RECE0004T19 - Justificación del cumplimiento del Reglamento de seguridad contra incendios para la puesta en marcha de establecimientos industriales
Presentación de la documentación justificativa establecida en el artículo 5 del Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales para la puesta en marcha de un establecimiento industrial.
- Titulares de industrias, tal como se definen en el artículo 3.1 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, incluidos los almacenes vinculados ala actividad industrial, y los estacionamientos de vehículos destinados al servicio de transporte de personas y transporte de mercancías.
- Titulares de los almacenamientos de cualquier tipo de establecimiento cuando su carga de fuego total, calculada según el anexo I del Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales sea igual o superior a tres millones de Megajulios (MJ).
Todo el año
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Industria
Potestativo de reposición
Se admitirá la presentación del proyecto y del certificado establecido en el artículo 5 del Real Decreto 2267/2004 de manera conjunta, sin perjuicio que en el caso de realizar reparos a la documentación aportada se requiera la presentación de los anexos necesarios y de nuevos certificados que se consideren necesarios para justificar el cumplimiento del reglamento.
En los casos de reforma, modificación o ampliación sólo será necesario justificar el cumplimiento de este reglamento si se produce aumento de la carga de fuego o aumento de superficie.
Si la documentación no reúne los requisitos se formularán los oportunos requerimientos de subsanación y se podrá ordenar que la instalación permanezca fuera de servicio.
- Solicitud en modelo normalizado suscrita por el representante legal
- Proyecto técnico justificativo del Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
- Certificado emitido en los términos establecidos en el artículo 5 del Real Decreto 2267/2004
- Certificado de la(s) empresa(s) instaladoras de instalaciones de protección contra incendios
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- En el caso de persona jurídica, tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal
- Copia simple de poderes notariales, en caso de representación por poder notarial
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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