BOPA - Disposiciones

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Boletín Nº 215 del viernes 16 de septiembre de 2005

AYUNTAMIENTOS

DE GIJON

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Jefatura del Servicio de Gestión de Ingresos del Ayuntamiento de Gijón, órgano instructor de los mismos, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificacion en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones (Servicio de Gestión de Ingresos) de este Ayuntamiento, ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones o proponer pruebas, se dictarán las correspondientes resoluciones sancionadoras, de conformidad con lo dispuesto en el art. 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (R.D. 1398/93, de 4 de agosto).

Forma y lugar de pago:

1. En metálico en la Tesorería Municipal, sita en el Edificio Administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, c/ Cabrales, número 2.

Horario: De lunes a viernes, de 9 a 17 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas).

Sábados, de 9 a 13 horas (excepto meses de julio y agosto, que será de 9 a 14 horas).

2. Enviando giro postal a la Tesorería Municipal (Ayto.

de Gijón, plaza Mayor), haciendo constar claramente en el documento “talón para destinatario”, epígrafe “texto”, el número de boletín de denuncia y/o número de expediente y matrícula.

LEP: Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

LRE: Ley de Residuos.

LSC: Ley de Seguridad Ciudadana.

OMA: Ordenanza Municipal de Animales de Compañía.

OMH: Ordenanza Municipal de Terrazas.

OML: Ordenanza Municipal de Limpieza.

OMT: Ordenanza Municipal de Transporte Escolar Urbano.

OTR: Ordenanza Municipal de Circulación y Transportes (1/8/02).

RAR: Reglamento de Armas.

TAP: Ley de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

VAM: Ley sobre Prohibición de Venta de Alcohol a Menores de 16 años.

Anexo (Véase en formato PDF)

Gijón, a 30 de agosto de 2005.—La Jefa del Servicio de Gestión de Ingresos P.D. (Resolución de 26-7-2005).—14.618(8).