AYUD0159T01 - Subvención a entidades promotoras para la puesta en funcionamiento del programa "Joven Ocúpate"
Obtener, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas destinadas a entidades promotoras para la ejecución de acciones de formación en alternancia con el empleo del Programa "Joven Ocúpate", dirigido al colectivo de personas desempleadas que se encuentren inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil
- Las entidades competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios, con capacidad técnica y de gestión suficientes, que a continuación se relacionan:
- Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción del empleo, bien dependientes, o vinculadas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
- Otras asociaciones de Ayuntamientos dotadas de personalidad jurídica propia.
- No podrán obtener la condición de beneficiario las que incurran en alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- A fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las entidades beneficiarias deberán estar incluidas en el Registro de Entidades de Formación del Principado de Asturias, que gestiona el Servicio competente en materia de Formación para el Empleo, adscrito al SEPEPA. Deberán contar además con la preceptiva acreditación para impartir cada una de las especialidades formativas que soliciten, conducentes a Certificados de Profesionalidad e incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del Servicio Público de Empleo Estatal, conforme a lo previsto en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, la Orden TMS 369/2019, de 28 de marzo, por la que se regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, así como los procesos comunes de acreditación e inscripción de las entidades de formación para impartir especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas, el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los Certificados de Profesionalidad y los Reales Decretos reguladores de cada Certificado de Profesionalidad.
Desde: 26/07/2022 00:00
Hasta: 16/08/2022 23:59
La solicitud junto con la documentación requerida podrá presentarse exclusivamente por medios telemáticos:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica del Principado de Asturias.
Servicio de Gestión de Centros Propios y Programas de Empleo-Formación
El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones no podrá exceder de seis meses a contar desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria. Si trascurrido dicho plazo no se hubiese dictado resolución, el interesado podrá entender desestimada la solicitud
Recurso de Alzada
1. CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO
- El proyecto va dirigido a un grupo mínim.o de 8 participantes, personas desempleadas mayores de 16 y menores de 30 años, que se encuentren inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias así como en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Recibirán formación relacionada con certificados de profesionalidad de nivel 1.
- Formalizarán un contrato para la formación en alternancia.
- Recibirán un certificado de profesionalidad con la formación recibida acreditada.
2. FORMA DE ABONO
Tratándose de subvenciones de financiación plurianual, su pago se hará efectivo a las entidades beneficiarias en los siguientes términos:
- El anticipo, por un importe máximo equivalente al 50% de la subvención concedida, se abonará a la entidad promotora una vez iniciado el proyecto, previa presentación de la siguiente documentación: Solicitud del anticipo, Certificación de inicio del proyecto, Certificación del horario a realizar en el mismo y Certificaciones actualizadas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con las Haciendas Estatal y de la Comunidad Autónoma, y frente a la Seguridad Social.
- Una vez finalizado el proyecto y justificados la totalidad de los gastos y pagos así como el cumplimiento del objeto de la subvención, se procederá al pago del porcentaje restante de la subvención concedida, el 50% como mínimo, que corresponderá a gastos ejecutados en el desarrollo del proyecto. Se abonará previa solicitud de transferencia y tras la aportación de la documentación que se especifica en la base décima de las reguladoras de las ayudas.
Todo ello de acuerdo con la Resolución de la Consejería de Hacienda de 11 de febrero de 2000 por la que se regula el Régimen de Garantías para el abono anticipado de subvenciones, modificada por Resoluciones de la Consejería de Hacienda de 19 de marzo y 30 de julio de 2001 y por Resoluciones de la Consejería de Hacienda y Sector Público de 30 de julio de 2014 y de 21 de marzo de 2016.
- Solicitud en modelo normalizado
- Documentación acreditativa de poder suficiente y subsistente para actuar en nombre y representación de las entidades promotoras
- Documentación que identifique la personalidad jurídica de los solicitantes
- Documentación acreditativa de la titularidad jurídica del objeto de actuación o de su disponibilidad para la ejecución de la obra o servicio previstos
- Memoria del proyecto que consistirá en la descripción de la acción formativa en alternancia con el empleo cuya aprobación se solicita, de entre las Especialidades Formativas recogidas en el Anexo II a esta convocatoria, así como la descripción y finalidad de las obras u actuaciones que desarrollarán en el ámbito del contrato para la formación en alternancia suscrito con las personas participantes, siempre vinculadas a las prácticas la especialidad solicitada. Se presentará de acuerdo con el modelo "Guía de elaboración de proyectos Programa Joven Ocúpate", herramienta que se encuentra habilitada al efecto en la página web www.trabajastur.com.
- Anexo relativo a la financiación del proyecto
- Informe de la intervención municipal en modelo normalizado (anexo II, al objeto de la emisión del preceptivo Informe de Sostenibilidad Financiera señalado en el apartado 5.3
- Copia de la escritura pública de constitución
- Estatutos, debidamente inscritos en el registro correspondiente, que acrediten su condición de entidades sin ánimo de lucro
- Ficha de acreedores, debidamente cumplimentada por la entidad bancaria
- Proyectos técnicos de obras o servicios a realizar, preacuerdos o convenios para el desarrollo de la actividad formativa, así como de cesión o donación de los productos o servicios resultantes del objeto de actuación, en el caso de haberlos
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la persona jurídica
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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