AUTO0149T01 - Declaración de aguas de manantial para su aprovechamiento

Finalidad:

Obtener la declaración de agua de manantial (recurso de la sección B de la Ley de Minas), previamente a la concesión de la autorización para su posterior aprovechamiento como tal.

Quien lo puede presentar:

Titulares de derechos mineros

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Órgano gestor:

Servicio de Promoción, Desarrollo y Seguridad Mineros

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

Información adicional:

Las aguas deberán cumplir las características establecidas en la parte B del anexo I del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Análisis microbiológicos del agua en los puntos de alumbramiento (artículo 1.2.3 del anexo II del Real Decreto 1164/1991, de 22 de julio).
  • Análisis y estudios físicos, químicos y físico-químicos (artículo 1.2.2 del anexo II del Real Decreto 1164/1991, de 22 de julio, del BOE Nº 178, de 26 de julio de 1991).
  • Cuadro comprensivo de los datos relativos a caudal, temperatura, composición química y características microbiológicas del agua, referidos a cada uno de los doce meses precedentes a la presentación de la solicitud
  • Estudios geológicos e hidrológicos: Situación exacta de la captación y su altitud, sobre un mapa de escala no superior a 1/1.000. Informe geológico detallado sobre el origen y naturaleza del terreno. Estratigrafía del yacimiento hidrológico. Descripción de las obras e instalaciones de captación. Medidas de protección del manantial y zona circundante contra la contaminación.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Área Personal

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Registrarme

Contacta