OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR
Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se modifica la Resolución de 20 de diciembre de 2019 por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.
El 27 de diciembre de 2019 fue publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias la Resolución de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar para el período 2020-2022 (Modificada por Resolución de 15 de abril y de 18 de septiembre de 2020, de 30 de agosto de 2021 y de 22 de febrero de 2022)
Además de las subvenciones que se habían incluido en el mismo, se ha de incorporar cuatro nuevas subvenciones: Una Subvención nominativa al Ayuntamiento de Taramundi para promoción de encuentros sobre Vivienda y Envejecimiento Rural recogido en la Ley del Principado de Asturias 6/2021, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales y una serie de líneas vinculadas con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia: subvenciones para la realización de Actuaciones de Rehabilitación a nivel de Barrio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; una línea de ayudas al Alquiler Joven y una línea de subvenciones en régimen de concesión en concurrencia no competitiva denominado Bono Conect-as en el Principado de Asturias.
RESUELVO
Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar para el período 2020-2022, aprobado por Resolución de 20 de diciembre de 2019:
Primero.—En el anexo I (Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva), apartado Dirección General de Vivienda, en el objetivo estratégico de garantizar el acceso y permanencia en una vivienda digna y adecuada (Programa presupuestario 431 A), añadir el apartado D): Línea de Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Barrio del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia.
D) Línea de Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Barrio del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia.
— Sujeto: Ayuntamientos del Principado de Asturias
— Objeto de la subvención: financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominantemente residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP).
— Objetivos y efectos a conseguir: favorecer la rehabilitación de edificios y viviendas, para mejorar la eficiencia energética y aumentar la calidad de vida de sus habitantes; dinamizar la actividad económica y el empleo en estas zonas.
— Costes previsibles para su realización:
— 2022: 24.710.000, en anualidad 2022, con posibilidad de ampliación.
— Fuentes de financiación: Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, según Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Inversión C02.I01 “Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales”.
— Plazo de ejecución: plurianual (2022-2026).
— Plan de acción:
— Calendario: Primero, una convocatoria para la selección de proyectos a financiar, cuya publicación en el BOPA se prevé durante el primer semestre del año. Después, formalización de Acuerdos de Comisión Bilateral para la aprobación de la financiación.
— Requisitos para concurrir: El ámbito de actuación deberá estar delimitado territorialmente por acuerdo del órgano competente del correspondiente Ayuntamiento, y podrá ser continuo o discontinuo. Al menos un 50% de la edificabilidad sobre rasante, deberá tener como destino el uso residencial de vivienda habitual
— Forma de pago: se realizarán varios pagos, el primero anticipado tras la firma del Acuerdo y el resto según se vayan ejecutando las actuaciones, previa justificación a origen del gasto y según los términos previstos en el Acuerdo de Comisión Bilateral y en la Resolución de concesión de la subvención.
— Forma de justificación: en los términos previstos en el Acuerdo de Comisión Bilateral y en la Resolución de concesión de la subvención.
— Líneas básicas de las bases reguladoras: descripción de los requisitos que dan la posibilidad de acceder a la financiación de las propuestas.
— Número de convocatorias por ejercicio: una.
— Indicadores para el seguimiento y evaluación del Plan: número de solicitudes presentadas, número de expedientes concedidos, denegados, desistidos y revocados, número de edificios y viviendas beneficiarias e importe medio de las ayudas.
Segundo.—En el anexo II (Subvenciones en régimen de concesión directa: nominativas, con rango de Ley y excepcionales), apartado Dirección General de Vivienda, en el objetivo estratégico II.6, apoyar económicamente a Entidades Locales que desarrollan programas de acceso a la vivienda para colectivos vulnerables, añadir el apartado E): al Ayuntamiento de Taramundi para la promoción de encuentros sobre Vivienda y Envejecimiento Rural.
E) Línea de subvenciones: Al Ayuntamiento de Taramundi para promoción de encuentros sobre Vivienda y Envejecimiento Rural.
— Sujeto: Ayuntamiento de Taramundi
— Objeto: financiación de actuaciones de promoción de la participación y debate sobre la importancia de la vivienda y el envejecimiento rural, así como la conectividad y sostenibilidad de los hábitats en la recuperación de las zonas rurales.
— Objetivos a conseguir: realización de encuentros de intercambio de experiencias en las materias del objeto de la subvención, de carácter nacional e internacional.
