AUTO0180T01 - Emisión de informes sobre Planes Parciales, Planes Especiales y Estudios de Implantación
Obtener el informe preceptivo para la aprobación por parte de los ayuntamientos de sus Planes Parciales, Planes Especiales y Estudios de Implantación, como instrumentos de planeamiento urbanístico de los concejos asturianos, comprobando que su redacción se ajusta a la normativa regional y al planeamiento general.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
1. Que el ayuntamiento haya introducido en el proyecto del plan las modificaciones resultantes de dichos trámites que considere necesarias.
2. Que hayan concluido los trámites de información pública (de un mes para Planes Parciales y Especiales que desarrollen un Plan General y de dos meses para Planes Especiales que no desarrollen un Plan General) y audiencia y solicitud de informes que sean preceptivos.
Todo el año.
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Secretaría de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias.
2 meses.
- Decreto 169/1999, de 9 de diciembre, por el que se regula la composición, competencias y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias. (Consejería de Infraestructuras y Política Territorial). BOPA 14 de diciembre de 1999
- Decreto 118/2002, de 19 de septiembre, de primera modificación del Decreto 169/1999, de 9 de diciembre, por el que se regula la composición, competencias y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias. (Consejería de Infraestructuras y Política Territorial). BOPA 01 de octubre de 2002
- Decreto 202/2003, de 18 de septiembre, segunda modificación del Decreto 169/1999, de 9 de diciembre, por el que se regula la composición, competencias y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias. (Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras). BOPA 16 de octubre de 2003
- Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. BOPA 27 de abril de 2004
- Ley del Principado de Asturias 2/2004, de 29 de octubre, de medidas urgentes en materia de suelo y vivienda. BOPA 10 de noviembre de 2004
- Resolución de 8 de noviembre de 2004, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se ordena la inserción en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Principado de Asturias de 1 de octubre de 2004, en relación con el Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril. BOPA 09 de noviembre de 2004
- Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Asturias. BOPA 15 de febrero de 2008
- Decreto 63/2022, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias. BOPA 3 de noviembre de 2022
El informe de la CUOTA será no vinculante para los Planes Parciales y Especiales que desarrollen un Plan General y vinculante (en los mismos términos previstos para el planeamiento general) para los Planes Especiales que no desarrollen un Plan General.
SERVICIOS RELACIONADOS
- Solicitud en modelo normalizado
- Proyecto de Plan Parcial o Especial, con la documentación prevista en el artículo 53 de la Ley 3/2002: Memoria, normas urbanísticas aplicables a los distintos tipos de suelo, planos de información y de ordenación del territorio, estudio económico y financiero en Planes Especiales, evaluación de la implantación de los servicios, ejecución de las obras de urbanización y programa de actuación (potestativo)
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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