AYUD0367T01 - Ayudas para la contratación de personal investigador solicitante de los programas Ramón y Cajal y Miguel Servet en los centros de I+D+i del Principado de Asturias.

Finalidad:

Obtener ayudas para impulsar la contratación de personal investigador doctor que haya sido solicitante de las dos últimas convocatorias nacionales de los programas Ramón y Cajal y Miguel Servet para un centro de I+D del Principado de Asturias y que, habiendo obtenido una evaluación positiva, no haya conseguido financiación para las mismas.

Quien lo puede presentar:

Podrán ser solicitantes y beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas jurídicas, siempre que estén legalmente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, que tengan un centro de trabajo/establecimiento productivo en el Principado de Asturias, que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas y que desarrollen una actividad de I+D+i conforme a lo establecido en los artículos 5.2 y 5.3 de las bases reguladoras:

  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
  • Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.
Plazos de presentación:

Desde: 09/09/2021 00:00

Hasta: 30/09/2021 23:59

Presentación:

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Órgano gestor:

Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnología (FICYT).

Plazo de resolución:

6 meses contados a partir de la publicación del extracto de esta convocatoria pública de ayudas.

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Recurso de alzada.

Normativa básica:
Información adicional:

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud de la ayuda, firmada digitalmente por la persona representante legal de la entidad solicitante.
  • Proyecto presentado a la candidatura del programa estatal.
  • Documentación que acredite que la persona investigadora a contratar cumple las condiciones de participación descritas en el artículo 1.1. Se deberá aportar una certificación del organismo de adscripción que solicita a tal efecto.
  • Documento de evaluación de la convocatoria estatal que corresponda y que deberá incluir la puntuación obtenida.
  • Declaración de conformidad con los principios éticos de la Unión Europea.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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