RECE0004T23 - Habilitación de centros de recarga de recipìentes a presión transportables

Finalidad:

Comunicar el inicio de actividad como centro de recarga de recipìentes a presión transportables, para su habilitación e inscripción en el Registro Integrado Industrial, de acuerdo con las condiciones establecidas por la instrucción técnica complementaria EP-6, relativa a recipìentes a presión transportables, del Reglamente de equipos a presión, aprobado por Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre.

 

Quien lo puede presentar:

Quienes sean titulares de centros de recarga de gases en recipientes a presión transportables, o sus representantes legales.

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Industria

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Recurso potestativo de reposición.

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Proyecto de la instalación firmado por técnico titulado en el que se describa el emplazamiento y todos los elementos constitutivos de la instalación
  • Certificado de instalación suscrito por el técnico titulado competente de la empresa instaladora. Este certificado será considerado como de dirección técnica.
  • Manual de procedimientos de actuación para la recarga de los recipientes.
  • Certificado de inspección emitido por un organismo de control autorizado
  • Una declaración responsable en la que el titular del centro o el representante legal del mismo declare que cumple los requisitos que se exigen por la ITC EP-06, que dispone de la documentación que así lo acredita, que se compromete a mantenerlos durante la vigencia de la actividad y que se responsabiliza de que la ejecución de los trabajos se efectúa de acuerdo con las normas y requisitos que se establezcan en la ITC EP-06.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
  • Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal.
  • Poder notarial acreditativo de la representación
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

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