BOPA - Disposiciones

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Boletín Nº 295 del viernes 23 de diciembre de 2005

AYUNTAMIENTOS

DE LLANES

Doña Esther Bustillo Palacios, Tercera Teniente de Alcalde, Alcaldesa-Presidenta en funciones, en uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003 y concordantes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de la delegación genérica para las áreas de licencias urbanísticas, obras, patrimonio y vivienda, conferida por la Alcaldía mediante resolución de 25 de mayo de 2004 (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 9-7-2004), abarcando tal facultad el dirigir los servicios correspondientes, como la de gestionar en general. Incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, resuelvo:

Considerando que por resolución de la Alcaldía en fecha 4 de octubre de 2005, se aprobó inicialmente la propuesta de “Convenio para la adquisición del 10% del Ayuntamiento en la Unidad de Actuación UA.L10 San Antón (Llanes)” a instancia de Metrovacesa, S.A., en los términos establecidos en el artículo 119.2 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, sometiendo el expediente a información publica, por plazo de un mes, en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de fecha 23 de mayo de 2005, diario “El Comercio” de 7 de octubre, así como en el tablón de anuncios municipal.

Considerando que durante dicho período no se presentó alegación o reclamación alguna.

Considerando la competencia prevista en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, resuelvo:

Primero.—Aprobar definitivamente la propuesta de “Convenio para la adquisición del 10% del Ayuntamiento en la Unidad de Actuación UA-L.10 San Antón (Llanes)” a instancia de Metrovacesa, S.A.

Segundo.—Se proceda a la publicación íntegra del texto del convenio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Tercero.—Se notifique la presente resolución a todos los interesados en el procedimiento, con instrucción de recursos.

Llanes a 29 de noviembre de 2005.—La Alcaldesa en funciones.—20.352.

Anexo

Convenio urbanístico de conversión a metálico de los aprovechamientos urbanísticos correspondientes a la Administración

En Llanes, a 30 de septiembre de 2005.

Reunidos, de una parte, la Ilma. Sra. doña Dolores Alvarez Campillo, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Llanes, asistida del Secretario de la Corporación, don Santiago Fernández Molpeceres.

De otra parte, don Enrique García Méjica, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en Oviedo, calle Uría, número 30, piso 3.º y con CIF 71.858.724-P.

Intervienen:

La Ilma. Sra. Doña Dolores Alvarez Campillo, con la asistencia antes indicada, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Llanes, en uso de las facultades que legalmente tiene conferidas y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local y concordantes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Y don Enrique García Méjica, en nombre y representación, como apoderado, de la mercantil Metrovacesa, S.A., con domicilio social en Madrid, plaza de Carlos Trias Bertrán, número 7, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 795, folio 70, sección 8.ª, hoja M-16.163.

Hace uso del poder otorgado a su favor ante el Notario de Madrid, don Luis de la Fuente O’Connor, con fecha 12 de noviembre de 2003, bajo el número 3154 del orden de su protocolo. Se adjunta como anexo 1, copia del citado poder.

La citada entidad fue constituida, con la denominación de Compañía Inmobiliaria Metropolitana, S.A., en escritura autorizada por el Notario que fue de Madrid don Dimas Adanes y Hornajuelo, el 28 de marzo de 1935, y adaptados sus estatutos a la Ley de 17 de julio de 1951, en otra escritura otorgada el 11 de junio de 1953 ante el que también fue Notario de esta capital, don Luis Hernández González, e inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, a los folios 167 y 175 del tomo 258 de sociedades, hoja número 7037, con C.I.F. número A-28017804.

Adoptó la denominación de Inmobiliaria Metropolitana Vasco Central, S.A., como se refleja y consta en la escritura autorizada por el que fue Notario de Madrid, don José María Alvarez Vega, el día 1 de agosto de 1989, con el número 6112 de su protocolo, por virtud de la cual se ha fusionado con las también sociedades anónimas Compañía Urbanizadora Metropolitana, S.A. e Inmobiliaria Vasco Central, S.A.

(Vacesa), habiendo aquélla absorbido a estas dos y adquirido en bloque la integridad de sus patrimonios, y cuya escritura de fusión por absorción se inscribió en dicho Registro Mercantil, causando la inscripción 128, al folio 8 del tomo 339 general, 321 de la sección 3 del Libro de Sociedades, hoja 7037-I.

Adaptada a la Ley 19/89, en escritura también otorgada ante el mismo Notario, Sr. Alvarez Vega, el día 6 de noviembre de 1990, con el número 6859 de orden de su protocolo, que se inscribió en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 795 general, folio 1, hoja número M-16163, inscripción 159.

Cambiada su denominación por la actual, en escritura otorgada ante el mismo Notario el día 13 de mayo de 1998, con el número 2164 de su protocolo; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 795, folio 70, sección 8.ª, hoja M-16163, inscripción 270.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente convenio urbanístico, a cuyo efecto, exponen:

I.—Que la entidad mercantil Metrovacesa S.A. es propietaria en pleno dominio de la finca urbana, sita en el término municipal e Llanes, Asturias, al sitio denominado de San Antón, que comprende una superficie de treinta y seis áreas de cabida y cuyos linderos son: Norte, calle de Marquesa de Argüelles, en una línea de 42 metros aproximadamente; Sur, carretera de la playa de Toró; Este, Moracita y Sr. Sánchez García, y Oeste, José Gonzalo y herederos de Antonio Díaz.

