Boletín Nº 214 del jueves 15 de septiembre de 2005
AYUNTAMIENTOS
DE COAñA
Resultando:
a) Que la tramitación de asuntos, el funcionamiento de los servicio y oficinas municipales, así como la eficacia de los actos administrativos, no han de verse afectados en aquellos casos en que el titular de la Alcaldía no pueda ejercer sus funciones por ausencia, enfermedad o impedimento.
b) Que este Alcalde se ausentará del Concejo para disfrutar de un período vacacional en las fechas que se dirán.
Considerando:
a) Que de acuerdo con el artículo 43.3 y 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), el Alcalde puede efectuar delegaciones genéricas, y conforme al artículo 47 corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento al Alcalde en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, si bien tales funciones no podrán ser asumidas sin expresa delegación, que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44.
b) Que en el citado artículo 44 se exige que la delegación contenga el ámbito de los asuntos, las facultades que se delegan y las condiciones específicas del ejercicio de las mismas, debiendo publicarse en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y dando cuenta al Pleno.
En su virtud, resuelvo:
Primero.—Delegar todas las atribuciones del cargo de Alcaldía en la Primera Teniente de Alcalde, María Rocío Fernández Rodríguez, desde el 19 al 26 de septiembre de 2005, ambos inclusive.
Segundo.—Dar cuenta a los interesados, al Pleno en la primera sesión que se celebre y publíquese en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.
Dado en Coaña, a 2 de septiembre de 2005.—El Alcalde. —14.931.