CONV0049T01 - Declaración de actividades de comunicación institucional

Finalidad:

Recabar de los sujetos a los que se refiere el artículo 1.1 de la Ley del Principado de Asturias 6/2006, de 20 de junio, de Comunicación y Publicidad Instituciones, la información sobre sus actividades de comunicación institucional

Quien lo puede presentar:

Los sujetos enumerados en el artículo 1.1 de la Ley del Principado de Asturias 6/2006, de 20 de junio, de Comunicación y Publicidad Institucionales:

a) El Presidente y el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.
b) La Junta General del Principado de Asturias.
c) El Consejo Consultivo, la Sindicatura de Cuentas y el Procurador General del Principado de Asturias.
d) La Administración del Principado de Asturias.
e) Los organismos, entes públicos, entidades y empresas públicas del Principado de Asturias.
f) Las entidades locales del ámbito territorial del Principado de Asturias.
g) Los organismos, entes públicos, entidades y empresas públicas de las entidades locales del ámbito territorial del Principado de Asturias.

Plazos de presentación:

Primer semestre del correspondiente ejercicio.

Presentación:
  • Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
Órgano gestor:

Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia.

Plazo de resolución:

Plazo anual. Resolución antes de la segunda quincena de diciembre.

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Documentos a presentar:
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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