AYUNTAMIENTOS
DE TARAMUNDI
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2005, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero.—Aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de los siguientes tributos:
a) Impuestos:
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
b) Tasas:
- Tasa por utilización de la Casa de Cultura.
- Tasa por la utilización de Piscinas, Instalaciones Deportivas y otros servicios análogos.
- Tasa por la utilización de la Báscula Municipal. Fundamento y Régimen.
- Tasa por distribución de agua, incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores.
- Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas.
- Tasas por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas y elementos auxiliares con finalidad lucrativa.
- Tasa por entradas o pasos de vehículos a través de la vía pública y reservas de la misma para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías de cualquier clase.
Segundo.—Exponer al público los presentes acuerdos provisionales durante treinta días, mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Tercero.—Elevar automáticamente a definitivos los acuerdos provisionales en el caso de que no fueran formuladas reclamaciones contra los mismos.
El texto de los artículos que se modifican de las Ordenanzas en vigor es el siguiente:
Anexo (Véase en formato PDF, únicamente las distintas ordenanzas municipales de este ayuntamiento publicadas en este número del BOPA)