AYUD0194T01 - Subvención para la financiación de planes de formación de la Administración Local del Principado de Asturias

Finalidad:

Obtener ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de planes formativos en la Administración Local del Principado de Asturias, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP) durante el ejercicio 2023

Quien lo puede presentar:
  • Ayuntamientos y demás Entidades Locales del Principado de Asturias reconocidas en el art. 3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Federación Asturiana de Concejos.
  • Federaciones o asociaciones de Entidades Locales en el ámbito del Principado de Asturias legalmente constituidas al amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Plazos de presentación:

Desde: 11/01/2023 00:00

Hasta: 31/01/2023 23:59

Presentación:

De forma electrónica a través del portal FEDAP (https://fedap-asturias.inap.es) al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.

 

Órgano gestor:

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Plazo de resolución:

6 meses

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:

Potestativo de reposición.

Información adicional:

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

  • Podrán ser objeto de subvención: planes unitarios, agrupados e inter-administrativos.
  • Estas subvenciones están destinadas a la financiación de planes de formación de los empleados públicos locales en el marco de AFEDAP con objeto de impulsar y extender entre las Administraciones locales y sus empleados planes formativos que respondan a sus necesidades, orientados a mejorar su capacidad de gestión, de adaptación y de liderazgo de los procesos de cambio, así como del servicio público que se presta a la ciudadanía.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES

15 de diciembre de 2023.

PAGO DE LA SUBVENCIÓN

En 2 partidas; el 60% una vez acreditado el inicio de la actividad formativa por parte del promotor y el 40% restante una vez finalizada y justificada dicha actividad formativa subvencionada.

Documentación relacionada:

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