AUTO0114T01 - Autorización para la extracción de gusanos marinos para cebo
Finalidad:
Obtener autorización para la extracción de gusanos marinos para su explotación profesional como cebo en la pesca deportiva.
Quien lo puede presentar:
Aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:
En el caso de extracción a buceo, tener la titulación profesional correspondiente.
Estar censado en una cofradía de pescadores.
Estar dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social del mar.
Ser mayor de 18 años, o mayor de 16 años emancipado, y menor de 65 años.
No ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias.
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 Octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Órgano gestor:
Servicio de Ordenación Pesquera
Plazo de resolución:
3 meses
Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:
Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".