BOPA - Disposiciones

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Boletín Nº 31 del martes 16 de febrero de 2021

AYUNTAMIENTOS

DE CANGAS DEL NARCEA

Anuncio. Extracto de la convocatoria de subvención de ayudas a familias con dificultades económicas con menores a cargo: Programa de protección a la familia y atención a la pobreza infantil.

BDNS (Identif.): 548308.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/548308).

Primero.—Objeto y finalidad.

La presente convocatoria tienen por objeto regular la concesión en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas económicas directas a familias o unidades de convivencia con hijos menores a su cargo, siempre que exista una convivencia efectiva y los progenitores no hayan sido privados o suspendidos de la patria potestad, cuando se confirme que la unidad familiar se encuentra en situación de privación material severa, riesgo de pobreza, carencia material y baja intensidad de empleo, atendiendo al indicador propuesto por la Unión Europea AROPE (Estrategia Europea 2020), de riesgo de pobreza o exclusión social.

Segundo.—Beneficiarios y Requisitos Generales.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas económicas, las familias o unidades de convivencia con hijos menores a cargo, siempre que cumplan los siguientes requisitos generales:

• Estar empadronados en el Municipio de Cangas del Narcea al menos tres meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.

• Encontrarse en una situación de privación material severa, por no disponer de ingresos superiores al umbral de pobreza (indicador AROPE).

• Autorizar el seguimiento por parte de los Servicios Sociales Municipales.

A estos efectos se entiende como unidad convivencial, todas las personas que residen en el mismo domicilio con primer grado de parentesco por consanguinidad o afinidad. En caso de separación legal o divorcio de los padres, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el solicitante, sin perjuicio de que en la renta familiar se incluya su posible contribución económica. No obstante en su caso, tendrá la consideración de miembro computable, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiar.

Se tendrán en cuenta todos los ingresos económicos obtenidos en los últimos seis meses del año 2020, a fin de estimar la media mensual y aplicar el baremo correspondiente según la composición de la unidad familiar.

A estos ingresos se podrán deducir los gastos correspondientes al alquiler o hipoteca, siempre y cuando se estén abonando en el momento de presentar la solicitud.

Tercero.—Criterios objetivos de otorgamiento de subvención y bases reguladoras.

Los criterios objetivos de otorgamiento de subvención y las bases reguladoras se aprobaron junto con la convocatoria por Resolución de Alcaldía de fecha 5 de febrero del 2021 y se publicaron en la web Municipal.

Cuarto.—Cuantía.

La cuantía global de esta convocatoria es de 5.429,90 €. El Ayuntamiento de Cangas del Narcea podrá conceder una ayuda por una cuantía de 775,7 € de pago único a cada unidad familiar que reúna los requisitos contemplados en la presente convocatoria, hasta un máximo de 7 familias.

Quinto.—Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

Las personas interesadas deberán presentar la solicitud, en el modelo oficial, en el Centro de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, que será el Órgano encargado de su valoración.

El Plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases y convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Cangas del Narcea, a 5 de febrero de 2021.—El Alcalde-Presidente.—Cód. 2021-01371.