AUTO0033T03 - Autorización previa para la instalación o reforma sustancial de un campamento de turismo

Finalidad:

Obtener la autorización previa para la instalación de un campamento de turismo o realizar reformas sustanciales en campamentos ya instalados.

Se entiende por modificación o reforma sustancial aquélla que afecte a su perímetro o suponga modificación de las edificaciones existentes o construcción de nuevas edificaciones.

La concesión de la autorización no exime al interesado del deber de obtener las autorizaciones administrativas de otros ámbitos sectoriales que resulten preceptivas para la apertura y funcionamiento del campamento de turismo.

Quien lo puede presentar:

Las personas interesadas en la instalación o reforma sustancial de un campamento de turismo.

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Las solicitudes deberán presentarse por medios electrónicos a través de los formularios normalizados disponibles, pudiendo presentarse: 

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Calidad e Innovación.

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición y Extraordinario de revisión.

Información adicional:

INFORME PREVIO (OPCIONAL)

Cuando se proyecte la construcción o modificación de un establecimiento, se podrá, antes de iniciar cualquier tipo de obra, solicitar de la Administración informe relativo al cumplimiento de los requisitos mínimos de infraestructura y servicios así como de clasificación exigidos por la normativa aplicable para su inscripción como establecimiento turístico, al que se puede acceder a través del siguiente enlace: SUGE0004T01 - Emisión de informe previo sobre el cumplimiento de la normativa turística.

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Copia del título que acredite la disponibilidad del terreno afectado por la instalación.
  • Proyecto técnico visado y dos copias del mismo, integrado por: 1.º Cédula urbanística o, en su defecto, certificado urbanístico. 2.º Memoria en la que se describirán las características generales de la obra y se especificará pormenorizadamente el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Decreto 61/2022, tanto los de carácter general como los que correspondan a la categoría que se pretenda obtener. En concreto, en relación con el tratamiento y evacuación de aguas residuales, deberá aportarse definición gráfica de la instalación de depuración, así como justificación técnica de dimensionamiento de la misma en función de la capacidad máxima del establecimiento, indicando la calidad del vertido final y las características del medio receptor. En el caso de que el vertido se realice a una red municipal se justificará que la misma cuenta con infraestructura suficiente para admitir dicho vertido y dar un adecuado destino final al mismo. 3.º Plano de situación del establecimiento a escala 1/2000, señalizando las vías de acceso con indicación de su anchura, instalaciones existentes en un radio de 500 metros, distancia hasta los núcleos habitados más próximos y los accidentes topográficos, debiendo acotarse en este plano las distancias a la carretera de las instalaciones y edificaciones así como del cerramiento de la finca. 4.º Plano del establecimiento a escala 1/500 en el que figurará el emplazamiento de los distintos servicios e instalaciones, edificaciones, viales interiores y espacios libres, así como las superficies reservadas para acampada, marcando las parcelas y espacios verdes. 5.º Instrumento de evaluación ambiental que corresponda según la normativa específica.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona física solicitante.
  • Tarjeta de identificación fiscal de la persona jurídica solicitante.
  • Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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