AYUD0121T02 - Abono de la ayuda para la prestación de servicios de asesoramiento a pequeñas y medianas explotaciones agrarias

Finalidad:

Solicitar el pago de la ayuda para la servicios de asesoramiento a pequeñas y medianas explotaciones agrarias del Principado de Asturias dedicadas a la producción agraria

Quien lo puede presentar:

Cooperativas agrarias y Sociedades agrarias de transformación con ámbito de actuación en el Principado de Asturias que han solicitado la ayuda en la presente convocatoria.

Plazos de presentación:

Desde: 03/02/2023 00:00

Hasta: 10/11/2023 23:59

SUJETO A CONVOCATORIA

Presentación:

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

Órgano gestor:

Servicio de Desarrollo Rural.

Plazo de resolución:

4 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición.

Normativa básica:
Información adicional:

FORMA DE PAGO DE LA SUBVENCIÓN

  • El pago de la subvención se hará efectivo previa justificación por parte de la entidad beneficiaria y mediante transferencia bancaria a la cuenta que hubiese indicado el beneficiario una vez haya sido emitida la certificación por el Servicio competente en materia de Desarrollo Agroalimentario
  • El pago de las actividades subvencionadas a través de la línea I, se realizará por la cuantía aprobada, siempre que se hayan realizado todos los asesoramientos que figuraban en la solicitud de las entidades, se hayan mantenido los criterios que sirvieron como base para la valoración inicial de la solicitud y el gasto justificado sea, al menos, igual al importe de la ayuda.
  • El pago de las actividades subvencionadas a través de la línea II se realizará por la cuantía aprobada, siempre que se hayan llevado a cabo todas las jornadas divulgativas aprobadas con una asistencia mínima de veinticinco personas a cada una de ellas y el gasto justificado sea, al menos, igual al importe de la ayuda

COMUNICACIÓN DE OTRAS AYUDAS

  • En caso de que a la entidad solicitante le fuesen concedidas otras ayudas, ingresos o recursos para financiar las actividades subvencionadas, deberán comunicarlo a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial tan pronto como la entidad tenga conocimiento de ello.

RÉGIMEN DE LAS AYUDAS

  • Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva.

JUSTIFICACIÓN DE LA INVERSIÓN

  • El plazo para la presentación de toda la documentación justificativa de la inversión finaliza el 10 de noviembre de 2023.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud de pago conforme al modelo normalizado
  • Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada indicando importe y procedencia de los mismos
En cuanto a la linea I (asesoramiento individualizado):
  • Evaluación de resultados por parte de las entidades de asesoramiento en donde se manifieste la valoración de la labor de asesoramiento desarrollada. Aquellas entidades que hayan prestado servicios de asesoramiento individualizado en el ámbito de asesoramiento técnico económico deberán presentar un estudio de costes basado los índices técnico-económicos obtenidos en función de las orientaciones productivas de las explotaciones a las que se les haya prestado dicho asesoramiento
  • Aquellas entidades que hayan prestado servicios de asesoramiento individualizado en el ámbito de asesoramiento técnico económico deberán presentar un estudio de costes basado los índices técnico-económicos obtenidos en función de las orientaciones productivas de las explotaciones a las que se les haya prestado dicho asesoramiento
  • Nóminas, TCs, modelos 111 de liquidación de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF del personal propio que realiza los servicios de asesoramiento , junto con los documentos bancarios acreditativos de haber efectuado dichos pagos. Esta documentación deberá venir numerada y relacionada en la correspondiente cuenta justificativa de gastos según el modelo, con la imputación de las horas dedicadas a la subvención.
  • Facturas por la prestación de servicios de asesoramiento. Esta documentación deberá venir numerada y relacionada en la correspondiente cuenta justificativa según el modelo
  • Nóminas del personal propio que realiza los servicios de asesoramiento
  • TC`s del personal propio que realiza los servicios de asesoramiento
  • Modelos 111 de liquidación de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF del personal propio que realiza los servicios de asesoramiento
  • Documentos bancarios acreditativos de haber efectuado dichos pagos
Respecto al personal subcontratado:
  • Cuenta justificativa según el modelo del Anexo IV (descargar en el campo documentos relacionados), con la siguiente documentación numerada y relacionada:
  • Modelos 111 de liquidación de retenciones e ingresos
En cuanto a la línea II:
  • Memoria resumen de las jornadas de difusión llevadas a cabo a lo largo de la anualidad: incluirá temática, lugar de celebración, fecha y duración de la jornada, ponente y número de asistentes
  • Listado de firmas de los asistentes a cada jornada de difusión cuyo modelo se establecerá en cada convocatoria en el Anexo V (descargar en el campo documentos relacionados), y que deberá contener al menos la siguiente información: Nombre, DNI, Firma, CEA/REGEPA de la explotación y relación existente con la explotación (titular, socio, trabajador)
Para justificar los gastos de las actividades subvencionadas se aportará:
  • Nóminas
  • TC`s
  • Facturas originales acreditativas del pago de dichos gastos o actividades subvencionadas, los gastos abonados o trabajos contratados
  • Comprobantes bancarios de que el pago se ha hecho efectivo
Para justificar los gastos en publicidad de una jornada específica deberá aportarse:
  • Copia de la factura que incluya información acerca de que se trata de una actividad subvencionada por la Consejería competente en materia de Medio Rural y Cohesión Territorial
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

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