AUTO0034T01 - Autorización de apartamentos turísticos

Finalidad:

Obtener autorización para el inicio de la actividad y su clasificación como apartamento turístico (edificios de pisos, casas, villas, chalets o similares, o conjunto de ellos) e  inscribir el establecimiento en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas, así como el cambio de denominación, titularidad, clasificación o categoría, la modificación del número de plazas y la comunicación de baja de la actividad

Quien lo puede presentar:

Titulares de inmuebles que respondan a la definición de apartamento turístico

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Órgano gestor:

Servicio de Calidad e Innovación

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentación requerida
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Escritura constitución
  • Título que acredite la disponibilidad del establecimiento (escritura de propiedad, contrato de arrendamiento o cualquier título válido en Derecho)
  • Proyecto técnico visado, o planos de distribución interior de planta, a escala, en los que se indicará el destino y superficie de cada dependencia
  • Licencia municipal definitiva de uso y funcionamiento
  • Relación de las unidades de alojamiento, con indicación del número o nombre que las identifique, superficies, capacidad en plazas y servicios de que estén dotadas en modelo normalizado
  • Póliza del seguro de responsabilidad civil contratado por una cuantía mínima de cobertura de 150.250€ sin que, en su caso, la franquicia sea superior a 602€
  • Recibo acreditativo del pago del seguro
  • Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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