Boletín Nº 296 del sábado 24 de diciembre de 2005
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Visto el testimonio de la Sentencia dictada con fecha 9 de septiembre de 2005 por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso contencioso-administrativo número 1090/2000, interpuesto por Duro Felguera, S.A., contra el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Asturias y como parte codemandada el Principado de Asturias, versando el recurso sobre acuerdo que fijó el justiprecio de finca expropiada afectada por las obras de construcción del Corredor del Nalón.
RESUELVO
Primero.—Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sentencia de referencia cuyo tenor literal es el siguiente:
En atención a todo lo expuesto, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha decidido:
“Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo formulado por la representación procesal de “Grupo Duro Felguera, S.A.”, contra el acuerdo impugnado que se anula en el único sentido de fijar el justiprecio de la partida correspondiente a 2.790 m2 de suelo en la suma de 16.767,90 euros, manteniéndose dicho acuerdo en todo lo demás.
Los intereses se devengarán en la forma que en el quinto fundamento de la presente resolución se dispone.
Y sin expresa imposición de las costas procesales.”
Segundo.—Ordenar la publicación de la presente resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.
En Oviedo, a 25 de noviembre de 2005.—El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras.—20.248.