BOPA - Disposiciones

Consultar una disposición

Boletín Nº 295 del viernes 23 de diciembre de 2005

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA

Examinado el correspondiente expediente, tramitado por la Viceconsejería de Ciencia y Tecnología, de la convocatoria pública para la concesión de ayudas para la ejecución de proyectos de investigación básica durante el período 2005-2007.

Antecedentes administrativos

Primero.—El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, en su reunión del día 23 de diciembre de 2004, autorizó, mediante expediente de trámite anticipado de gasto, un gasto plurianual por importe global de 1.800.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05-541 A-789.000, para hacer frente a las obligaciones económicas derivadas de la convocatoria de ayudas para la ejecución de proyectos de investigación básica durante el período 2005-2007, de acuerdo con la siguiente distribución por anualidades.

Año 2005: 700.000 euros.

Año 2006: 550.000 euros.

Año 2007: 550.000 euros.

Segundo.—Por Resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de fecha 29 de diciembre de 2005 (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 14 de enero de 2005) se aprobó la convocatoria pública para la concesión de ayudas para la ejecución de proyectos de investigación básica durante el período 2005-2007, contabilizándose el documento contable “A” CONTA2005 1500000659.

Tercero.—Mediante Resolución de 26 de octubre de 2005 se modificó la Resolución de 29 de diciembre de 2004 por la que se aprueba la convocatoria de referencia, ampliando el crédito previsto en su resuelvo tercero para financiar la misma, que se incrementa en la cantidad de 1.350.000 euros, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Año 2006: 950.000 euros.

Año 2007: 400.000 euros.

Cuarto.—A la vista de las solicitudes presentadas, la Comisión de Evaluación y Selección, constituida de conformidad con lo establecido en la base 9.2, en atención a la evaluación científico-técnica realizada por la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP), de las disponibilidades presupuestarias y de los aspectos recogidos en la base 9.2 de las que rigen la convocatoria, formuló, en su sesión de fecha 2 de noviembre de 2005, propuesta de adjudicación provisional en los términos recogidos en la base 9.3 de las que rigen la convocatoria.

Quinto.—Examinadas las alegaciones recibidas, la Comisión de Selección, en su sesión de fecha de 28 de noviembre de 2005, elevó al titular de la Consejería de Educación y Ciencia propuesta definitiva de adjudicación de ayudas.

Sexto.—Con fecha 1 de diciembre de 2005 la Intervención Delegada fiscalizó el gasto de conformidad.

Vistos:

• Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

• Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

• Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico del Principado de Asturias.

• Decreto Legislativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del régimen económico y presupuestario del Principado de Asturias.

• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

• Ley del Principado de Asturias 5/2004, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2005.

• Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones del Principado de Asturias.

• Bases de la convocatoria.

• Contrato de consultoría y asistencia formalizado entre la Consejería de Educación y Ciencia y la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnología (FICYT), con fecha 1 de abril de 2005, en el que se configura a dicha Fundación como entidad colaboradora del Principado de Asturias en la realización de funciones derivadas de la gestión de las subvenciones y ayudas que financien los proyectos de investigación y demás actividades a llevar a cabo en desarrollo del Plan de I+D+I o Plan de Ciencia Tecnológica e Innovación del Principado de Asturias.

Haciendo uso de las competencias que me han sido atribuidas por la normativa citada y demás disposiciones de general aplicación, por la presente,

R E S U E L V O

Primero.—Conceder las ayudas para la ejecución de proyectos de investigación básica durante el período 2005-2007 a los proyectos que se relacionan en el anexo a la presente Resolución, por los importes y con arreglo a las condiciones que en el mismo se establecen.

Segundo.—Denegar el resto de las solicitudes presentadas por no alcanzar la prioridad impuesta por la concurrencia competitiva.

Tercero.—Fijar como fecha de inicio de ejecución de los proyectos, a efectos de la convocatoria, el día de aceptación de la propuesta provisional de la ayuda.

Cuarto.—El importe de las ayudas concedidas que asciende, para la totalidad del período 2005-2007, a un máximo global de 3.149.932,66 euros, será transferido a la FICYT o a la entidad colaboradora contratada al efecto, en los términos estipulados en la base 13.1 de las que rigen la convocatoria, para su posterior pago a las entidades beneficiarias de las ayudas. Del importe total reseñado, los 699.987,14 euros correspondientes al año 2005 irán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 15.05-541A-789.000 del estado de gastos de la Ley del Principado de Asturias 5/2004, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para el año 2005.

Los 1.499.948,17 euros correspondientes al año 2006 y los 949.997,35 euros correspondientes al año 2007 irán financiados con cargo a idéntica aplicación o aquella que financie el Plan I+D+I de Asturias en la Ley de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para los años 2006 y 2007.

Quinto.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, surtiendo esta publicación los efectos propios de la notificación de la misma de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5. b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Sexto.—Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el Ilmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 3 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

En Oviedo, a 2 de diciembre 2005.—El Consejero de Educación y Ciencia, José Luis Iglesias Riopedre.—20.359.

Anuncio (Véase en formato PDF)