La finca está inscrita en el Registro de la Propiedad de Llanes al tomo 1103, al libro 734, folio 44, finca 80750.

II.—Que el citado terreno, de conformidad con el Plan General de Ordenación Urbana de Llanes, que fue aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias, en su sesión de fecha 10 de julio de 2002, publicado en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 29 de agosto de 2002, aprobándose el 15 de abril de 2003 el texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana, constituye la Unidad de Actuación L.10 San Antón, del citado Plan General, de suelo urbano no consolidado y con categoría de edificación abierta.

III.—Que en desarrollo del Plan General la mercantil Metrovacesa, S.A., presentó ante el Ayuntamiento de Llanes estudio de detalle de la citada Unidad de Actuación para el desarrollo urbanístico de la misma, que fue aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno Municipal de 25 de septiembre de 2004.

El Plan General de Ordenación Urbana de Llanes contempla como objetivo de la ordenación la apertura de una nueva calle de unión del Paseo de San Antón con la Avenida de Toró; en su virtud, el estudio de detalle mencionado contempla la cesión de una parcela de 820,30 metros cuadrados destinada a viario rodado y peatonal.

Al propio tiempo y dada la calificación del suelo comprendido en la Unidad de Actuación UA-L.10 como suelo urbano no consolidado, le resulta de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119.2 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo, una cesión de 537,60 metros cuadrados de edificabilidad residencial sobre rasante, libre de costes de urbanización, en concepto de cesión al Ayuntamiento del 10% del aprovechamiento medio del ámbito correspondiente.

IV.—Que en ejecución del planeamiento, la mercantil Metrovacesa, S.A., presentó ante el Ayuntamiento de Llanes proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación, que fue aprobado definitivamente por resolución de la Alcaldesa- Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Llanes, con fecha de 15 de febrero de 2005. En virtud del citado proyecto se obtienen dos parcelas; la parcela n.º 1 de 2.763,60 metros cuadrados de superficie cuyo adjudicatario es Metrovacesa S.A. (en adelante parcela n.º 1) y la parcela n.º 2 destinada a viario rodado y peatonal cuyo adjudicatario es el Ayuntamiento de Llanes (en adelante parcela de cesión). Se adjunta como anexo n.º 2 plano de parcela de cesión.

V.—Que teniendo en cuenta las dimensiones de la parcela edificable definida en el Plan General y la gran complejidad de aislar en un edificio independiente el aprovechamiento lucrativo correspondiente a la Administración, el Ayuntamiento propuso en resolución de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación, al amparo de lo dispuesto en los artículos 119.2 y 210 y siguientes del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, la suscripción de un convenio urbanístico a fin de que el propietario único de la U.A-L. 10 Metrovacesa, S.A., pueda adquirir el citado aprovechamiento mediante la correspondiente monetarización.

VI.—Que con fecha 29 de abril de 2005, Metrovacesa S.A., ha presentado ante el Ayuntamiento de Llanes el “Proyecto del reformado básico y proyecto de ejecución de edificio para viviendas y garajes” relativo a la parcela n.º 1 con la ordenación de 60 viviendas distribuidas en dos bloques sobre rasante y dos plantas de sótano bajo rasante, denominados sótano 1 y sótano 2.

VII.—Con el fin de consensuar las previsiones urbanísticas municipales sobre el citado terreno con la necesidad del Ayuntamiento de acondicionar el aparcamiento público sito en el bajo rasante del edificio colindante a la parcela de cesión y los intereses privados, las partes han acordado, previo informe de los servicio municipales, que la cesión acordada se materialice mediante (I) la cesión de las 52 plazas de aparcamiento de titularidad de Metrovacesa, S.A., sitas en el sótano 1 descrito en el expositivo anterior, libres de cargas y gravámenes y debidamente acondicionadas y preparadas como aparcamiento público; (II) la ejecución de doce plazas de garaje, que computarán al efecto de dar cumplimiento a la dotación de plazas de garaje que el Plan General exige en la Unida de Actuación, que se localizan en el bajo rasante de la parcela de cesión descrita en el expositivo IV y que son de titularidad publica; (III) la ejecución de los accesos al sótano 1 y sótano 2 y al aparcamiento de titularidad municipal sito en el bajo rasante del edificio colindante con la parcela de cesión, y (IV), las obras de acondicionamiento parcial del citado aparcamiento de titularidad municipal que más adelante se dirá.

Se adjunta como anexo 3, plano del sótano 1 en el que se han marcado las 52 plazas de garaje que Metrovacesa, S.A., cede al Ayuntamiento; las plazas de titularidad municipal sitas en el bajo rasante de la parcela de cesión, así como los accesos más arriba mencionados.

