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Boletín Nº 245 del sábado 21 de octubre de 2000

OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICA TERRITORIAL

CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICA TERRITORIAL

ACUERDO de 2 de octubre de 2000, adoptado por la Comisión Ejecutiva de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA), relativo a la aprobación definitiva de una modificación del Plan General de Ordenación Urbana en la calle Florencio Rodríguez y otras, del concejo de Siero (Expediente CUOTA: 983/2000).

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 y 49 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976 y 132 del Reglamento de Planeamiento, se aprueba definitivamente, por unanimidad, con el contenido y alcance dimanantes del Acuerdo municipal de aprobación provisional de 25 de mayo de 2000, la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana que afecta a la manzana cerrada con patio interior delimitada principalmente por las calles Florencio Rodríguez, Hermanos Felgueroso y San Antonio.

Dicha modificación consiste básicamente en lo siguiente:

• Cambio de las alineaciones a las calles Hermanos Felgueroso y prolongación Angel Embil, con aumento del fondo edificable hacia la primera.

• Configuración de la plaza interior mediante la aparición de soportales y galerías acristaladas en las tres plantas de pisos superiores.

• Descatalogación del edificio de la parcela catastral 47811-11.

Contra este acuerdo los particulares interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el 26 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias. No obstante, en el plazo de un mes podrá interponerse el recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Administraciones Públicas legitimadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo frente a esta resolución en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Dentro de dicho plazo, podrá requerir previamente a esta Consejería para que anule o revoque esta resolución, requerimiento que se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, no es contestado.

Cuando hubiera precedido el requerimiento, el plazo de dos meses para la formulación del recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.

Todo ello, de conformidad con lo que disponen los artículos 44 y 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Oviedo, a 4 de octubre de 2000.—La Jefa del Servicio de la Secretaría de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias.—15.967.