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Boletín Nº 17 del miércoles 22 de enero de 2014

JUZGADOS DE LO SOCIAL

DE AVILÉS NÚMERO 1

Edicto. Procedimiento ordinario 756/2013.

Demandante: D. José Manuel Álvarez Cabadas.

Demandado: Electro Sol Avilés, S.L., Fondo de Garantía Salarial Fogasa.

D.ª María Dolores Cepeda Galicia, Secretaria del Juzgado de lo Social número 1 de Avilés,

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D. José Manuel Álvarez Cabadas contra Electro Sol Avilés, S.L., en reclamación por ordinario, registrado con el n.º procedimiento ordinario 0000756/2013 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Electro Sol Avilés, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social 1, situado en c/ Marcos del Torniello 27-2.ª el día 25 de marzo de 2014 a las 10:10 horas, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Electro Sol Avilés, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y colocación en el tablón de anuncios.

En Avilés, a 13 de enero de 2014.—La Secretaria Judicial.—Cód. 2014-00753.