RRHH0085T01 - Reconocimiento de derechos de los empleados públicos

Finalidad:

Solicitar el reconocimiento de derechos, así como cualquier otra petición, consulta o requerimiento relacionadas con su vinculación laboral con la Administración del Principado de Asturias.

Quien lo puede presentar:

El personal funcionario de la Administración de Principado de Asturias y el personal laboral incluido en al ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias.

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Las solicitudes, en modelo normalizado, se presentarán, exclusivamente, a través de medios electrónicos:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Órgano gestor:

Órgano de personal correspondiente.

Plazo de resolución:

Según normativa aplicable.

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Recursos:
  • Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo.
  • Recurso ante la jurisdicción social.
Documentos a presentar:
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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