AUTO0200T01 - Descalificación voluntaria de vivienda declarada protegida

Finalidad:

Obtener la declaración de extinción del régimen legal de protección de las viviendas declaradas protegidas, a petición de sus propietarios, cuando hayan transcurrido al menos 15 años desde su calificación definitiva.

Quien lo puede presentar:

Propietarios de viviendas declaradas protegidas por la Comunidad Autónoma (VPA)

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor:

Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposicion

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal
  • Certificación acreditativa de la devolución a la Administración General del Estado y en su caso al Principado de Asturias del importe de las ayudas económicas personales, subvenciones y subsidio de intereses satisfechos por aquéllas, incrementado por los intereses legales que correspondan desde su concesión.
  • Certificación acreditativa o documento justificativo de la devolución al Principado de Asturias del importe de la exención del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, incrementado con los intereses legales de dicho importe desde la fecha de exención
  • Certificación expedida por la entidad local correspondiente o documento justificativo que acredite la devolución al ayuntamiento de las exenciones y bonificaciones de que hubiera disfrutado la vivienda por su calificación de protegida por la Comunidad Autónoma, incrementado por los intereses legales de dicho importe desde el momento de la exención.
  • Certificado del Registro de la Propiedad acreditativo de la titularidad de la vivienda y de la libertad de cargas y en el que consten también, en su caso, los cambios de titularidad de la vivienda y cancelación de hipotecas que gravaran la misma.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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