PREM0023T01 - Concesión del Premio Asturias Joven de Derechos Humanos

Finalidad:

Concurrir al Premio Asturias Joven de Derechos Humanos, para trabajos de investigación o proyectos por la defensa de los derechos humanos, llevados a cabo por personas jóvenes, de hasta 35 años, nacidos o residentes en Asturias, o descendientes hasta segundo grado de emigrantes asturianos.

Quien lo puede presentar:

Personas físicas, tanto a título individual como en representación de colectivos, que hayan nacido o residan en el Principado de Asturias, o que sean descendientes hasta segundo grado de emigrantes asturianos, cuya edad no supere los 35 años a 31 de diciembre del año en el que se publique la respectiva convocatoria 

Plazos de presentación:

Desde: 09/05/2022 00:00

Hasta: 05/10/2022 23:59

Presentación:

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Presentación telemática 

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

Instituto Asturiano de la Juventud

Plazo de resolución:

3 meses a partir del día siguiente a la finalización del plazo establecido por la respectiva convocatoria para la presentación de solicitudes

Efecto del silencio administrativo:
Desestimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

Información adicional:

Finalidad del Premio

  • El Premio Asturias Joven de Derechos Humanos pretende reconocer en la juventud asturiana la toma de conciencia en lo que se refiere a la denuncia, allí donde se produzca, de la arbitrariedad, la violencia, la discriminación, la persecución y el sometimiento, así como su implicación en la tarea de erradicar tales conductas y su compromiso con la defensa de los derechos humanos y el desarrollo humano sostenible a través del impacto y visibilidad social de las acciones culturales y/o artísticas.

Dotación

  • Está dotado con tres mil (3.000) euros, sujetos a los impuestos y retenciones según lo dispuesto en la legislación aplicable.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos:
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Memoria explicativa (de extensión no superior a cinco páginas, tamaño A4, tipo de letra Arial, 12 puntos e interlineado 1,5) para la defensa de la concesión del premio, así como cuantos documentos, datos e información relevante se consideren necesarios para fundamentar la idoneidad de la candidatura
En el caso de colectivos:
  • Declaración responsable sobre el hecho de que la persona que presenta la solicitud actúa en su representación.
En el supuesto de descendientes de emigrantes asturianos hasta el segundo grado
  • Declaración responsable acreditativa de esta circunstancia
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas aportar:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado Asturias
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Certificado de empadronamiento
  • Poder notarial que acredite la representación, en su caso
Documentos aportados:
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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