AUTO0353T01 - Habilitación de guía de turismo
Solicitar la participación en las pruebas para la obtención de la habilitación para el ejercicio de la actividad profesional de guía de turismo en el Principado de Asturias y la ampliación de idiomas.
Podrán tomar parte en las pruebas quienes cumplan los siguientes requisitos:
-
Poseer la nacionalidad española o la de algún Estado miembro de la Unión Europea, o Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores o con los que exista convenio de reciprocidad con el Estado Español en este ámbito.
-
Ser mayor de edad.
-
Encontrarse en posesión de las siguientes titulaciones o las homologaciones correspondientes:
-
Grado Superior de Formación Profesional como Guía, Información y Asistencia Turística (Técnico Superior en Información y Comercialización Turística o en Agencias de Viajes (FP3).
- Técnico en Empresas y Actividades Turísticas, Grado Universitario en Turismo, Diplomado Universitario en Turismo o cualquier diplomatura universitaria o título superior universitario.
- Título extranjero homologado a alguno de los anteriores por la autoridad competente en esta materia.
-
-
A los efectos de ampliar su habilitación a otros idiomas distintos de los que consta en su inscripción y habilitación vigente, podrán tomar parte en la presente convocatoria aquellas personas que ya se encuentren habilitadas e inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias, pudiendo quedar exentos de la realización de la prueba presentando el título o certificado correspondiente de acuerdo con el Anexo II de la presente convocatoria.
-
Quienes están en posesión de habilitaciones como guías de turismo expedidas por otras Comunidades Autónomas u Organismos Oficiales de otros Estados miembros de la Unión Europea o del espacio Económico Europeo podrán obtener el reconocimiento profesional de su habilitación para ejercer como Guía de Turismo del Principado de Asturias superando satisfactoriamente las pruebas de conocimientos de recursos turísticos de la comunidad, recogidos en el apartado b del Anexo III del Temario de la presente convocatoria: Módulo III, Patrimonio Cultural Asturiano y Módulo IV: Recursos Turísticos del Patrimonio Natural, atendiendo a la acreditación de conocimiento suficiente del territorio establecida en el punto 2 del artículo 7 del capítulo II del Decreto que aprueba el Reglamento regulador de la Profesión de Guía de Turismo en el Principado de Asturias.
-
Satisfacer la tasa de inscripción en las pruebas de 27,88 €
Desde: 06/04/2022 00:00
Hasta: 26/04/2022 00:00
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Calidad e Innovación.
6 meses.
- Potestativo de reposición.
- Extraordinario de revisión.
- Los requisitos de participación deberán poseerse el día final del plazo de presentación de solicitudes previsto y mantenerse durante todo el desarrollo de las pruebas.
- Se contempla la realización de las siguientes pruebas, todas ellas eliminatorias, debiendo superar la anterior para pasar a la siguiente:
-
- 1ª PRUEBA: Resolución, por escrito, de un ejercicio consistente en una batería de 30 preguntas con tres respuestas posibles, de las cuales sólo una será correcta, puntuando con 1 punto la respuesta correcta, 0 puntos la respuesta en blanco y 1 punto negativo la respuesta incorrecta. La duración de la prueba será de 30 minutos. Las preguntas estarán relacionadas con el temario que figura como anexo III.
Puntuación: de -30 a 30 puntos
Puntuación mínima requerida: 15 puntos.
- 1ª PRUEBA: Resolución, por escrito, de un ejercicio consistente en una batería de 30 preguntas con tres respuestas posibles, de las cuales sólo una será correcta, puntuando con 1 punto la respuesta correcta, 0 puntos la respuesta en blanco y 1 punto negativo la respuesta incorrecta. La duración de la prueba será de 30 minutos. Las preguntas estarán relacionadas con el temario que figura como anexo III.
-
- 2ª PRUEBA: Entrevista de cinco a diez minutos de duración, en la que el tribunal podrá pedir a cada aspirante que desarrolle algún aspecto de los contenidos del temario publicado.
Puntuación: de 0 a 20 puntos
Puntuación mínima requerida: 10 puntos
- 2ª PRUEBA: Entrevista de cinco a diez minutos de duración, en la que el tribunal podrá pedir a cada aspirante que desarrolle algún aspecto de los contenidos del temario publicado.
-
- 3ª PRUEBA: Conocimiento de uno los siguientes idiomas: inglés, francés, alemán. Las pruebas podrán hacerse el mismo día, según decida el tribunal.
- Ejercicio escrito:
Traducción de un texto en castellano al idioma elegido por el aspirante. Traducción de un texto en el idioma elegido por el aspirante al castellano. Tiempo, media hora
Puntuación: de 0 a 20 puntos.
Puntuación mínima requerida: 10 puntos. - Ejercicio oral:
Entrevista de cinco a diez minutos de duración en el idioma elegido por el aspirante versando sobre cualquier aspecto referente al desarrollo del trabajo de un guía de turismo en el Principado de Asturias.
Puntuación: de 0 a 20 puntos.
Puntuación mínima requerida: 10 puntos.
- Ejercicio escrito:
- 3ª PRUEBA: Conocimiento de uno los siguientes idiomas: inglés, francés, alemán. Las pruebas podrán hacerse el mismo día, según decida el tribunal.
- La acreditación de las titulaciones o diplomas especificados en el Anexo II, de estas Bases, eximirá de la realización del ejercicio de conocimiento de idiomas
- La calificación de apto para la habilitación como Guía de Turismo en el Principado de Asturias se conseguirá obteniendo, al menos, la puntuación mínima exigida en cada una de la pruebas.
- En el supuesto de aspirantes que tengan la nacionalidad extranjera de país no hispano-hablante, esta prueba habrá de ser referida al dominio por parte del aspirante del idioma castellano, a cuyo efecto su contenido será idéntico al señalado para el resto de los idiomas.
-
Quienes dentro del plazo de 20 días naturales, a partir de la fecha de publicación de la lista con la calificación definitiva, no presentasen la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser habilitados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
- Solicitud en modelo normalizado.
- Justificante del pago de la tasa.
- Dos fotografías tamaño carnet.
- Copia de pasaporte o documento equivalente acreditativo de la identidad.
- Copia de pasaporte o documento equivalente de la identidad.
- Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que se exigen para la entrada y permanencia en España.
- Copia auténtica del título académico exigido para el acceso a las pruebas de habilitación.
- En su defecto, certificación académica expresiva de haber concluido con calificación positiva todos los estudios precisos para su obtención.
- Copia auténtica o resguardo del título académico.
- Certificado que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención de alguno de los diplomas (informe académico) relacionados en el Anexo II.
- Documentación acreditativa de estar en posesión de la citada habilitación.
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona solicitante.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
-
Tramitación Registro ElectrónicoSeleccione como desea identificarse:
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.
Área Personal
Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.
Contacta
-
(985.279.100 dende fuera d’Asturies. Puedes consultar el costu de la llamada calcando enriba del enllaz). - Conversa @012Asturias