OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERIA DE TRABAJO Y PROMOCION DE EMPLEO
CONSEJERIA DE TRABAJO Y PROMOCION DE EMPLEO
RESOLUCION de 3 de octubre de 2000, de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la que se declara desierta la convocatoria de ayudas para la adecuación técnica de los puestos de trabajo en el colectivo de personas con discapacidad.
Tramitado expediente tras la convocatoria de subvenciones a empresas privadas para la adecuación técnica de los puestos de trabajo en el colectivo de personas con discapacidad.
Antecedentes de hecho:
Primero. Por Resolución de 16 de junio de 2000, de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo (BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 25 de julio de 2000), se convocaron ayudas a las empresas privadas para la adecuación técnica de los puestos de trabajo en el colectivo de personas con discapacidad.
Segundo. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, fechado en el 25 de septiembre, no se ha presentado petición alguna a la convocatoria antedicha.
Fundamentos de derecho:
Primero. La Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno; la Ley 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración del Principado de Asturias; el Decreto 10/1999, de 22 de julio, de reestructuración de las Consejerías que integran la Comunidad Autónoma; así como la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, todas ellas en cuanto a la determinación de las competencias y facultades para adoptar la presente resolución.
Segundo. La Ley de Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio; la Ley 17/1999, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el 2000; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, sobre régimen general de concesión de subvenciones, modificado parcialmente por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero. Por la presente,
RESUELVO
Primero. Declarar desierta la convocatoria de ayudas a empresas privadas para la adecuación técnica de los puestos de trabajo en el colectivo de personas con discapacidad por no concurrir a la misma petición alguna.
Segundo. Liberar el gasto autorizado para la presente convocatoria por importe de 50.000.000 (cincuenta millones) de pesetas en el concepto 21.03.322A.771.01.
Tercero. Contra la presente resolución procede interponer recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, en relación con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Oviedo, a 3 de octubre de 2000.La Consejera de Trabajo y Promoción de Empleo.15.982.