AUTO0328T01 - Autorización para el uso del transporte escolar en centros docentes públicos no universitarios

Finalidad:

Obtener autorización para el uso del servicio de transporte escolar, tanto gratuito como de pago, para el alumnado escolarizado en centros docentes públicos no universitarios.

 

Quien lo puede presentar:

Quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar matriculado en el centro docente público que le corresponda por área de influencia de su domicilio familiar y cumplir los siguientes requisitos:
    • Cursar enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o formación profesional básica (hasta el límite de edad establecido para la enseñanza obligatoria).
    • Residir en una localidad distinta a aquella en la que esté ubicado el centro docente.
    • Tener su domicilio familiar a una distancia superior a 1.500 metros del centro docente.
  • El alumnado interno en residencias no universitarias dependientes de la Consejería competente en materia de educación.
  • El alumnado con necesidades educativas especiales de tipo motórico de cualquier etapa de enseñanza no universitaria.
  • El alumnado escolarizado en centros docentes públicos de comunidades limítrofes.
Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Servicio de Planificación Educativa

Efecto del silencio administrativo:
No procede
Información adicional:

EXCLUSIONES

 Están excluidos del derecho a transporte escolar gratuito:

  • El alumnado que se escolarice en lugar distinto al centro que le corresponda por domicilio familiar.
  • El alumnado que se escolarice alegando el domicilio laboral.

 RUTAS DE TRANSPORTE

  • Solamente se podrá crear una ruta de transporte cuando se use por un mínimo de 3 alumnos/as con derecho a la gratuidad del servicio. En caso contrario, podrá solicitar ayuda individualizada de transporte escolar de acuerdo con las respectivas convocatorias.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado.
En caso de alumnado con necesidades especiales de movilidad:
  • Documento justificativo
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Certificado de empadronamiento.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

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