AUTORIDADES Y PERSONAL
CONSEJERÍA DE SALUD
SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se hace público el desistimiento del único participante en el proceso de movilidad voluntaria abierto y periódico, para el acceso a plazas estatutarias de la categoría de Facultativo Especialista de Área en Dermatología Medicoquirúrgica y Venereología.
Por Resolución de 27 de noviembre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, fueron aprobadas las bases generales del proceso de movilidad abierto y periódico, para el acceso a plazas de personal estatutario del Servicio de Salud del Principado de Asturias. (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 30 de noviembre de 2018.)
Con fecha 20 de abril de 2021 se hace pública en la página corporativa de Astursalud la relación de plazas que podrán ser objeto de adjudicación en el primer ciclo de adjudicación del año 2021.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y realizada la valoración de méritos alegados por los concursantes, esta Dirección Gerencia, hizo público el listado provisional de puntuaciones y adjudicación de destinos funcionales convocados, disponiendo un plazo de quince días hábiles para que los interesados pudieran efectuar las alegaciones que estimaran pertinentes.
Transcurrido el plazo conferido al efecto, y vistas la renuncia expresamente efectuada por el único participante, procede publicar la aceptación de la misma.
Esta Dirección Gerencia en base a las atribuciones conferidas en el artículo 128 de la Ley del Principado de Asturias 7/2019, de 29 de marzo, de Salud,
RESUELVE
Primero.—Hacer pública la aceptación del desistimiento a seguir participando en el proceso de movilidad voluntaria abierto y periódico para el acceso a plazas estatutarias de la categoría de Facultativo Especialista en Dermatología Medicoquirúrgica y Venereología.
Segundo.—De acuerdo a lo establecido en la Base 9.ª, apartado 2 de la convocatoria, la publicación de la Resolución definitiva servirá de notificación a los interesados, iniciándose desde esta publicación los plazos establecidos para que los afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.
Tercero.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, así como en el portal corporativo de Astursalud (www.astursalud.es).
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Salud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Oviedo, a 5 de agosto de 2021.—La Directora Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias.—Cód. 2021-07718.
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