AUTO0274T01 - Autorización administrativa de construcción, modificación o transformación de instalaciones de combustibles gaseosos

Finalidad:

Obtener la autorización administrativa para la construcción o modificación sustancial de las instalaciones de distribución de gas natural y de almacenamiento y distribución de GLP a granel, cuando su transporte no salga del ámbito territorial del Principado de Asturias o su aprovechamiento no afecte a otra Comunidad Autónoma, así como obtener la autorización de  transformación de las instalaciones de distribución de GLP a granel para su utilización con gas natural.

 

Quien lo puede presentar:

Transportistas y distribuidores de gas natural, y comercializadores al por menor de GLP a granel.

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor:

Servicio de Fluidos y Metrología

Plazo de resolución:

 Según normativa aplicable

 

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

Recurso potestativo de reposición

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto
Condiciones técnicas y de seguridad de las instalaciones propuestas
  • Proyecto suscrito por técnico competente y visado
Cumplimiento de las condiciones de protección del medio ambiente
  • Estudio de impacto ambiental (en su caso)
  • Estudio preliminar de impacto ambiental (en su caso)
  • Estudio de afecciones a los bienes integrantes del patrimonio cultural
Adecuación del emplazamiento de la instalación al régimen de ordenación del territorio
  • Certificado de adecuación de las instalaciones al régimen de ordenación del territorio, expedido por el Ayuntamiento correspondiente o por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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