En virtud de todo lo expuesto, los comparecientes, a fin de dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la resolución de aprobación del proyecto de reparcelación, han decidido formular un convenio urbanístico sin afectar a las competencias administrativas referentes a la aprobación de instrumentos de planeamiento, conforme a las siguientes estipulaciones:

Primera.—El Ayuntamiento de Llanes, mediante la resolución de la Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de Llanes, de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación UA-L.10, de fecha 15 de febrero de 2005, ha acordado la monetarización de la cesión del 10% del aprovechamiento lucrativo correspondiente a la Unidad de Actuación UA-L.10 de Llanes, esto es, la sustitución en metálico de los 537,60 metros cuadrados de edificabilidad residencial sobre rasante, que los servicios técnicos municipales han valorado en 371.953,64 euros.

Segunda.—Las partes acuerdan que Metrovacesa, S.A., abone dicha cantidad mediante:

a) La cesión del pleno dominio de las 52 plazas de aparcamiento de su titularidad sitas en el sótano 1 descrito en el expositivo VI, libres de cargas, gravámenes y debidamente acondicionadas y preparadas como aparcamiento público. Las citadas plazas se cederán al Excmo.

Ayuntamiento de Llanes mediante el otorgamiento de la correspondiente acta de cesión. Dicho otorgamiento tendrá lugar ante el Notario de Llanes don Juan Manuel Muruzabal Elizondo, en el plazo de 45 días, a contar desde la fecha en que Metrovacesa, S.A., comunique al Ayuntamiento de Llanes que se ha practicado la inscripción en el Registro de la Propiedad de la declaración de obra nueva y división horizontal de la parcela de uso residencial.

b) La ejecución a su costa de 12 plazas de garaje en el subsuelo de la parcela de cesión descrita en el expositivo IV. Dichas plazas de garaje de titularidad pública se computarán al efecto de dar cumplimiento a la dotación de plazas de garaje que el Plan General exige en la Unidad de Actuación.

c) La ejecución a su costa del acceso al sótano 1, al sótano 2 y al aparcamiento de titularidad municipal sito en el bajo rasante del edificio colindante con la parcela de cesión.

d) El acondicionamiento del citado aparcamiento municipal en la forma y con las calidades e infraestructuras que se indican en el proyecto para el acondicionamiento del aparcamiento público, que se adjunta como anexo 4 y que a continuación se dirán, siendo el presupuesto aproximado de todas las actuaciones de la presente partida, incluidos gastos e impuestos, la cantidad de 37.153,64 euros. Las actuaciones previstas son las siguientes:

— Instalación eléctrica consistente en la inclusión de la luminaria exigida por la normativa que resulte de aplicación.

— Colocación de extintores de polvo químico exigida por la normativa que resulte de aplicación.

— Pavimentación a base de microaglomerado asfáltico en caliente de 5-6 cm de espesor.

— Señalización horizontal y vertical con marcado de línea al clorocaucho.

— Colocación de portón automatizado previa demolición de fábrica de ladrillo.

El plazo de ejecución de las obras descritas en los tres puntos anteriores será, aproximadamente, de 18 meses a contar desde la fecha de notificación Metrovacesa, S.A., de la aprobación del presente convenio.

Metrovacesa, S.A., comunicará fehacientemente al Excelentísimo Ayuntamiento de Llanes la conclusión de las citadas obras mediante la entrega de la certificación final de obra emitida por la dirección facultativa, entendiéndose dicha notificación como acto de entrega de las obras descritas en los apartados b), c) y d) anteriores, previo informe técnico y resolución de aceptación.

El mantenimiento y conservación de las 64 plazas de aparcamiento, de las rampas de acceso al sótano 1 y al aparcamiento público y de las obras realizadas en el aparcamiento público, una vez ejecutadas las obras más arriba descritas, será de cuenta y cargo del Ayuntamiento de Llanes desde la fecha del acta de cesión.

Tercera.—En el supuesto de precisarse de avales para garantizar la ejecución de las obras, la cuantía de los mismos será de un máximo de 371.953,64 euros. Los avales que presente Metrovacesa, S.A., podrán ser cancelados parcialmente y de forma anticipada a medida que se vayan reduciendo las cantidades avaladas como consecuencia de la ejecución de las obras.

Cuarta.—Con la aprobación definitiva del presente convenio se da puntual cumplimiento a la obligación impuesta en el artículo 119 del texto refundido.

Quinta.—El Ayuntamiento de Llanes colaborará mediante el apoyo técnico y agilización de trámites, en la gestión y total desarrollo de las obras descritas en el presente convenio.

De igual modo agilizará los trámites para la concesión de todo tipo de licencias y autorizaciones administrativas.

Sexta.—El presente convenio se regirá por el Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, y sus disposiciones de desarrollo y, de forma supletoria, por las normas y principios generales del Derecho Civil.

Séptima.—El texto del presente convenio será publicado en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y un ejemplar del mismo se remitirá al Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística de Asturias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 213 del texto refundido.

Leído el presente convenio y en prueba de conformidad lo firman ambas partes, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha reseñados al principio.