AUTO0244T01 - Incorporación de fincas a la Bolsa de Fincas Rústicas para su arrendamiento

Finalidad:

Incluir en la Bolsa de Fincas Rústicas del Principado de Asturias aquellas fincas de titularidad pública y privada, que se encuentren desocupadas o infrautilizadas, para su puesta a disposición en el mercado arrendaticio a través de la intermediación del Banco de Tierras

Quien lo puede presentar:

Ser titular de finca rústica con interés agrario y naturaleza rural, quedan excluidas las de naturaleza forestal, urbanas o urbanizables, accesorias a edificaciones y las explotaciones agrarias.

Para casos de cotitularidad, bienes gananciales y de menores o incapacitados, la legitimación será la misma exigida en el Código Civil para arrendamiento de bienes en general.

 

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

  •  Las solicitudes se podrán presentar en la sede electrónica del Principado de Asturias: https://sede.asturias.es a través del enlace Tramitación Telemática de esta misma página.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

Órgano gestor:

Unidad Agraria I de la Comisión Regional del Banco de Tierras

Plazo de resolución:

2 meses

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Alzada

Pago de tasas:

No tiene tasa asociada

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Documento acreditativo de la propiedad y del derecho legitimador para arrendar
Si la titularidad de la parcela a incorporar está a nombre de una comunidad de bienes o una sociedad civil, mercantil, cooperativa o SAT se aportará, además:
  • Copia de la tarjeta del NIF de la entidad
  • Escritura de constitución, con constancia de su inscripción en el registro en que legalmente esté obligada a inscribirse. En caso de sociedad civil, la entidad deberá estar inscrita en el registro de asociaciones de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
  • Estatutos, con constancia de su inscripción en el registro en que legalmente esté obligada a inscribirse. En caso de sociedad civil, la entidad deberá estar inscrita en el registro de asociaciones de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales
  • Relaciden de todos los partdepes o socios de la entidad solicitante, indicando nombre, apellidos y número de NIF, si la titularidad de la parcela a incorporar estde nombre de una comunidad de bienes o una sociedad civil, mercantil, cooperativa o SAT
  • Documento acreditativo del poder conferido al representante para que actdee en nombre de la entidad solicitante, si la titularidad de la parcela a incorporar estde nombre de una comunidad de bienes o una sociedad civil, mercantil, cooperativa o SAT
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
  • Certificación catastral descriptiva y grdeca
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Área Personal

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Registrarme

Contacta