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AYUD0033T01 - Concesión de ayudas para complementar las becas de movilidad del programa Erasmus
Obtener ayudas complementarias a las ayudas de movilidad de los estudiantes de la Universidad de Oviedo, del centro asociado de la UNED en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, y de los centros de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que imparten enseñanzas artísticas superiores, en el marco del programa Erasmus+, en régimen de concurrencia competitiva.
Estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar matriculado en el curso 2024-2025 en la Universidad de Oviedo, en el centro asociado de la UNED en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, y en los centros de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que imparten enseñanzas artísticas superiores.
- Haber sido beneficiario por primera vez de ayudas de movilidad Erasmus con ayuda, de una duración igual o superior a 3 meses, durante el curso 2024-2025, que no sean prácticas.
- No haber disfrutado en ejercicios anteriores de movilidades con centros extranjeros, con o sin ayuda, de cualquier naturaleza.
- No superar los umbrales de renta de la unidad familiar, referidos al ejercicio económico 2023, que se señalan en la convocatoria.
- No haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título de grado con carácter previo al inicio de la movilidad.
- No estar incurso en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
Desde: 16/05/2024 00:00
Hasta: 27/06/2024 23:59
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Gestión Universitaria.
3 meses
Potestativo de reposición.
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Resolución de 12 de julio de 2010, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias a las ayudas de movilidad de los estudiantes de la Universidad de Oviedo, del centro asociado de la UNED en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, y de los centros de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que imparten enseñanzas artísticas superiores, en el marco del programa de Aprendizaje Permanente, subprograma sectorial Erasmus, en régimen de concurrencia competitiva. BOPA 04 de agosto de 2010
- Extracto de la Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas complementarias a las ayudas de movilidad de los estudiantes en el marco del programa Erasmus+, en régimen de concurrencia competitiva, para el curso 2024-2025
CUANTÍA
- 200 € por cada mes de la movilidad con un máximo de 1.800 €.
En caso de que no restase crédito suficiente para otorgar al último de los solicitantes que correspondiere ser beneficiario de la totalidad de la ayuda correspondiente a su movilidad, se le otorgará la ayuda hasta agotar el crédito disponible.
INCOMPATIBLIDADES
- Son compatibles con las becas de carácter general y de movilidad para estudiantes de enseñanzas universitarias y para estudiantes de enseñanzas artísticas superiores concedidas por el Ministerio competente, así como con las del mismo carácter concedidas a los estudiantes de enseñanzas universitarias con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Son compatibles con las aportaciones complementarias a las universidades e instituciones de enseñanza superior, para el desarrollo del programa Erasmus.
- Son incompatibles con cualesquiera otras becas, ayudas o subvenciones, públicas o privadas, para la misma finalidad. No obstante, la correspondiente convocatoria podrá autorizar regímenes especiales.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Las ayudas serán concedidas a los solicitantes que acrediten un menor nivel de renta per cápita de la unidad familiar y que, además, no superen los umbrales de renta familiar siguientes:
- Unidad familiar de 1 miembro 17.982,51 €
- Unidad familiar de 2 miembros 30.696,57 €
- Unidad familiar de 3 miembros 41.663,51 €
- Unidad familiar de 4 miembros 49.481,38 €
- Unidad familiar de 5 miembros 55.304,72 €
- Unidad familiar de 6 miembros 59.702,57 €
- Unidad familiar de 7 miembros 64.052,11 €
- Unidad familiar de 8 miembros 68.382,81 €
A partir del octavo miembro, se añadirán 3.601,45 € por cada nuevo miembro computable.
FICHA DE ACREEDOR
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Solicitud en modelo normalizado
- Ficha de acreedores
- Acreditación de que el solicitante ha sido seleccionado como beneficiario de una ayuda de movilidad Erasmus
- Certificado de empadronamiento donde se detalle la totalidad de personas empadronadas durante el año 2023 en el domicilio habitual de la unidad familiar del solicitante.
- Copia del título de familia numerosa actualizado. (Cuando se alegue esta circunstancia)
- Copia del documento acreditativo de la situación legal de desempleo de los sustentadores principales, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y no haber expirado en esa fecha el periodo durante el cual tiene derecho a su percepción. (Cuando se alegue esta circunstancia)
- Copia del documento acreditativo del reconocimiento del derecho a percibir Prestación o subsidio de desempleo por los sustentadores principales, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y no haber expirado en esa fecha el periodo durante el cual tiene derecho a su percepción. (Cuando se alegue esta circunstancia).
- Cuando se alegue la independencia familiar y económica del solicitante: Documentación acreditativa de dicha independencia
- Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), correspondiente al año 2023, de todos los miembros computables de la familia obligados a presentarla. De no estar obligados a presentar la declaración de la renta, presentarán certificación de percepción de ingresos exentos del IRPF o no declarados por razón de la cuantía.
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Copia del certificado de calificación de grado de discapacidad. (Cuando se alegue esta circunstancia)
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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