AYUD0160T01 - Ayudas a la apicultura en el marco del Programa Nacional Apícola
Obtener ayudas económicas para actividades e inversiones recogidas en el Programa Nacional Apícola, destinadas a mejorar la producción y la comercialización de los productos apícolas en el Principado de Asturias
- Agrupaciones de apicultores con personalidad jurídica propia e integradas por titulares de explotaciones apícolas
- Apicultores titulares de explotaciones apícolas inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGAPA) del Principado de Asturias
Desde: 11/01/2023 00:00
Hasta: 24/01/2023 23:59
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Servicio de Sanidad y Producción Animal
6 meses
Potestativo de reposición
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA, 19 de Noviembre de 1992
- Decreto legislativo 2/98, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del régimen económico y presupuestario. BOPA, 2 de julio de 1998
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE, 18 de noviembre de 2003
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE, 25 de julio de 2006
- Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales, y se modifica el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas. BOE, 31de octubre de 2017
- Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la apicultura en el marco del Programa Nacional Apícola. BOPA 18 de marzo de 2021
- Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la apicultura en el marco del Programa Nacional Apícola para el año 2023.
- Solicitud en modelo normalizado
- Relación clasificada de gastos e inversiones (Anexo I).
- Declaración de asentamientos apícolas (Anexo II). En agrupaciones, se presentará para cada socio.
- La declaración de asentamientos apícolas (Anexo II) podrá sustituirse por la última hoja de actualización anual de datos del libro de registro de explotación apícola, si desde esa actualización no ha existido variación ni en número ni en ubicación de colmenas.
- Memoria de las líneas de actuación solicitadas, siguiendo las indicaciones del Anexo IV
- Presupuestos o facturas proforma de cada gasto solicitado
- Pólizas o prepólizas de seguro
- Facturas que justifiquen la venta de productos apícolas, emitidas desde el 1 de enero de 2022
- La última declaración de actividad apícola del anterior titular
- Hoja de control de tratamientos y datos sanitarios del Libro de Registro de explotación apícola, en las que figure anotado, como mínimo, un tratamiento frente a varroosis para todas las colmenas de la explotación.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil para todas las colmenas
- Último justificante de pago de la Póliza de responsabilidad Civil
- Certificado expedido por el Registro de Explotaciones Agrarias de Titularidad Compartida
- NIF de los socios
- Certificado expedido por el secretario de la asociación
- Certificado expedido por el secretario de dicha cooperativa, indicando la relación de socios incluidos
- Certificado del Consejo Regulador indicando tal condición
- Copia de la/s hoja/s del libro de Registro de explotación (traslado o trashumancia) en la/s que figuren movimientos realizados en los últimos doce meses previos a la presentación de la solicitud, que incluyan el movimiento de, al menos el 50% de las colmenas, calculado dicho porcentaje sobre el censo de colmenas declaradas en la solicitud.
- Documentación válida en derecho (escritura pública), acreditativa de la capacidad de representación de quien firma la solicitud.
- Relación nominal de los socios, según modelo del Anexo III
- Original (Copia simple) de la escritura pública del acta de constitución y estatutos
- Acreditación de la titulación del técnico.
- Modelo de protocolo a utilizar en las visitas a las explotaciones que recoja como mínimo, fecha, lugar y motivo de la visita, explotación visitada, técnico actuante, actuación realizada, recomendaciones y seguimiento.
- Si el curso se pretende realizar con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, se deberá aportar la previsión del programa, ponente y su acreditación de licenciado en veterinaria/ biología o experiencia en el sector de la apicultura, tipo de destinatarios del curso, lugar, fecha y horarios previstos. Cuando no sea posible concretar parte de la información anterior en el momento de la solicitud, se incluirá el compromiso de comunicarla al órgano instructor, con al menos siete días de antelación a la celebración del curso.
- Si el curso ya ha sido realizado, se enviará el Programa, ponentes, relación de asistentes, fechas, lugar y horarios
- Resumen del contenido de publicaciones de divulgación técnica y tipo de destinatarios de las mismas.
- Declaración censal de empresarios (modelo 036 o 037), en la que conste la actividad apícola o certificado de la AEAT que acredite tener declarada dicha actividad al citado organismo
- Última declaración del IRPF, presentada en fecha anterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda, junto con el documento de ingreso o devolución correspondiente. En Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles será necesario presentar esta documentación para cada uno de los comuneros o socios, así como el último Modelo 184 presentado por la Comunidad de Bienes o la Sociedad Civil para la declaración de rendimientos de la actividad apícola.
- Si se solicita Línea C3, Plano SIGPAC con datos de ubicación de cada asentamiento delimitando la zona afectada por la mejora.
- En caso de desbroces, fotos de los asentamientos a desbrozar
- Si se solicita C1, C2 o C3 y en el caso de que el importe subvencionable supere las cuantías establecidas en el art. 31 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, presupuestos que se deben solicitar de tres proveedores
- En caso de que no se opte por la oferta más ventajosa, escrito justificando la elección de oferta
- Documentación válida en derecho (escritura pública), acreditativa de la capacidad de representación de quien firma la solicitud.
- Original (Copia simple) de la escritura pública del acta de constitución y estatutos.
- Declaración censal de empresarios (modelos 036 ó 037, de declaración censal) en la que conste la actividad apícola o, en su defecto, certificado de la Agencia Tributaria que acredite tener declarada dicha actividad al citado organismo.
- Última declaración del Impuesto sobre Sociedades presentada en fecha anterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
- Última declaración anual del IVA
- Si se solicita Línea C3, plano SIGPAC con datos de ubicación de cada asentamiento delimitando la zona afectada por la mejora
- Si se solicita C1, C2 o C3 y en el caso de que el importe subvencionable supere las cuantías establecidas en el art. 31 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, los tres presupuestos que se deben solicitar de tres proveedores
- En caso de que no se opte por la oferta más ventajosa, escrito justificando la no elección de la oferta más ventajosa
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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