CONV0049T01 - Declaración de actividades de comunicación institucional
Finalidad:
Recabar de los sujetos a los que se refiere el artículo 1.1 de la Ley del Principado de Asturias 6/2006, de 20 de junio, de Comunicación y Publicidad Instituciones, la información sobre sus actividades de comunicación institucional
Quien lo puede presentar:
Los sujetos enumerados en el artículo 1.1 de la Ley del Principado de Asturias 6/2006, de 20 de junio, de Comunicación y Publicidad Institucionales:
a) El Presidente y el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias. b) La Junta General del Principado de Asturias. c) El Consejo Consultivo, la Sindicatura de Cuentas y el Procurador General del Principado de Asturias. d) La Administración del Principado de Asturias. e) Los organismos, entes públicos, entidades y empresas públicas del Principado de Asturias. f) Las entidades locales del ámbito territorial del Principado de Asturias. g) Los organismos, entes públicos, entidades y empresas públicas de las entidades locales del ámbito territorial del Principado de Asturias.
Plazos de presentación:
Primer semestre del correspondiente ejercicio.
Presentación:
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
Órgano gestor:
Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia.
Plazo de resolución:
Plazo anual. Resolución antes de la segunda quincena de diciembre.
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Tramitación Registro Electrónico
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