AUTO0196T01 - Habilitación lingüística del profesorado en lengua extranjera

Finalidad:

Obtener la acreditación, por parte del profesorado de las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria,  Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, para impartir áreas, materias o módulos, de carácter no lingüístico, en lengua extranjera en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos del Principado de Asturias 

Quien lo puede presentar:

a) Profesorado en activo de los centros docentes públicos del Principado de Asturias, que impartan docencia en las enseñanzas de Educación infantil, de Educación primaria, de Educación secundaria obligatoria, de Bachillerato o de Formación profesional.
b) Quienes, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, formen parte de las listas vigentes de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los centros docentes públicos.
c) Quienes, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se encuentren en activo como personal docente en un centro concertado, para impartir alguna de las enseñanzas a que se refiere la letra a) que sean objeto de concierto.

Plazos de presentación:

Sujeto a plazos

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

 

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Ordenación Académica y Evaluación Educativa

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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