AUTO0262T01 - Pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial del ciclo inicial de Senderismo
Participar en las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial del ciclo inicial de Senderismo.
Las pruebas de carácter específico tienen como finalidad verificar que las personas aspirantes poseen la condición física y las destrezas específicas necesarias para seguir con aprovechamiento las enseñanzas deportivas de la especialidad correspondiente.
Quienes cumplan al menos 16 años en el año 2023.
Desde: 22/05/2023 00:00
Hasta: 02/06/2023 23:59
Presentación presencial
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Centro Integrado de Formación Profesional (CIFP) del Deporte
Avenida de Lugo Nº 27A
33401 Avilés
- En las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Ordenación Académica y Evaluación Educativa.
Potestativo de reposición.
Información para cumplimentar el modelo 046
- Dato específico - Código de concepto: 315001.
- Enseñanzas régimen especial obtención título técnico deportivo.
- Ejercicio: 2023.
- Descripción: Pruebas de Acceso Senderismo 2023
- Importe: 44,41 €
EXENCIONES
Estarán exentas de realizar la prueba de carácter específico para tener acceso a los ciclos inicial de grado medio en Senderismo las personas que acrediten:
-
La condición de deportista de alto nivel, en las condiciones que establece el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, en la modalidad o especialidad deportiva de deportes de montaña y escaladaLa calificación de deportista de alto rendimiento, o equivalente, en la modalidad de deportes de montaña y escalada establecida por las comunidades autónomas de acuerdo con su normativa.
- La calificación de deportista de alto rendimiento, o equivalente, en la modalidad de deportes de montaña y escalada establecida por las comunidades autónomas de acuerdo con su normativa.
-
Haber sido seleccionados por la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada, para representar a España, dentro de los dos años anteriores al de realización de la prueba de carácter específico en, al menos, una competición oficial internacional de la categoría absoluta de cualquiera de las especialidades deportivas asignadas a dicha federación.
- Haber sido seleccionado por la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada, para realizar actividades deportivas relevantes, dentro de los dos años anteriores al de realización de la prueba de carácter específico en cualquiera de las especialidades deportivas asignadas a dicha federación.
CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA
- La prueba de carácter específico se celebrará a partir del día 22 de junio de 2023.
- Se publicará en el tablón de anuncios y página web del CIFP del Deporte, y en www.educastur.es,
- La información relativa al horario, a los lugares de celebración, al orden de participación, a las orientaciones y a las especificaciones de la prueba, que incluirán en todo caso los materiales, el vestuario y el equipamiento personal que deben aportar quienes se presenten a la prueba.
- Las personas aspirantes deberán ir provistas del DNI (o de cualquier otro documento legalmente reconocido que esté en vigor y que acredite suficientemente la identidad y la edad de la persona aspirante) y del material, vestuario y equipamiento que figure en las orientaciones y especificaciones de la prueba correspondiente, que elaborará el CIFP del Deporte.
RECLAMACIONES
- Contra la calificación obtenida se podrá presentar una reclamación dirigida al Presidente o la Presidenta del Tribunal, en la secretaría del CIFP del Deporte. Asimismo contra la resolución de esta reclamación se podrá interponer recurso de alzada, ante la Consejera de Educación.
PRECIO PÚBLICO
- El precio público establecido para la participación en la prueba específica de acceso es de 44,41 €, según lo dispuesto en el Decreto 204/2015, de 22 diciembre, por el que se actualizan los precios públicos de cuantía fija o en su defecto el que esté vigente a la fecha de la inscripción.
CERTIFICADOS DE SUPERACIÓN
- Quienes hayan superado la prueba específica de acceso podrán solicitar en la secretaría del CIFP del Deporte, la expedición del correspondiente certificado.
- Solicitud en modelo normalizado
- Justificante del abono del precio público establecido
- Certificado de haber obtenido el Título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos de acceso de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional duodécima del Real Decreto 1363/2007, o de haber superado una prueba de acceso sustitutiva de los requisitos académicos.
- Certificado de estar cursando 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria o haberse inscrito en una prueba de acceso sustitutiva de los requisitos académicos en el curso 2022-2023.
- Informe médico, expedido por un servicio de salud, que acredite el diagnóstico clínico, y/o
- Informe de evaluación psicopedagógica emitido por el Departamento de Orientación del centro educativo donde haya cursado estudios o de un Servicio especializado de orientación
- DNI, pasaporte o cualquier otro documento legalmente reconocido, en vigor, que acredite la identidad y la edad de la persona aspirante
- Certificado acreditativo del grado de discapacidad expedido por la autoridad competente al efecto.
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
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