— Importe:
— 2022: 15.000 €.
— Fuentes de financiación: Recursos propios de la Administración del Principado de Asturias.
— Aplicación presupuestaria: 16.05.431 A.465.088
Tercero.—En el anexo II (Subvenciones en régimen de concesión directa: nominativas, con rango de Ley y excepcionales), apartado Dirección General de Vivienda, añadir el objetivo estratégico III.7: garantizar el acceso y permanencia en una vivienda digna y adecuada, mediante la concesión de ayudas por adjudicación directa, con la incorporación de la siguiente Línea de subvenciones:
III.7.—Objetivo estratégico: garantizar el acceso y permanencia en una vivienda digna y adecuada.
A) Línea de Ayudas Bono Alquiler Joven.
— Objeto: ayudas directas para facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a las personas menores de 35 años con escasos medios económicos.
— Objetivos y efectos a conseguir: facilitar la emancipación y el disfrute de una vivienda digna a los menores de 35 años.
— Sector al que se dirige: personas físicas mayores de edad y tener hasta 35 años, incluida la edad de 35 años, en el momento de solicitar las ayudas.
— Costes previsibles para su realización:
— 2022: 6.600.000 €.
— Fuentes de financiación: Ministerio de Fomento y con posibilidad de financiación por el Principado de Asturias.
— Plazo de ejecución: plurianual 2022-2024 (ayudas para 24 meses)
— Plan de acción:
— Calendario: Convocatoria. Se prevé la publicación de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y su correspondiente extracto en el BOPA, durante el primer semestre.
— Requisitos para concurrir: ser titular, en calidad de arrendatario o cesionario, de un contrato de arrendamiento de vivienda o de cesión o de habitación, o estar en condiciones de suscribirlo; residir de forma habitual y permanente en la vivienda arrendada; no superar un umbral de ingresos expresado en número de veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM); no superar el importe de la renta de alquiler un límite máximo; no disponer de vivienda en propiedad ni de un derecho de uso/disfrute sobre otra en España ni tener relación de parentesco o ser socio/partícipe entre arrendador-arrendatario.
— Formas de pago: la subvención se abonará previa justificación de forma periódica.
— Formas de justificación: Acreditación documental de las mensualidades abonadas.
— Número de convocatorias por ejercicio: abierta hasta 30 de diciembre de 2023.
— Indicadores para el seguimiento y evaluación del Plan: número de solicitudes presentadas, número de personas beneficiarias, número de denegaciones y desistimientos, número de revocaciones e importe de la ayuda media por persona beneficiaria.
Cuarto.—Añadir un anexo III titulado “Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por medio del Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
Dirección General de gestión de derechos sociales.
Objetivo estratégico III.1: Realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en cumplimiento del convenio suscrito y firmado a fecha 16 de diciembre de 2021, entre la Administración General del Estado y la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por medio de Resolución de 21 de enero de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, denominado: proyecto piloto “Conect-As: Itinerarios de inclusión social digital en el Principado de Asturias” financiado con Fondos Next Generation en el marco de la Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”.
Con el cual se pretende impulsar la activación inclusiva social mediante la reducción de la brecha digital que sufren las personas en riesgo de pobreza y exclusión social, en concreto, las personas beneficiarias de rentas mínimas: el Ingreso Mínimo Vital (IMV), el Salario Social Básico (SSB) o ambas en su caso.
A) Línea de subvenciones en régimen de concesión en concurrencia no competitiva Bono Conect-as, sujetas a orden de entrada:
— Sujeto: Las personas físicas que residan en el Principado de Asturias que sean beneficiarias de Ingreso Mínimo Vital y/o de salario social básico, entre 18 y 65 años.
— Objeto: Ayuda económica de 1.000 euros para la adquisición de dispositivo y conexión a Internet.
— Objetivos a conseguir: Eliminar la brecha digital.
— Importe: 3.000.000 euros.
— Fuentes de financiación: Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social en el marco del PRTR. Incorporada a los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el ejercicio 2022 y 2023, cuyas partidas económicas están financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el PRTR de España.
— Presupuesto del Principado de Asturias del ejercicio 2022: Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”.
— Partida presupuestaria: 1604313A484290.
Quinto.—Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 22 de marzo de 2022.—La Consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Melania Álvarez García.—Cód. 2022-02211.