AUTO0194T01 - Reconocimiento de la equivalencia de estudios
Finalidad:
Obtener el reconocimiento legal de la equivalencia entre titulaciones académicas por parte de aquellas personas que hayan obtenido una titulación conforme a normativa anterior y que pretendan desarrollar una determinada actividad laboral, para la cual se exige otra titulación distinta.
Quien lo puede presentar:
Aquellas personas que hayan obtenido una titulación académica anterior a las establecidas actualmente
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:
Servicio de Ordenación Académica y Evaluación Educativa
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Solicitud
Certificación académica oficial
Título académico
Libro de calificaciones
Otra documentación que acredite la realización de los estudios que se solicita reconocer
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"