AUTO0174T01 - Homologación de recorridos de senderismo
Obtener la homologación de los recorridos de senderismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, así como la normalización de la señalización, base cartográfica y topoguía referente a los mismos.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
1. Solicitar a la Federación De Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo del Principado de Asturias la homologación del sendero.
2. Comprometerse al mantenimiento de los recorridos del sendero en el caso de que la homologación le sea concedida.
Todo el año
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Servicio de Planificación y Promoción del Deporte
6 meses
Potestativo de reposición
1. HOMOLOGACIÓN DEFINITIVA
Para las modificaciones de trazado se requerirá homologación definitiva.
2. RETIRADA
La Consejería titular de las competencias de deportes podrá retirar la homologación:
- Cuando el recorrido de senderismo esté afectado en su integridad o en parte del mismo por otra actuación incompatible y no se planteé trazado alternativo idóneo.
- Cuando la falta de mantenimiento lo haga inviable para su uso ordinario.
- Cuando lo pida quien solicitó la homologación.
- Solicitud en modelo normalizado
- Mapas a escalas 1/10.000 y 1/50.000 en los que se indique el trazado del sendero. En el mapa a escala 1/10.000, también se indicarán: lugares de interés, sitios donde hayan de realizarse obras, lugares donde se coloquen las señales, tramos de asfalto y/o cemento, caminos, sendas, etc.
- Descripción del trayecto en la que se especificará: Naturaleza del terreno. Tramos de asfalto o cemento por los que discurre, indicando distancia de cada tramo, y lugares donde se encuentran
- Memoria descriptiva del recorrido, especificando dificultad, distancia del recorrido, tiempo aproximado del mismo, desnivel máximo. Puntos de interés cultural, naturales, paisajísticos, etnográficos, turísticos, etc., haciendo una pequeña descripción de los mismos
- Presupuesto detallado (materiales y mano de obra)
- Calendario previsto para la ejecución de las diferentes fases del proyecto
- Modelo a escala 1/1 del folleto o topoguía
- Justificación del proyecto y objetivos que se persiguen
- Evaluación preliminar de impacto medioambiental en los casos en que: - Se produzca la transformación de las condiciones del área - Se lleven a cabo actuaciones que impliquen la utilización de maquinaria pesada - La utilización del sendero lleve aparejada la realización de infraestructuras públicas, hostelería, etc. - La inversión sea superior a cincuenta millones de pesetas financiada total o parcialmente por fondos públicos
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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