modificar el Manual de Funciones de los Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Langreo, en lo referido a las tareas que deben ser desempeñadas por el ocupante del nuevo puesto de trabajo para establecer las tareas y funciones del nuevo puesto de trabajo que se crea en la Unidad de Rentas, con la denominación de: “Gestor Administrativo Polivalente 1”, con Clave: 05.02.003.

Tercero.—Que, respecto a las implicaciones económicas y financieras de la modificación de plantilla y puesto de trabajo que se propone, cabe indicar que no conlleva incremento económico alguno.

A los anteriores hechos, les son de aplicación los siguientes,

Fundamentos de derecho

I

La modificación de la plantilla que se propone por los Responsables de la Unidad de Rentas o la alteración de las características de cualquier puesto existente en la plantilla de personal, requiere la tramitación propia de la modificación del puesto, es decir, su reclasificación, acorde a lo que disponga la RPT, tal como se establece en el artículo 25 de la “Normativa Reguladora de la Clasificación del Personal, Catalogación, Provisión, Valoración y Retribución de los Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Langreo” publicada en el BOPA de fecha 4 de noviembre de 2005, que autoriza al Ayuntamiento a modificar los puestos de trabajo en cualquiera de las determinaciones previstas en la norma del catálogo, en todo momento y en base a las necesidades organizativas, siguiendo el procedimiento establecido en el citado artículo, por lo que resulta preciso elaborar los informes, consultar los sindicatos en el ámbito de las Mesas de Negociación del Ayuntamiento, siendo competente para resolver sobre el presente asunto, conforme a lo establecido en el artículo 22.1.i) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local, el Pleno del Ayuntamiento.

II

En apoyo normativo de la presente medida debe citarse lo establecido en el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 781/86, indicando que cabe la modificación de la plantilla durante la vigencia del presupuesto por el cambio de circunstancias o medidas o nuevas necesidades que obliguen a alterar la previsión inicialmente realizada, con respecto a la ampliación de plantilla, el citado artículo establece que la misma podrá realizarse siempre que “sea consecuencia del establecimiento o ampliación de servicios de carácter obligatorio que resulten impuestos por disposiciones legales”, que en el presente caso, vienen determinada tal como indican los responsables de la Unidad, por el incremento de las tareas de carácter administrativo, de un lado, y, por la disminución de las tareas de Inspección de Tributos.

En base a lo expuesto, en el Pleno Municipal del Ayuntamiento de Langreo de fecha 28 de abril de 2022, se ha acordado proceder a la modificación de la plaza de Inspector de Tributos a Administrativo y puesto de Inspector de Tributos a Gestor Administrativo Polivalente 1, de la Unidad de Rentas del Ayuntamiento.

Ver imagen asociada a la disposición

Ver imagen asociada a la disposición

Anexo III

FUNCIONES DEL PUESTO DE GESTOR ADMINISTRATIVO POLIVALENTE 1 DE RENTAS

05.02.003 Gestor/a Administrativo/a Polivalente 1

Funciones genéricas:

1. Velar por la correcta utilización, manipulación y control del material a su servicio, así como de su adquisición cuando sea necesario.

2. Verificar el funcionamiento de los programas informáticos propios del departamento, dando comunicación al/a la superior/a jerárquico/a, así como a la empresa suministradora.

3. Colaborar en otras tareas en caso necesario.

4. Atención al público.

Funciones específicas:

5. Asumir aquellas tareas de carácter administrativo propias del departamento, utilizando los medios técnicos existentes en la oficina y conforme a las instrucciones de su superior jerárquico.

6. Gestión y actualización del Padrón o los Padrones Tributarios que se le encomienden por sus superiores (altas, bajas, cambios de titularidad, domiciliaciones bancarias, etc.,) y de su facturación.

7. Tramitación de expedientes de cambio de titularidad de derechos de concesión, nichos, sepulturas, etc.

8. Tramitación de expedientes de declaración de caducidad de derechos, nichos, sepulturas, etc., generando la resolución correspondiente y la liquidación de tasas que procedan.

9. Generar Resoluciones de nueva concesión de nichos, sepulturas, etc., con los datos precisos que le sean suministrados por la Unidad o Unidades competentes y la liquidación de tasas correspondiente.

10. Dar de alta y tramitar los expedientes administrativos que se le encomienden, así como efectuar el registro de salida de las notificaciones y resoluciones.

11. Elaborar el anuncio para el BOPA, o BOE cuando sea preciso realizar cualquier tipo de publicación de contribuyentes, interesados, afectados, interesados, etc.

12. Colaborar en la gestión de la facturación y tramitación de los padrones tributarios que se le encomienden por los Responsables de la Unidad de Rentas.

13. Tramitar las facturas que competan a la Unidad de Rentas.

14. Colaborar en la gestión de las altas e inversiones en el aplicativo GPA de Gestión de Patrimonio, para su enlace con la contabilidad municipal y anexar al expediente la documentación que proceda.

15. Colaborar con la Inspección de Tributos en la revisión de Padrones Tributarios, y dar cuenta a esta de cualquier hecho que sea susceptible de expediente de inspección.

16. Atención al público en todas las materias específicas que tenga encomendadas.

Langreo, 10 de mayo de 2022.—La Alcaldesa.—Cód. 2022-03488.