AYUD0371T02 - Justificación de la subvención para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes (MRR)
Justificar la realización de la inversión requerida para incorporar almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en determinados sectores productivos de la economía.
Beneficiarios de la concesión de ayudas obtenidas para incorporar almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en determinados sectores productivos de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Programa 3 del RD 477/2021).
18 meses contados desde la fecha de la notificación de la Resolución de concesión (Publicación en BOPA).
Las solicitudes se podrán presentar:
- A través del formulario específico al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- Los sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrán también en las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética.
- Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. BOE 30 de junio de 2021
- Extracto de la Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones para incorporar almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en determinados sectores productivos de la economía (Programa 3 del R. D. 477/2021), en el Principado de Asturias. BOPA de 29 de noviembre de 2021
- Rectificación de errores del Extracto de la convocatoria de subvenciones para incorporar almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en determinados sectores productivos de la economía (Programa 3 del R. D. 477/2021) en el Principado de Asturias. BOPA de 07 de diciembre de 2021
- Extracto de la Resolución de 2 de junio de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se modifica la Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones para incorporar almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en determinados sectores productivos de la economía (Programa 3 del RD 477/2021), en el Principado de Asturias y se establece el régimen para la adecuación de las solicitudes presentadas que puedan verse afectadas por la publicación del RD 377/2022.
- Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se resuelve el primer bloque de solicitudes presentadas a la convocatoria de subvenciones para incorporar almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes en determinados sectores productivos de la economía (programa 3 del R. D. 477/2021), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el Principado de Asturias.
- Informe justificativo de la adecuada realización de las actuaciones suscrito, fechado y emitido por técnico titulado competente autor del proyecto definitivo o, en su defecto, el Director de Obra o, en su caso, la empresa instaladora autora de la memoria técnica final de la instalación ejecutada. En este informe se ha de justificar la correcta realización de las actuaciones, de acuerdo con las condiciones establecidas en las bases y en la concesión de la ayuda, y recoger lo realmente ejecutado y los resultados obtenidos. Deberá incluir descripción del sistema de monitorización incorporado de acuerdo con lo indicado en el anexo I, apartado A1.C del RD 477/2021 de bases reguladoras.
- Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), de acuerdo con el Reglamento electrotécnico de baja tensión (en instalaciones eléctricas de cualquier tipología), emitido por la empresa instaladora y diligenciado por el órgano competente de la comunidad autónoma.
- Copia del proyecto o memoria técnica de diseño (según proceda para la tipología de actuación) que se haya aportado al órgano competente de la comunidad autónoma para la obtención de la autorización de explotación o acta de puesta en servicio y/o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE).
- Relación clasificada y firmada por el destinatario último de la ayuda de las facturas y de sus correspondientes justificantes bancarios de pago, correspondientes a la inversión elegible realizada y que respondan al presupuesto y contratos presentados, y copia de los mismos. Se exime de la obligación de presentar aquellas facturas que tengan un importe inferior a 3.000 euros.
- Información y enlace al sitio de Internet del destinatario último de las ayudas, en caso de que disponga de uno, donde dicho destinatario último de las ayudas informará al público del posible apoyo obtenido de los Fondos Next Generation o Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y/o, en su caso, del instrumento de la Unión Europea que corresponda, haciendo una breve descripción de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión Europea.
- Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas, que incluya fotografías de la situación del edificio después de las actuaciones, y en su caso, de los equipos e instalaciones principales finales objeto de la ayuda, y donde se muestre el cartel publicitario o señalización de la actuación y el sistema de visualización de energía indicado en el apartado AI.1.C del anexo I del Real Decreto 477/2021.
- Documentación justificativa de la existencia de una contabilidad separada o diferenciada para todas las transacciones relacionadas (ingresos y pagos, incluido, en su caso, el ingreso de ayudas, pagos a proveedores, etc.). Esta obligación no será de aplicación para solicitantes que sean personas físicas.
- Declaración responsable, previa a la justificación por parte de los destinatarios últimos de las ayudas, que garantice: 1. el cumplimiento de las normas nacionales y comunitarias sobre requisitos de igualdad de oportunidades y no discriminación, aplicables a este tipo de actuaciones; 2. el cumplimiento de las normas medioambientales nacionales y comunitarias, y sobre desarrollo sostenible; 3. la aplicación de medidas antifraude eficaces y proporcionadas en el ámbito de gestión del proyecto objeto de ayuda; salvo para personas físicas;
- Obligatoriamente para los proyectos con un coste elegible superior a 1.000.000 euros y opcionalmente para el resto, se entregará cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, según lo previsto en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- Escrito firmado en el que se relacione y detalle toda la documentación presentada para la justificación de la ayuda y en el que se haga referencia expresa al número de expediente especificado para cada beneficiario en el Anexo II de la correspondiente resolución de concesión. En este caso, se puede utilizar el formulario de aporte de documentos a la Administración del Principado de Asturias, disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias introduciendo el código DECO0065T01.
- Certificado final de obra suscrito por el director de obra y director de ejecución de la obra
- Autorización de explotación o acta de puesta en servicio.
- Documentación actualizada que refleje o confirme, para la actuación finalmente llevada a cabo, lo solicitado en el apartado A.e) del anexo II del RD 477/2021 en relación con el origen de los componentes y sus características, el impacto del proyecto y el principio de no causar daño significativo (Según modelo disponible en la página web de IDAE).
- Declaración responsable del cumplimiento de esta condición por parte de la actuación finalmente llevada a cabo (Según modelo disponible en la página web de IDAE).
- Relación clasificada y firmada por el destinatario último de la ayuda de los pedidos y/o contratos relativos a las actuaciones realizadas y copia de los mismos.
- Declaración responsable que acredite otras subvenciones o ayudas cobradas para la misma actuación o finalidad que la solicitada en el contexto de este Programa de incentivos, otorgadas por cualquier administración, organismo o entidad pública, nacional o internacional.
- Relación certificada y copia de los contratos suscritos por el destinatario último de la ayuda para la realización de las actuaciones objeto de ayuda
- Documentación justificativa del procedimiento de contratación: dirección web del perfil del contratante, pliegos, anuncios de licitación y formalización de contratos, acuerdos del órgano de contratación
- Cuenta justificativa simplificada, según lo previsto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- Documentación justificativa del cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la normativa de aplicación.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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