CERT0062T03 - Expedición de duplicado de guía de circulación
Finalidad:
Obtener un duplicado de la guía de circulación de una máquina de juego en caso de sustracción, pérdida o extravío.
Quien lo puede presentar:
Empresas fabricantes de la máquina inscritas en el Registro Generla del Juego y Apuestas del Principado de Asturias.
Plazos de presentación:
Todo el año.
Presentación:
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Justificante de abono de la tasa por servicios administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas, en el modelo 046.
En caso de sustracción:
Denuncia.
En caso de extravío:
Declaración jurada.
En caso de deterioro:
Guía deteriorada.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".