AUTO0304T01 - Alta de usuarios en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC)

Finalidad:

Obtener el acceso profesional como usuario o administrador básico en la aplicación de gestión del Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC)

Quien lo puede presentar:

Personas o entidades públicas o privadas que controlen la calidad del agua de consumo humano.

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Las personas físicas podrán presentar las solicitudes en:

  • Las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Las personas jurídicas podrán presentar las solicitudes en : 

  • En la sede electrónica del Principado de Asturias: https://sede.asturias.es    (código de ficha de servicio AUTO0304T01)
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do   
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Información adicional:

Proceso de solicitud

  • El administrador autonómico (Consejería de Salud), después de revisar la documentación remitida, acepta el alta solicitada por el interesado en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC)
  • El solicitante, recibe un aviso de la aplicación SINAC confirmando el alta solicitada.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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