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Boletín Nº 217 del lunes 19 de septiembre de 2005

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y EMPLEO

En el expediente para la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de Jefe del Servicio de Seguimiento del Mercado Laboral:

Antecedentes de hecho

Primero.—Por Resolución de la Consejería de Industria y Empleo de 15 de junio de 2005 (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 6 de julio de 2005) se convocó, para su provisión por el procedimiento de libre designación, el puesto de Jefe del Servicio de Seguimiento del Mercado Laboral.

Segundo.—Una vez examinadas las solicitudes y méritos alegados por los funcionarios de carrera participantes en la citada convocatoria, por el Director General de Promoción de Empleo se formuló propuesta de nombramiento a favor de doña Teresa Ayesta Gallego.

Fundamentos de derecho

Primero.—El artículo 17.a) en relación con el artículo 51, ambos de la Ley 3/85, de 26 de diciembre, de Ordenación, de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, atribuye a los Consejeros la competencia de provisión de los puestos de libre designación.

Segundo.—Los artículos 2 y 21 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Promoción Profesional y Promoción Interna de los Funcionarios de la Administración del Principado, aprobado por Decreto 22/93, de 29 de abril, regulan el procedimiento de libre designación.

A la vista de los antecedentes de derecho y los fundamentos de derecho expuestos, por la presente,

R E S U E L V O

Primero.—Designar a doña Teresa Ayesta Gallego, con DNI: 30.600.364, para desempeñar el puesto de Jefa del Servicio de Seguimiento del Mercado Laboral, dependiente de la Dirección General de Promoción de Empleo de la Consejería de Industria y Empleo, con las características que lo configuran en la vigente relación de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias, aprobada por acuerdo de 26 de mayo de 2005, del Consejo de Gobierno (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 9 de junio).

Segundo.—Dar traslado de la presente Resolución a la interesada y a la Dirección General de la Función Pública, a los efectos oportunos, así como al BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias para su publicación, computándose a partir de la fecha en que la misma se produzca los plazos establecidos en el artículo 18 del Decreto 22/93, de 29 de abril.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la previa interposición, con carácter potestativo, de recurso de reposición ante el Consejero de Industria y Empleo en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, no pudiendo simultanearse ambos recursos, y ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

Oviedo, a 6 de septiembre de 2005.—El Consejero de Industria y Empleo, Graciano Torre González.—15.058.