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Boletín Nº 31 del martes 15 de febrero de 2022

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA

Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se rectifica error advertido en la Resolución de 17 de enero de 2022, por la que se procede a la cuarta concesión de las subvenciones correspondientes al programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial en el Principado de Asturias.

Antecedentes de hecho

Primero.—Mediante Resolución de 17 de enero de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, se procede a la cuarta concesión de las subvenciones correspondientes al programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial en el Principado de Asturias.

Segundo.—Publicada la referida resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA núm. 20 de 31-01-2022), se advierte error material a la hora de describir una de las actuaciones en el anexo I.

Fundamentos de derecho

Primero.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica, es competente para la resolución del presente expediente de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, el artículo 3 Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se establece el régimen general de concesión de subvenciones en el ámbito del Principado de Asturias, el Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma y el Decreto 81/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica.

Segundo.—El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone que “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, mencionados y que son de aplicación, por la presente,

RESUELVO

Único.—Rectificar el error advertido en la Resolución de 17 de enero de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se procede a la cuarta concesión de las subvenciones correspondientes al programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial en el Principado de Asturias en el siguiente sentido:

En el anexo I de la resolución:

Donde dice:

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Debe decir:

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En Oviedo, a 7 de febrero de 2022.—El Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica, Enrique Fernández Rodríguez.—Cód. 2022-00951.